Acuerdo 8929

Plan de Ordenamiento Urbano del Sector H de la Zona Especial de Desarrollo Mariel

Organismo
Consejo de Ministros
Fecha emisión
2020-10-08
Publicada en
Gaceta No. 86 Ordinaria de 2020 (2020-12-21)
Páginas
3–15
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El Acuerdo No. 8929 del Consejo de Ministros regula el Plan de Ordenamiento Urbano del Sector H de la Zona Especial de Desarrollo Mariel. Este plan garantiza la integración de objetivos económicos con la presencia de asentamientos humanos, instalaciones, medios y recursos naturales, prestándole atención al desarrollo social y a la preservación y protección del medio ambiente y de los valores patrimoniales. El plan fue aprobado el 8 de octubre de 2020 y es aplicable hasta el 2033.

Texto íntegro

GOC-2020-921-O86 El Secretario del Consejo de MinistrosCERTIFICA

POR CUANTO: El Decreto-Ley 313 “De la Zona Especial de Desarrollo Mariel”, de 19 de septiembre de 2013, en su artículo 4, establece que el Consejo de Ministros aprueba el Plan de Ordenamiento Territorial y Urbano que garantiza la necesaria integración, relación y compatibilización de los objetivos económicos, con la presencia en ella de asentamientos humanos, instalaciones, medios y recursos naturales, prestándole atención al desarrollo social y a la preservación y protección del medio ambiente y de los valores patrimoniales.

POR CUANTO: El Acuerdo 8665 del Consejo de Ministros, de 14 de agosto de 2019, aprobó el Plan de Ordenamiento Territorial de la Zona Especial de Desarrollo Mariel hasta el 2033, el cual dispone la estructuración del territorio en nueve sectores, con un uso de suelo preferencial y las políticas y determinaciones territoriales, y a partir de la combinación de usos eficientes y sostenibles del suelo define la actividad turística a desarrollar para el Sector H.

POR TANTO: El Consejo de Ministros, en el ejercicio de las facultades que le están conferidas en la Constitución de la República de Cuba, artículo 137, incisos o) y w), adoptó, con fecha 8 de octubre de 2020, el siguiente:ACUERDOPRIMERO: Aprobar el Plan de Ordenamiento Urbano del Sector H de la Zona Especial de Desarrollo Mariel, en lo adelante Plan, que contiene el modelo de ordenamiento, las determinaciones y regulaciones urbanísticas, el que se adjunta en el Anexo 1, que forma parte integrante del presente Acuerdo.

SEGUNDO: El alcance, las determinaciones y regulaciones urbanísticas del Plan son las siguientes:

CAPÍTULO IDE LAS

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. El Plan formula las determinaciones específicas de la organización del uso del suelo y ocupación del territorio, su estructura y morfología dentro del contexto en que

2790 GACETA OFICIAL 21 de diciembre de 2020 se encuentra, en correspondencia con las políticas del Plan de Ordenamiento Territorial de la Zona Especial de Desarrollo Mariel; define el modelo de ordenamiento, las principales estrategias de ordenamiento y las regulaciones urbanísticas y el alcance temporal en el largo plazo 2019-2033, con etapas en su implementación asociadas al Programa de Desarrollo y Negocios.

Artículo 2. El Plan abarca los 66.7 kilómetros cuadrados del Sector H de la Zona Especial de Desarrollo Mariel, que limita al este con Río Baracoa, al oeste con Río Guajaibón, al norte con el límite costero y al sur con la Autopista Habana-Pinar, cuyo derrotero se adjunta en el Anexo 2, el que forma parte integrante del presente Acuerdo.

