Acuerdo 9089

Declaración de zona con regulaciones especiales en el Centro de la ciudad de Banes

Organismo
Consejo de Ministros
Fecha emisión
2021-06-02
Publicada en
Gaceta No. 77 Ordinaria de 2021 (2021-07-09)
Páginas
3–8
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El Acuerdo No. 9089 del Consejo de Ministros declara el Centro de la ciudad de Banes como zona con regulaciones especiales, de desarrollo económico y categoría de Zona de Alta Significación para el Turismo. Esta declaración tiene como objetivo desarrollar la actividad turística vinculada a la vocación histórico-cultural de manera sostenible.

Texto íntegro

GOC-2021-657-O77 MANUEL MARRERO CRUZ, Primer Ministro

HAGO SABER: Que el Consejo de Ministros ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: El Decreto-Ley 331 “De las Zonas con Regulaciones Especiales”, de 30 de junio de 2015, establece en su

Artículo 11 que la declaración, modificación o extinción de zonas con regulaciones especiales se aprueba por el Consejo de Ministros.

POR CUANTO: El Presidente del Instituto de Planificación Física, en cumplimiento de lo establecido en el

Artículo 12 del referido Decreto-Ley, ha presentado a la aprobación del Consejo de Ministros la propuesta de declaración de zona con regulaciones especiales, del tipo de desarrollo económico en la categoría de Zona de Alta Significación para el Turismo, a la denominada Centro de la ciudad de Banes, así como disponer las regulaciones y prohibiciones que deben cumplir las personas naturales y jurídicas para realizar determinadas actividades en ella.

POR TANTO: El Consejo de Ministros, en ejercicio de las facultades que le están conferidas por el

Artículo 137, incisos o) y w) de la Constitución de la República de Cuba, adoptó el 2 de junio de 2021 el siguiente:ACUERDOPRIMERO: Declarar como zona con regulaciones especiales, de desarrollo económico, en la categoría de Zona de Alta Significación para el Turismo, el Centro de la ciudad de Banes, municipio de Banes, provincia de Holguín, en lo adelante la Zona, cuyo derrotero, listado de coordenadas y plano de ubicación general se exponen en los Anexos 1, 2 y 3, los que forman parte integrante del presente Acuerdo.

SEGUNDO: La Zona incluye el área consolidada con sus valores arquitectónicos, culturales, principales servicios y espacios públicos; tiene como objetivo desarrollar la actividad turística, vinculada a la vocación histórico-cultural, con un enfoque sostenible, armónico y planificado, orientado a propiciar el encadenamiento productivo y el desarrollo local y la elevación de la calidad de vida de sus habitantes.

TERCERO: La Zona que por el presente se declara está sometida al régimen especial establecido en la Ley General de la Vivienda, así como a las regulaciones que se establecen a continuación:

2248 GACETA OFICIAL 9 de julio de 20211. Las actividades de gestión no estatal que se realicen con fines turísticos dentro de la Zona, se autorizan por la Dirección Municipal de Trabajo, previa conciliación con la Delegación Territorial del Ministerio de Turismo. 2. Los usos preferentes son los asociados a los servicios gastronómicos, recreativos, culturales y de alojamiento. 3. La promoción turística de la Zona, tanto de sus atributos, actividades especializadas, como de sus instalaciones hoteleras o de servicio, corresponde a las entidades operadoras de los productos turísticos y culturales allí ubicados, en el marco de sucompetencia.4. La promoción de los servicios asociados a las formas de gestión no estatal tiene un carácter netamente comercial. 5. Los contenidos de la promoción y comercialización de productos y servicios asociados a las formas de gestión no estatal, se corresponde con la imagen de la Zona, los valores naturales e histórico-culturales del territorio; 6. El manejo de los desechos sólidos aplica prácticas de economía circular que garantice la gestión sostenible. 7. El alumbrado público es con tecnología de Diodo Emisor de Luz, conocida como tecnología LED, que incluye el apagado crepuscular con temporizadores o control programado. 8. Se rentan vehículos eléctricos, con puestos de repostaje eléctrico en diversos puntos de la Zona.

CUARTO: La Zona está sometida a las prohibiciones siguientes: 1. La construcción de nuevas instalaciones turísticas o de otro sector de la economía, incluso en el sector no estatal, que no cuente con sistemas de evacuación y tratamiento de residuales líquidos, conforme con las regulaciones y normas técnicas vigentes. 2. La realización de actividades incompatibles con la vocación sociocultural y turística, así como con el medio ambiente. 3. El otorgamiento de suelo estatal a personas naturales o jurídicas para la construcción de nuevas viviendas dentro de los límites de la Zona.

QUINTO: Responsabilizar al Ministro de Turismo con el cumplimiento de lo que por el presente Acuerdo se dispone.

