Acuerdo 9121
El Acuerdo No. 9121 del Consejo de Ministros aprueba el Plan de Ordenamiento Urbano del Sector B de la Zona Especial de Desarrollo Mariel. Este plan regula el uso del suelo y la ocupación del territorio en este sector, con el objetivo de lograr un desarrollo equilibrado y sostenible. El plan tiene un alcance temporal desde 2020 hasta 2035.
- El Sector B tiene una superficie de 33,41 km² y se divide en tres zonas: Industrial y Logística, Subcentro de Servicios, y Ecológica, de Protección y Parques Verdes.
- El plan establece 11 políticas y 28 determinaciones urbanísticas para el desarrollo del Sector B.
- Se reubicarán los asentamientos humanos incompatibles con la función industrial-logística propuesta, como Dos Hermanos y Varela hacia Cabaña-Sandino.
- El plan prioriza la rehabilitación, modernización y mejoramiento de los corredores y redes existentes para satisfacer las demandas futuras de infraestructuras técnicas.
- Se promoverá el uso de fuentes renovables de energía y la eficiencia energética en las instalaciones.
Texto íntegro
GOC-2021-701-O81 MANUEL MARRERO CRUZ, Primer Ministro.
HAGO SABER: Que el Consejo de Ministros ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: El Decreto-Ley 313 “De la Zona Especial de Desarrollo Mariel”, de 19 de septiembre de 2013, en su
Artículo 4 establece que el Consejo de Ministros aprueba el Plan de Ordenamiento Territorial y Urbano que garantiza la necesaria integración, relación y compatibilización de los objetivos económicos con la presencia en ella de asentamientos poblacionales, instalaciones, medios y recursos naturales, prestándole atención al desarrollo social y a la preservación y protección del medio ambiente y de los valores patrimoniales.
POR CUANTO: El Acuerdo 8665 del Consejo de Ministros, de 14 de agosto de 2019, aprobó el Plan de Ordenamiento Territorial de la Zona Especial de Desarrollo Mariel hasta el 2033, el cual dispone la estructuración del territorio en nueve sectores con un usodel suelo preferencial definido, así como las políticas y determinaciones territoriales, y a partir de la combinación de usos eficientes y sostenibles del suelo, delimita la actividadindustrial y logística a desarrollar para el Sector B.
POR CUANTO: El
Artículo 31 del Acuerdo mencionado en el Por Cuanto anterior, taly como quedó modificado por el Acuerdo 8861 del propio órgano, del 24 de junio de 2020, establece que el Instituto de Planificación Física queda encargado de ejecutar el Plan de Ordenamiento Urbanístico del Sector B.
POR TANTO: El Consejo de Ministros, en el ejercicio de las facultades que le están conferidas en el
Artículo 137, incisos o) y w) de la Constitución de la República de Cuba, adoptó, con fecha 28 de junio de 2021, el siguiente:ACUERDOPRIMERO: Aprobar el Plan de Ordenamiento Urbano del Sector B de la Zona Especial de Desarrollo Mariel, en lo adelante el Plan, que contiene el modelo de ordenamiento, las determinaciones y regulaciones urbanísticas.
2318 GACETA OFICIAL 21 de j ulio de 2021 El resumen de la estructura del Plan se adjunta en el Anexo I que forma parte integrante del presente Acuerdo.
SEGUNDO: El alcance, las determinaciones y regulaciones urbanísticas del Plan son las siguientes:
CAPÍTULO IDE LAS
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. El Plan formula las determinaciones especificas de organización del uso delsuelo y ocupación del territorio, su estructura y morfología dentro del contexto en que se encuentra en correspondencia con las políticas del Plan de Ordenamiento Territorial dela Zona Especial de Desarrollo Mariel; define el modelo de ordenamiento, las principales estrategias de ordenamiento y las regulaciones urbanísticas y alcance temporal en el plazo 2020-2035, con etapas en su implementación asociadas al Programa de Desarrollo y Negocios.
Artículo 2. El Plan abarca los 33,41 km 2 del territorio del municipio de Mariel, limita al este con el Sector A, al oeste con el Sector C, al norte con el límite costero y al sur con la carretera del circuito norte, cuyo derrotero se adjunta como Anexo II, el que forma parte integrante del presente Acuerdo.