Artículo 3. En los proyectos de inversiones se tienen en cuenta los criterios siguientes: a) Jurídico: Que cumplan las disposiciones jurídicas vigentes. b) Económico: Que económicamente sean factibles. c) Diseño: Que se adapten adecuadamente a las condiciones naturales y artificiales del medio físico, a la estructura urbana y a las necesidades de la defensa nacional y el orden interior. d) Constructivo: Que cumplan con las regulaciones urbanísticas y dispongan de un cronograma de obra que asegure su ejecución y funcionamiento. e) Social: Que respondan a las características socioculturales relacionadas con la definición, adaptación y uso del medio natural y la estructura urbana. f) Funcionabilidad: Que cuenten con los servicios necesarios para su adecuado funcionamiento. g) Imagen: Que se integren y refuercen el paisaje urbano de su zona de influencia. h) Estructuración: Que contribuyan al mejoramiento de las características urbanas de la zona que se afecte.

Artículo 4. El Plan tiene una vigencia hasta el 2033 y las revisiones se someten al procedimiento establecido para la aprobación de los planes de ordenamiento urbano, y se sustentan en parámetros e indicadores de seguimiento relacionados con: 1. Cambios significativos en las previsiones sobre población. 2. La dinámica de ajustes en usos o intensidad del uso del suelo. 3. La necesidad o conveniencia de ejecutar proyectos de infraestructura regional que generen impactos sobre el ordenamiento. 4. Los resultados de investigaciones sobre peligros, vulnerabilidad y riesgo o de adaptación y mitigación al Cambio Climático. 5. Evaluación de sus objetivos y metas.

Artículo 5. El presente Acuerdo es el principal instrumento de gestión administrativa para lograr la realización y cumplimiento del Plan.

Artículo 6. El Plan y el Programa de Desarrollo y Negocios son los principales instrumentos de planificación del desarrollo de la Zona Especial de Desarrollo Mariel y se gestionan en coordinación y armonía, bajo el principio de complementariedad.

CAPÍTULO IICOMPONENTE GENERAL DEL PLAN DE ORDENAMIENTO URBANO DEL SECTOR H

Artículo 7.1. El Plan clasifica el suelo del Sector H en urbanizado (16.28 %), urbanizable (55.89 %) y no urbanizable (27.83 %). 2. El suelo del sector se califica para la actividad turística (25.23 %), agropecuario forestal (66.52 %), crecimiento de asentamientos humanos (5.18 %), minera (1.70 %) y aeroportuaria (1.37 %). 3. La zonificación funcional que comprende la clasificación y calificación del suelo se adjunta en el Anexo 3, el que forma parte integrante del presente Acuerdo.

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CAPÍTULO IIICOMPONENTE URBANO DEL PLAN DE ORDENAMIENTO URBANO DEL SECTOR H

SECCIÓN PRIMERAModelo de ordenamiento urbanístico

Artículo 8. El modelo de ordenamiento urbanístico cuya representación se describe en el Anexo 4, y forma parte integrante del presente Acuerdo, se formula a partir de: 1. La identificación de zonas homogéneas desde el punto de vista económico o con actividades complementarias y estructura el territorio en cuatro (4) zonas: económicas, de protección, residencial y de servicios, y actividades logísticas del petróleo. 2. Los diferentes usos que se distribuyen al interior de la retícula mallada e integrada por las infraestructuras técnicas, y se complementan con el sistema de espacios verdes, conformado por las áreas protegidas, las áreas vulnerables costeras, las franjas hidrorreguladoras de ríos y arroyos y el sistema de espacios urbanos. 3. Sistemas de asentamientos humanos que son policéntricos, y se estructuran a partir de la función territorial que desempeñan estos en cuanto a la prestación de los servicios, independientemente de su categoría político-administrativa.

Artículo 9. La Zona 1 “Económica” se conforma por 2 subregiones, la norte, que constituye el territorio más importante por la diversidad de recursos que presentan y por los compromisos territoriales con los que cuenta, tanto naturales como antrópicos, coexistiendo en la misma actividad turística y minera; y al oeste, abarca la zona del vial Guajaibón donde se encuentra enclavado el Paisaje Natural Protegido Guajaibón.

Artículo 10. La Zona 2 “De protección” es el área afectable por los impactos de roturas de presas y la más susceptible a inundarse por intensas lluvias.