SEXTO: Los Acuerdos 8822 y 8823 del Consejo de Ministros, de 2 de abril de 2020, para los municipios de Antilla y Banes, relacionados con las facultades de las entidades que autorizan el ejercicio del trabajo por cuenta propia y con el tratamiento al control de las trasmisiones de dominio de las viviendas enclavadas en estos, mantienen vigencia sólo en lo relativo a la zona de Guardalavaca, perteneciente al municipio de Banes, hasta tanto se dicte la disposición normativa que la declare como zona con regulaciones especiales. COMUNÍQUESE a los miembros del Consejo de Ministros y a cuantas personas naturales y jurídicas corresponda.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 2 días del mes de junio de 2021, “Año 63 de la Revolución”.Manuel Marrero Cruz

2249 GACETA OFICIAL9 de julio de 2021 ANEXO IDescripción del derrotero: Caracterización:Se encuentra ubicado al centro de la ciudad, ocupando 20.5 hectáreas de extensión territorial; tiene carácter polifuncional donde se realizan actividades comerciales, gastronómicas, culturales, administrativas, de intercambio social, a nivel de ciudad y municipio.Derrotero:Tramo 1-2: Partiendo de la intersección de las calles Antonio Maceo y Capitán Capdevila (punto 1), tomamos rumbo noreste por la calle Capitán Capdevila hasta interceptar la calle José Martí (punto 2). Tramo 2-3: Se toma rumbo sureste por la calle José Martí hasta la esquina de la edificación perteneciente al Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación, en lo adelante INDER (punto 3). Tramo 3-4: Se toma rumbo noreste por el pasillo lateral del INDER hasta su fondo (punto 4). Tramo 4-5: Se toma rumbo sureste por la cerca del INDER hasta llegar al fondo de la escuela primaria José Tey (punto 5). Tramo 5-6: Se toma rumbo noreste por el fondo de la escuela hasta llegar al fondo de la iglesia Los Amigos (punto 6). Tramo 6-7: Se toma rumbo sureste por calle Cuartel hasta llegar a la esquina de calle Cuartel-calle Mula (punto 7). Tramo 7-8: Se toma rumbo suroeste por la calle Mula hasta llegar a la Terminal de Ómnibus (punto 8). Tramo 8-9: Se toma rumbo sureste por el interior de la Terminal de Ómnibus hasta llegar a su límite perimetral (punto 9). Tramo 9-10: Se toma rumbo suroeste por la cerca de la Terminal de Ómnibus hasta llegar a la calle Tráfico (punto 10). Tramo 10-11: Se toma rumbo suroeste por la calle Tráfico hasta la entrada del frigorífico de la fábrica de helado (punto 11). Tramo 11-12: Se toma rumbo suroeste por el perímetro de la fábrica de helado hasta llegar al rio Banes (punto 12). Tramo 12-13: Se toma rumbo suroeste hasta llegar al fondo de la vivienda de Elvira Reyes Mederos (punto 13). Tramo 13-14: Se toma rumbo sureste por el lindero de la lavandería “La Única” hasta su fondo (punto 14). Tramo 14-15: Se toma rumbo suroeste por la cerca del fondo de la lavandería y la panadería de la Cadena del Pan hasta la cerca que colinda con el edificio multifamiliar (punto 15). Tramo 15-16: Se toma rumbo norte por la cerca hasta interceptar la esquina del fondo de la panadería Cadena del Pan (punto 16). Tramo 16-17: Se toma rumbo suroeste pasando por el fondo de los edificios multifamiliares hasta interceptar la calle Carlos Manuel de Céspedes (punto 17). Tramo 17-18: Se continúa por la calle Carlos Manuel de Céspedes hasta la esquina izquierda entrando a la vivienda de Fabiola Taberas Fuentes número 116 (punto 18). Tramo 18-19: Se toma rumbo oeste por el fondo de la vivienda de Fabiola Taberas hasta el fondo del garaje de Ernesto Reyes (punto 19). Tramo 19-20: Se continúa rumbo oeste por el fondo de la tienda La Isla de Cuba hasta interceptar la cerca de la Logia (punto 20).

