Acuerdo 8900
El Acuerdo No. 8900 del Consejo de Ministros prorroga la concesión de investigación geológica en el área Guáimaro Las Tunas, otorgada a la Empresa Geominera Camagüey. La prórroga tiene un plazo de dos años y busca culminar los trabajos de investigación geológica. La concesión fue originalmente otorgada el 24 de julio de 2017.
- La prórroga de la concesión es hasta el 7 de diciembre de 2022.
- El concesionario debe solicitar la actualización de la Licencia Ambiental ante la Dirección de Control Ambiental.
- Debe informar a la Región Militar de Las Tunas el nuevo cronograma de los trabajos.
- Debe cumplir con la Ley 124 “De las aguas terrestres” y su Reglamento, Decreto 337 de 2017.
Texto íntegro
GOC-2020-617-O67 El Secretario del Consejo de Ministros.CERTIFICA
POR CUANTO: Mediante el Acuerdo 8196 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 24 de julio de 2017, se otorgó por un plazo de tres años, a la Empresa Geominera Camagüey una concesión de investigación geológica en el área denominada Guáimaro Las Tunas, ubicada en el municipio de Colombia, provincia de Las Tunas, para realizar trabajos de prospección y exploración geológica sobre los cuerpos minerales con contenido de oro, con el objetivo de evaluar sus parámetros básicos y su calidad.
POR CUANTO: El ministro de Energía y Minas, a instancia de la Empresa Geominera Camagüey y por conducto de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, ha solicitado autorización para prorrogar por dos años el período de vigencia de la concesión otorgada, con el objetivo de culminar los trabajos de investigación geológica.
POR TANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 135 y 137, incisos o) y w) de la Constitución de la República de Cuba, adoptó el 1 ro. de septiembre de 2020 el siguiente: ACUERDO
PRIMERO: Prorrogar hasta el 7 de diciembre de 2022 el término concedido a la Empresa Geominera Camagüey, mediante el Acuerdo 8196 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 24 de julio de 2017, para culminar los trabajos de investigación geológica en el área denominada Guáimaro Las Tunas, ubicada en el municipio de Colombia, provincia de Las Tunas.
SEGUNDO: El concesionario está obligado a:1. Solicitar la actualización de la Licencia Ambiental ante la Dirección de Control Ambiental de la Oficina de Regulación y Seguridad Ambiental, y entregar un informe en el que se detalle el cumplimiento de las medidas impuestas en la licencia otorgada, antes de continuar los trabajos en el área.2. Informar a la Región Militar de Las Tunas el nuevo cronograma de los trabajos antes de su ejecución. 3. Cumplir con lo establecido en la Ley 124 “De las aguas terrestres”, de 24 de julio de 2017, específicamente con lo regulado en los artículos 74.1, 78.1 y 79; así como en su Reglamento, el Decreto 337, de 5 de septiembre de 2017. 4. Depositar adecuadamente el material de desbroce, sin afectaciones al escurrimiento natural, en un área donde puede ser utilizado con posterioridad para la rehabilitación del área afectada. 5. Respetar las franjas forestales de los ríos y arroyos, en cumplimiento de la Norma Cubana 23:1999 “Franjas Forestales de las zonas de protección de cauces fluviales”. 6. Contactar con las autoridades de la Agricultura de la provincia de Las Tunas, a los fines de dar a conocer la prórroga que se autoriza, efectuar la debida indemnización, cuando proceda, y reparar los daños ocasionados, si como consecuencia de su actividad minera en el área de la concesión afecta intereses o derechos de terceros, sean personas naturales o jurídicas, según establece la legislación vigente.
TERCERO: Los términos, condiciones y obligaciones establecidas en el Acuerdo 8196 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 24 de julio de 2017, son de aplicación a la prórroga que se otorga, con excepción de lo que se oponga a lo establecido por el presente Acuerdo.
2309 GACETA OFICIAL2 de octubre de 2020 Y PARA PUBLICAR en la Gaceta Oficial de la República de Cuba se expide la presente certificación, en el Palacio de la Revolución, al 1 er. día del mes de septiembre de 2020, “Año 62 de la Revolución”. José Amado Ricardo Guerra________________