Artículo 11. La Zona 3 “Residencial y de Servicios”, propicia y fortalece la conurbación de los asentamientos Genético y Habana Libre, así como el desarrollo agropecuario y de la industria de manera creativa, propiciando el aprovechamiento del patrimonio industrial en desuso.

Artículo 12. La Zona 4 “Actividades logísticas del petróleo” existente en el yacimiento Martín Mesa, y prevista a su liquidación y proyección en actividades agropecuaria-petroleras.

SECCIÓN SEGUNDAPolíticas urbanísticas

Artículo 13. Las políticas urbanísticas estarán dirigidas a: a) Fomentar la actividad hotelera combinada con modalidades de sol y playa y actividades náuticas, con los objetivos siguientes: 1. Desarrollar la construcción de hoteles asociados a la franja del litoral norte, teniendo en cuenta las regulaciones ambientales para la protección de las zonas costeras. 2. Promover la construcción de marinas para actividades náuticas. b) Propiciar el desarrollo inmobiliario asociado a la actividad del turismo internacional y nacional sin dañar los ecosistemas naturales y cumpliendo las regulaciones establecidas, con los objetivos siguientes: 1. Localizar la inmobiliaria en las zonas definidas al norte y oeste (reserva) del sector. 2. Ejecutar hoteles, villas y residencias vinculadas a la actividad del turismo. c) Concebir diseños arquitectónicos y urbanos de calidad, integrados al entorno, que jerarquicen el destino turístico del sector, con los objetivos siguientes: 1. Ejecutar diseños urbano-arquitectónicos que jerarquicen el medio físico y permitan una integración con el entorno natural. 2. Promover diseños paisajísticos y de las áreas verdes donde se valorice el medio natural con especies autóctonas de la zona.

2792 GACETA OFICIAL 21 de diciembre de 2020 d) Impulsar el turismo de naturaleza asociado al sistema de áreas protegidas y geositios, con el objetivo siguiente: 1. Desarrollar un programa para la actividad del ecoturismo que posea como atractivo principal el Paisaje Natural Protegido Guajaibón, en armonía con sus planes de manejo. e) Fortalecer la actividad deportiva como atracción turística en el Sector, con los objetivos siguientes: 1. Evaluar las áreas que pueden ser propicias para el desarrollo de las actividades del sector de la industria turística, con potencialidades para pista de carreras de motos o autos que cumplan los parámetros internacionales, con una infraestructura que permita su incorporación a eventos de este carácter. 2. Promover la actividad de cables ski aprovechando las oportunidades que ofrece el relieve del sector con sus unidades paisajísticas. f) Suscitar el uso del patrimonio histórico-industrial local existente con el fomento del turismo agrícola dirigido, con los objetivos siguientes: 1. Rescatar los valores patrimoniales existentes y garantizar su vinculación a la actividad turística. 2. Promover el turismo agrícola con la inclusión de servicios gastronómicos y actividades culturales típicas de la zona, como oferta recreativa al visitante. g) Erradicar instalaciones y viviendas ubicadas dentro de las áreas vulnerables a eventos hidrometeorológicos extremos, peligros tecnológicos, contaminación sónica e incompatibles con la función propuesta para el desarrollo turístico, con los objetivos siguientes: 1. Reubicar los asentamientos humanos: Cepem, El Salado y Playa Banes, así como las viviendas dispersas en áreas de posible afectación por intensas lluvias y penetraciones del mar hacia la zona de fusión propuesta. 2. Reubicar el asentamiento humano Roberto Negrín por su vulnerabilidad a los peligros de origen tecnológico (explosiones e incendios por accidentes aéreos) y la contaminación sónica, hacia la zona de desarrollo prevista dentro y fuera de la Zona. 3. Relocalizar instalaciones incompatibles con las actividades propuestas, fundamentalmente las asociadas a la ganadería. 4. Promover el silvopastoreo intensivo, logrando el reordenamiento total de la masa ganadera disponible en el sector. h) Erradicar las instalaciones contaminantes que afectan la actividad turística, con el objetivo siguiente: 1. Erradicar la instalación porcina situada al este del Paisaje Natural Protegido Guajaibón. i) Lograr la adecuada ubicación de las obras propuestas vinculadas a la actividad de los servicios y el turismo en la estructura físico-espacial, con los objetivos siguientes: 1. Fusionar los asentamientos Genético del Oeste-Habana Libre, así como jerarquizar el asentamiento humano Menelao Mora, para dar respuesta al incremento de dieciocho mil cuatrocientos dieciséis (18 416) habitantes y once mil cincuenta (11 050) trabajadores, que garantizarán el 40 % de la fuerza de trabajo a asentar dentro de la Zona Especial de Desarrollo Mariel. 2. Construir un total de tres mil seiscientos ochenta y tres (3683) viviendas en edificios multifamiliares para dar respuesta a las necesidades del fondo habitacional de la fuerza de trabajo prevista y la que labora en el funcionamiento de la Zona Especial de Desarrollo Mariel; las alturas de las edificaciones quedan definidas según la protección establecida para el aeropuerto por el cono de aproximación.