2250 GACETA OFICIAL 9 de julio de 2021 Tramo 20-21: Se toma rumbo sureste por el fondo de la cancha deportiva hasta interceptar la calle Augusto Blanca (punto 21). Tramo 21-22: Se continúa rumbo suroeste por la calle Augusto Blanca hasta interceptar la calle Luz y Caballero (punto 22). Tramo 22-23: Se toma rumbo sureste hasta interceptar la vivienda de Lucila Rojas Rodríguez (punto 23). Tramo 23-24: Se toma rumbo suroeste bordeando la cerca perimetral del área libre utilizada como plaza hasta interceptar la calle Bayamo (punto 24). Tramo 24-25: Se toma rumbo noroeste por la calle Bayamo hasta interceptar la calle Augusto Blanca (punto 25). Tramo 25-26: Se toma rumbo suroeste por la calle Augusto Blanca hasta la vivienda de Julián Quiñones número 1107 (punto 26). Tramo 26-27: Se toma rumbo noroeste pasando por el lateral derecho entrando del local de la Dirección Municipal de la Vivienda hasta interceptar la calle Flor Crombet (punto 27). Tramo 27-28: Se continúa rumbo noroeste por el fondo del cine Hanoi hasta el fondo del taller óptico (punto 28). Tramo 28-29: Se continúa rumbo noroeste hasta llegar a la vivienda de Rosalba Salvador Quiñones número 2401 en la calle Torrenteras (punto 29). Tramo 29-30: Se toma rumbo suroeste por el fondo del edificio multifamiliar hasta interceptar la vivienda de Eloida Hidalgo Queija número 1309 (punto 30). Tramo 30-31: Se toma rumbo sur por el lindero del patio de Eloida Hidalgo Queija hasta su fondo (punto 31). Tramo 31-32: Se continúa rumbo oeste hasta interceptar la calle Máximo Gómez (punto 32). Tramo 32-33: Se toma rumbo noroeste hasta interceptar la calle Avenida de Cárdenas (punto 33). Tramo 33-34: Se toma rumbo suroeste por la calle Avenida de Cárdenas hasta el fondo de la vivienda de Miguel Medina número 62 (punto 34). Tramo 34-35: Se toma rumbo noroeste hasta interceptar la carretera Veguitas pasando por el fondo de las instalaciones de Radio Banes, Bufete Colectivo, Comité de Defensa de la Revolución, la carnicería, cafetería y tienda de víveres (punto 35). Tramo 35-36: Se toma rumbo sureste por la carretera de Veguitas hasta interceptar la calle Máximo Gómez (punto 36). Tramo 36-37: Se toma rumbo noroeste hasta el fondo de la vivienda de Rosa Cejas en calle Bayamo (punto 37). Tramo 37-38: Se toma rumbo noroeste hasta interceptar la calle Thelmo Esperance entre la vivienda de Arlin Cordobés y el edificio multifamiliar (punto 38). Tramo 38-39: Se toma rumbo suroeste por la calle Thelmo Esperance hasta llegar a la esquina izquierda del fondo de la escuela primaria Héroes de Girón (punto 39). Tramo 39-40: Se toma rumbo noroeste por el fondo de la escuela primaria Héroes de Girón hasta el lateral derecho entrando del fondo de la escuela (punto 40). Tramo 40-41: Se toma rumbo noreste por el lateral derecho de la escuela primaria Héroes de Girón hasta interceptar la calle Bayamo (punto 41). Tramo 41-42: Se toma rumbo sureste por la calle Bayamo hasta llegar a la esquina izquierda entrando de la vivienda de Rafael Rodríguez (punto 42). Tramo 42-43: Se toma rumbo noreste hasta interceptar la esquina lateral izquierda del fondo de la vivienda de Francisco Castillo Fonseca (punto 43).

2251 GACETA OFICIAL9 de julio de 2021 Tramo 43-44: Se toma rumbo noreste hasta interceptar la calle Presidente Zayas (punto 44). Tramo 44-45: Se toma rumbo este-noreste por la calle Presidente Zayas hasta la vivienda de Roberto Tamayo número 502 (punto 45). Tramo 45-1: Se toma rumbo noroeste por el fondo de la vivienda hasta la intersección de las calles Antonio Maceo y Capitán Capdevila (punto 1 de inicio o partida). ANEXO IIDelimitación del área:Coordenadas de los vértices del polígono propuesto: LISTADO DE COORDENADASVértice X Y Vértice X Y1 615 608.01 257 060.20 30 615 290.00 256 638.00 2 615 641.23 257 072.16 31 615 291.00 256 626.00 3 615 657.18 257 022.76 32 615 223.00 256 616.004 615 701.69 257 044.25 33 615 217.00 256 630.00 5 615 986.00 256 907.00 34 615 208.00 256 626.006 615 986.00 256 731.00 35 615 177.00 256 723.00 7 616 047.00 256 822.00 36 615 197.00 256 720.008 615 960.00 256 789.00 37 615 324.00 256 771.00 9 616 020.00 256 740.00 38 615 310.00 256 810.00 10 615 988.00 256 696.00 39 615 280.00 256 799.00 11 615 827.00 256 810.00 40 615 271.00 256 848.00 12 615 789.00 256 785.00 41 615 333.00 256 808.00 13 615 768.00 256 782.00 42 615 345.00 256 832.00 14 615 210.00 256 269.00 43 615 377.00 256 843.00 15 615 686.00 256 756.00 44 615 386.00 256 916.00 16 615 682.00 256 768.00 45 615 624.00 257 019.00 17 615 579.00 256 715.00 1 615 608.01 257 060.20 18 615 603.00 256 650.00 19 615 538.00 256 648.00 20 615 518.00 256 641.00 21 615 539.00 256 586.00 22 615 500.00 256 567.00 23 615 510.00 256 537.00 24 618 445.00 256 512.00 25 615 433.00 256 547.00 26 615 377.00 256 528.00 27 615 352.00 256 593.00 28 615 332.00 256 645.00 29 615 310.00 256 646.00

2252 GACETA OFICIAL 9 de julio de 2021 ANEXO IIIMapa de La Zona:________________