2793 GACETA OFICIAL21 de diciembre de 20203. Realizar acciones de conservación y rehabilitación del fondo habitacional existente en los asentamientos humanos Genético del Oeste, Habana Libre y Menelao Mora. 4. Mantener los asentamientos rurales, mayores de doscientos (200) habitantes (Banes, Tabla del Agua, Don Mariano del Norte y Félix Nuevo), para garantizar sus actuales vínculos laborales y sociales con la población residente. 5. Limitar el crecimiento físico-espacial de los asentamientos humanos vulnerables a peligros de orígenes naturales, tecnológicos y sanitarios: Cepem, El Salado, Playa Banes y Roberto Negrín, y autorizar solamente acciones constructivas de reparación y mantenimiento de su fondo habitacional, con el objetivo de garantizarles las condiciones de hábitat adecuadas en su nueva reubicación. 6. Reubicar las infraestructuras y la población residente en los asentamientos humanos vulnerables a peligros de orígenes naturales, tecnológicos y sanitarios: Cepem, El Salado y Roberto Negrín hacia la nueva zona de desarrollo urbano resultante de la fusión entre Genético-Oeste y Habana Libre, y Playa Banes hacia la zona de desarrollo prevista en el asentamiento Menelao Mora, con el fin de reducir los riesgos por el impacto del cambio climático, así como en las zonas de desarrollo previstas. 7. Ubicar en el primer nivel de los edificios multifamiliares los servicios básicos tales como: consultorios médicos, farmacias, mercados, mercados mixtos o bodegas, placitas o mercados agropecuarios, panaderías-dulcerías, tiendas de productos industriales y artesanales, lavanderías, tintorerías, poliservicios o talleres de reparaciones personales, estanquillos de prensa, salones de belleza o peluqueríabarberías, restaurante-cafeterías, oficinas de cobros de acueducto y alcantarillado, de electricidad, del teléfono y de multas, bancos, cajeros automáticos, entre otros, que darán servicio a once mil setecientos setenta y cuatro (11 774) habitantes que se asentarán en el asentamiento fusionado. 8. Modificar y adecuar el diseño arquitectónico en los primeros niveles de los edificios multifamiliares con respecto al resto de los niveles en altura, para garantizar una buena imagen del paisaje urbano y el espacio necesario en la actividad de los servicios que allí se proponen. 9. Concebir un centro de servicios en la zona de conurbación, paralelo al corredor vial principal, que funcione como un boulevard central y que a su vez se intersecte, en su punto más central, con otro centro de servicios paralelo a otro corredor vial principal, de forma perpendicular, en cuyos ejes se asienten espacios públicos e instalaciones que funcionen y se articulen como un sistema de subcentros, haciendo un máximo aprovechamiento del espacio interior de las manzanas para actividades de ocio y recreación, y conectando a otros corredores y subcentros comerciales de menor escala, localizados hacia los actuales asentamientos humanos Genético del Oeste y Habana Libre. 10. Dotar a todos los corredores viales de la zona de fusión con áreas verdes y aceras para la circulación peatonal, con el objetivo de garantizar el confort de los habitantes durante su movilidad en busca de servicios. 11. Buscar los lugares adecuados para la colocación de los elementos del mobiliario urbano, teniendo en cuenta los diseños, los colores y el tamaño de los objetos a colocar, entre ellos: vallas, carteles, señales del tránsito, casetas de paradas de ómnibus, bancos de estar, papeleras o cestos de basura, jardineras, fuentes ornamentales, tarjas y monumentos, murales o sitios pictográficos, luminarias, paseos, pasarelas y puentes peatonales, entre otros.

2794 GACETA OFICIAL 21 de diciembre de 202012. Garantizar áreas de parqueo individual o particular en el interior de las manzanas de edificios multifamiliares e inmobiliarias, así como áreas de parqueo colectivo, techadas y al aire libre, para garantizar el aparcamiento de los vehículos de los residentes en el nuevo asentamiento fusionado y los visitantes. 13. Jerarquizar la actividad de los servicios existentes en los asentamientos humanos Genético Oeste, Habana Libre y Menelao Mora, con acciones de rehabilitación, remodelación, modernización, ampliación, reparación y mantenimiento de sus infraestructuras, instalaciones y redes técnicas, para lograr mejorar la calidad de los servicios prestados.

SECCIÓN TERCERARegulaciones Urbanísticas

Artículo 14. Las regulaciones urbanísticas establecen los requisitos que deben cumplirse para el desarrollo territorial de la Zona Especial de Desarrollo Mariel, identificando cómo y dónde se puede hacer en materia de uso del suelo y estructura físico-espacial; constituyen además un documento de obligada referencia y cumplimiento para todas las inversiones que se realicen y son disposiciones técnicas, jurídicas y administrativas de carácter territorial amparadas en normas nacionales y sectoriales.

CAPÍTULO IVGESTIÓN Y CONTROL

Artículo 15. Los instrumentos de gestión y control constituyen las certificaciones de estudios técnicos (Área de Estudio, Certificado de Microlocalización), los procesos de intervención (Licencia de Construcción y Autorización de Construcción o de Obra), la puesta en explotación (Certificado de Habitable-Utilizable) y otros servicios técnicos, los que se rigen por las disposiciones jurídicas vigentes.

Artículo 16. La gestión del Plan se realiza a través de proyectos que se ejecutan en el corto, mediano y largo plazos, en correspondencia con el Programa de Desarrollo y Negocios y articulado con el Estudio de Mercado.

Artículo 17. Corresponde al Instituto de Planificación Física el control sistemático al estricto cumplimiento de lo aprobado; previa coordinación con la Oficina de la Zona Especial de Desarrollo Mariel se realizan las visitas de control, de conjunto con los organismos de la Administración Central del Estado, en atención a las acciones a corto, mediano y largo plazos para el cumplimiento de la implementación del Plan. El control y la fiscalización de los funcionarios y técnicos de Planificación Física en el proceso de desarrollo de las urbanizaciones y a los concesionarios y usuarios de la Zona Especial de Desarrollo Mariel, se realizan de conformidad con el Plan Único de Acciones de Control elaborados cada año por la Oficina de la Zona Especial de Desarrollo Mariel. Las inspecciones estatales que se realicen fuera del Plan Único de Acciones de Control elaborado por la Oficina de la Zona Especial de Desarrollo Mariel se informan a esta por el Instituto de Planificación Física en un plazo no menor de 72 horas previo a su ejecución, si ello resulta posible o dentro de las 24 horas siguientes al inicio de la inspección estatal.

Artículo 18. La Oficina de la Zona Especial de Desarrollo Mariel entrega al Instituto de Planificación Física, al cierre del primer trimestre de cada año, el informe anual de los resultados de la implementación del Plan, conforme con el Programa de Desarrollo y Negocios.

TERCERO: La Oficina de la Zona Especial de Desarrollo Mariel es la responsable de la implementación del Plan de Ordenamiento Urbano del Sector H.

CUARTO: El presente Acuerdo entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

2795 GACETA OFICIAL21 de diciembre de 2020 Y PARA PUBLICAR en la Gaceta Oficial de la República de Cuba el presente Acuerdo, así como el Resumen contentivo del Plan, se expide esta certificación, en el Palacio de la Revolución, a los 8 días del mes de octubre de 2020, “AÑO 62 DE LA REVOLUCIÓN”.José Amado Ricardo GuerraANEXO 1 El Anexo 1 del presente Acuerdo establece los objetivos, alcance y requisitos que deben cumplirse para las transformaciones en este Sector H perteneciente a la Zona Especial de Desarrollo Mariel. Dada la amplitud de su contenido y características de sus mapas se presenta una síntesis descriptiva de este Anexo. Para alcanzar el modelo propuesto se establecen objetivos dirigidos al uso de suelo, localización de las actividades productivas y no productivas, la organización del sistema de asentamientos humanos y la gestión para la reducción de riesgo y de adaptación al Cambio Climático. Lo anterior se establece en nueve (9) políticas urbanísticas y diecinueve (19) objetivos, todos quedan establecidos en el Acuerdo 8929 del Consejo de Ministros, de 8 de octubre del año 2020. El Anexo describe en una Introducción y 4 capítulos el Plan de Ordenamiento Urbano del Sector H de la Zona Especial de Desarrollo Mariel, estructurado de la siguiente forma: Una Introducción; la fundamentación teórico-metodológica y caracterización del área de estudio; el diagnóstico físico-ambiental del área de estudio; las propuestas de ordenamiento urbano para el área de estudio; la conformación del Plan de acciones y medidas, y valoración económica de las inversiones propuestas. También contiene 6 anexos.“Introducción”. Refiere que en el mes de enero del año 2015, se adoptó por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros el Plan Parcial de Ordenamiento Territorial y Urbano de la Zona Especial de Desarrollo Mariel, que estableció las políticas territoriales de la Zona y la zonificación proyectada al oeste de la Bahía del Mariel, “Zona Industrial y de Actividades Logísticas Mariel” (ZIALM), reconocida, además, como Sector A, con sus principales funciones, actividades, regulaciones y condicionales, actualmente derogado por el Acuerdo 8665, de 14 de agosto de 2019, del propio órgano que aprobó el Plan de Ordenamiento Territorial de dicha zona como resultado del proceso de actualización de las políticas territoriales y zonificación en correspondencia con el programa de desarrollo de las inversiones en la Zona. Refiere que las 18 políticas y 67 determinaciones territoriales, definidas en el Acuerdo 8665, guardan relación con esta propuesta lo cual favorece el establecimiento en la zona de las industrias pilares y su encadenamiento con la economía nacional. Desde el inicio en las regulaciones de construcción y erradicación de viviendas, según el grado de compatibilidad que tengan con el territorio, requiriendo el fortalecimiento del funcionamiento del sistema de asentamientos humanos. La aplicación de estas políticas responde a diversos factores de las condiciones naturales y socioeconómicas del territorio, considerando los elementos teórico-prácticos que caracterizan los trabajos de la regionalización. Los criterios básicos se concentran en la definición de territorios con características de homogeneidad y de complementariedad. De estos, el Sector H constituye el objeto de estudio y se localiza en el extremo noreste de la Zona Especial de Desarrollo Mariel. Su alcance temporal será de 2019-2033, con etapas en su implementación asociadas al Programa de Desarrollo y Negocios.

2796 GACETA OFICIAL 21 de diciembre de 2020 Capítulo 1. “La fundamentación teórico-metodológica y caracterización de área de estudio”Este capítulo parte de la base conceptual utilizada en el trabajo para lograr los objetivos propuestos en el área de estudio, la ubicación y delimitación del Sector H dentro la Zona Especial de Desarrollo Mariel y el análisis de las condiciones tanto naturales como socio-económicas existentes. Incluye las transformaciones del espacio territorial y urbano en las etapas precolonial, colonial, neocolonial y socialista, su derrotero actual y los antecedentes históricos. Agrega que existen varios factores en el territorio que se interrelacionan, tales como: El medio físico, lo componen el medio natural, conformado por su geología, relieve, clima, hidrografía (drenajes naturales), suelo, flora, fauna y hombre (como ser biológico), además de las interrelaciones, entre estos elementos; el medio seminatural o espacio, constituido por obras hidrorreguladoras y drenajes antrópicos (embalses, microembalses, canales, zanjas pluviales, entre otros), canteras a cielo abierto y espacios semitransformados y espacio antropizado o urbanizado, entre los asentamientos humanos con zonas de desarrollo industrial, espacios ocupados por viales y manzanas, entre otros. El espacio vial, que puede contar con la faja de emplazamiento de redes técnicas e infraestructurales (de acueducto, alcantarillado, electricidad, de comunicaciones, de gas), la mayoría de los elementos del mobiliario urbano (señales del tránsito, vallas informativas, carteles, toldos, cestos o papeleras públicas, jardineras).Los espacios públicos, reconocidos como aceras, parterres, separadores viales, paseos peatonales, parques de estar, microparques, plazas y plazuelas, fuentes ornamentales, portales públicos, rampas de acceso y la actividad del transporte automotor y ferroviario.El espacio ocupado por manzanas, enfatizan que su mayor parte corresponde a las parcelas y construcciones, donde pueden estar presentes los espacios: residencial (medio del hábitat humano), productivos (de tipo industrial y agropecuarios), no productivos (ocupado por instalaciones de servicios y especiales) y libres (ocupados por solares yermos, canteras o instalaciones abandonadas, terrenos subutilizados, zonas reservadas para el desarrollo urbano, entre otros).El medio psico-sociocultural, que es creado por el hombre en el tiempo, lo componen la morfología de la trama urbana (que mayormente tiene sus antecedentes en hechos histórico-culturales allí acontecidos), la imagen del paisaje (sea urbano, suburbano o rural), su calidad estético-perceptual (visibilidad, armonía, sostenibilidad paisajístico-ambiental), su organización social, tanto colectiva (laboral, familiar, comunitaria) como individual o personal, y los valores de la sociedad o antropológicos que en ese espacio o paisaje se asientan (sentido de pertenencia, estructura sexo-etaria, niveles de empleo y de accesos a los servicios, niveles culturales, nivel de ingresos o de satisfacción económica, movilidad de la población, migraciones internas, preferencias de la población residente y visitante, entre otros).El medio económico, que está caracterizado por la planificación económica en su actividad y gestión comercial, las fuentes de financiamiento para las inversiones que conllevan el desarrollo del territorio aparejado a la protección del medio ambiente y su patrimonio natural, construido o cultural, los precios de los productos en la cadena de ofertas y demandas de la población, la cantidad y calidad de las ofertas disponibles a la población, tanto a residentes como visitantes, la equivalencia de la moneda nacional con las monedas internacionales, entre otros aspectos.

2797 GACETA OFICIAL21 de diciembre de 2020 Capítulo 2. “El diagnóstico físico-ambiental del área de estudio”Expresa el análisis y realiza una evaluación de las potencialidades del área de estudio. Se agregan los 7 yacimientos de materiales de la construcción existentes de piedras jaimanitas y roca ornamental. También realiza un análisis sobre la evaluación de las limitantes, restricciones o problemática del área en estudio, agrupados por subsistemas en el que se recogen sus causas, consecuencias, posibles soluciones y responsables.Capítulo 3. “Las propuestas de ordenamiento urbano para el área de estudio”Este capítulo trata sobre las propuestas del uso del suelo (urbanizado, urbanizable y no urbanizable), según los potenciales o aptitudes del paisaje, a escala territorial en el área de estudio, partiendo de un modelo de ordenamiento urbano como patrón a seguir en la zona y teniendo en cuenta los resultados del diagnóstico, basados en el estado de los elementos físico-ambientales detectados durante el levantamiento en el terreno y la posible ocurrencia de desastres naturales, tecnológicos y sanitarios, que permitieron regular, de conjunto, el ordenamiento de las inversiones a ejecutar. Se describe el Modelo de Ordenamiento Urbanístico, conteniendo las premisas fundamentales para el Ordenamiento Urbano del Sector H.Capítulo 4. “La conformación del Plan de acciones y medidas, y valoración económica de las inversiones propuestas”En este capítulo se expone la elaboración del Plan de Acciones y Medidas que responda a las necesidades del territorio para resolver los problemas detectados en el diagnóstico y a las propuestas de intervención a escala urbana y cambios en el uso del suelo actual. El mismo está basado en políticas urbanísticas y objetivos previamente conciliados con las entidades y organismos responsables de su ejecución, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la población residente y visitante, aprovechando las potencialidades existentes dentro de su espacio geográfico y la imagen estético-visual de su paisaje. Se realiza también una explicación sobre las determinaciones relacionadas con los servicios y el turismo. El plan cuenta con 6 anexos, estos son: Glosario de términos y definiciones; Formaciones geológicas; Tipos de suelo; Características de las principales vías; Mapa sobre la red general de alcantarillado (ideas conceptuales) para el Sector H; Mapas sobre la red general de alcantarillado (ideas conceptuales) para el Sector H, por cuadrantes. ANEXO 2 DERROTERO DEL ÁREA, PARTIENDO DEL PUNTO MÁS AL NOROESTE (NW)Partiendo del Punto GH-2 de coordenadas (X=327 394.50; Y=356 154.38), se toma rumbo noreste y se continúa por toda la línea de costa hasta llegar al Punto A de coordenadas (X=338 670.13; Y=358 530.46). Se toma rumbo sur por el lado este del río Baracoa, se avanza hasta llegar al dique de la presa de igual nombre hasta el Punto Bde coordenadas (X=338 957.08; Y=355 343.47). Se continúa por el lado este de la presa Baracoa hasta llegar nuevamente al río, donde se encuentra el Punto C de coordenadas (X=338 300.09; Y=353 754.48). A partir de este punto se continúa rumbo sur hasta la autopista Habana-Pinar del Río, Punto D de coordenadas (X=338 865.09; Y=353 214.47). Se gira con rumbo suroeste y se toma por todo el lado sur de la autopista hasta el Punto GH-6 de coordenadas (X=327 337.47; Y=349 962.09). A partir de este punto se continúa

2798 GACETA OFICIAL 21 de diciembre de 2020 rumbo norte, cruzando la autopista hasta intersectar con el río Guajaibón, Punto GH-5 de coordenadas (X=327 331.31; Y=350 055.20). Se continúa con rumbo noreste por el río Guajaibón aguas abajo y cruzando la carretera 43 hasta intersectar con el límite del área protegida Guajaibón, Punto GH-4 de coordenadas (X=327 507.94; Y=353 966.36). Se continúa por el lado oeste del área protegida hasta el Punto GH-3 de coordenadas (X=327 233.37; Y=355 671.70) ubicado en el extremo noroeste del puente de la carretera Panamericana sobre el río Guajaibón. A partir de este punto se continúa por el margen oeste del río Guajaibón hasta su desembocadura, Punto GH-2, punto de partida. Esta porción de terreno de forma irregular ocupa una superficie de sesenta y seis punto siete kilómetros cuadrados, equivalente a seis mil seiscientos setenta hectáreas, poco más o menos que sesenta y seis millones setecientos mil metros cuadrados. El citado Derrotero se visualiza en el plano siguiente:

2799 GACETA OFICIAL21 de diciembre de 2020 ANEXO 3 ZONIFICACIÓN DEL USO DEL SUELO PROPUESTO

2800 GACETA OFICIAL 21 de diciembre de 2020 ANEXO 4 MODELO DE ORDENAMIENTO URBANÍSTICO

2801 GACETA OFICIAL21 de diciembre de 2020 MINISTERIO______ENERGÍA Y MINAS