Artículo 3. En los proyectos de inversiones se tienen en cuenta los criterios siguientes: 1. Jurídico: Que cumplan las disposiciones jurídicas vigentes. 2. Económico: Que económicamente sean factibles.3. Diseño: Que se adapten adecuadamente a las condiciones naturales y artificialesdel medio físico, a la estructura urbana y a las necesidades de la defensa nacional y el orden interior. 4. Constructivo: Que cumplan con las regulaciones urbanísticas y dispongan de un cronograma de obra que asegure su ejecución y funcionamiento. 5. Social: Que respondan a las características socioculturales relacionadas con ladefinición, adaptación y uso del medio natural y la estructura urbana. 6. Funcionabilidad: Que cuenten con los servicios necesarios para su adecuado funcionamiento.7. Imagen: Que se integren y refuercen el paisaje urbano de su zona de influencia.8. Estructuración: Que contribuyan al mejoramiento de las características urbanas de la zona que se afecte. 9. Ambiental: Que para su implementación se tenga en cuenta los peligros, vulnerabilidades y riesgos que existen en la zona, que se conserven los recursos naturales y que se realicen los estudios de impacto ambiental necesarios; considerar las Acciones Estratégicas y las Tareas planteadas en el Plan de Estado para el enfrentamiento al cambio climático - Tarea Vida.
Artículo 4. El Plan tiene una vigencia hasta el 2035 y las revisiones se someten al procedimiento establecido para la aprobación de los planes de ordenamiento urbano, y se sustentan en parámetros e indicadores de seguimiento relacionados con: 1. La reubicación de la población existente en el Sector hacia los asentamientos a desarrollar (Cabaña-Sandino y Quiebra Hacha), según el Plan de Ordenamiento Territorial de la Zona Especial de Desarrollo Mariel. 2. La dinámica de ajustes en usos o intensidad del uso del suelo. 3. La necesidad o conveniencia de ejecutar proyectos de infraestructura regional, que generen impactos sobre el ordenamiento.
2319 GACETA OFICIAL21 de j ulio de 20214. Los resultados de investigaciones sobre peligros, vulnerabilidad y riesgo o de adaptación y mitigación al Cambio Climático. 5. La evaluación de sus objetivos y metas.
Artículo 5. El presente Acuerdo es el principal instrumento de gestión administrativa para lograr la realización y cumplimiento del Plan.
Artículo 6. El Plan y el Programa de Desarrollo y Negocios son los principales ins-trumentos de planificación del desarrollo de la Zona Especial de Desarrollo Mariel, en loadelante ZED Mariel, y se deben gestionar en coordinación y armonía, bajo el principio de complementariedad.
Artículo 7.1. El Plan clasifica el suelo del Sector B en urbanizado (4.44 %), urbaniza-ble (82.60 %) y no urbanizable (12.96 %).2. Atendiendo a las características del territorio, a los compromisos territoriales existentes y al uso de suelo preferencial determinado por el Plan de Ordenamiento Territorial de la Zona Especial de Desarrollo Mariel, se establece como función predominante la Industria, funcionando así el Sector B como reserva del A; se establece un uso del suelo que responda a las necesidades de la industria y a las características propias de dicha zona, en la que se introducen cuatro usos preferenciales de suelo: industria, logística, reserva costera y ecoparque.
CAPÍTULO IICOMPONENTE URBANO DEL PLAN DE ORDENAMIENTO URBANO DEL SECTOR B
SECCIÓN PRIMERAModelo de ordenamiento urbanístico
Artículo 8. El modelo de ordenamiento urbanístico se formula a partir de la iden-tificación de zonas homogéneas desde el punto de vista económico o con actividadescomplementarias; se propone un modelo de estructuración del uso del suelo del territorio en 3 zonas: Zona 1 “Industrial y logística”; Zona 2 “Subcentro de Servicios”; y Zona 3 “Ecológica, de protección y parques verdes”.
Artículo 9. La Zona 1 “Industrial y logística”, con excelente dotación en infraestruc-turas técnicas, y la ubicación geográfica favorable con cercanía a las bahías de Mariel y Cabañas. Abarca 7 subzonas: B-2, B-3, B-4, B-5; B-6, B-7 y B-9.
Artículo 10. La Zona 2 “Subcentro de Servicios”, desarrollo de los servicios y actividades públicas de alto valor agregado en los terrenos con relieves más accidentados con la cualidad de dominar la zona para ver y ser vistos, conectando entre sí a las redes de transporte.
Artículo 11. La Zona 3 “Ecológica, de protección y parques verdes”, áreas protegidas de limitada urbanización, salvaguardando los valores paisajísticos y naturales existentes, integrando su evolución al desarrollo del Sector B de forma que garantice la vinculación entre las diversas operaciones y actividades de ocio y recreación. Abarca 2 subzonas: B-1 y B-8.
Artículo 12. Los diferentes usos se distribuyen al interior de la retícula que conforma las infraestructuras técnicas y se complementan con el sistema de espacios verdes, las áreas vulnerables costeras, las franjas hidrorreguladoras de ríos y arroyos, así como el sistema de espacios urbanos.
Artículo 13. La traza definitiva del ferrocarril queda pendiente de estudio por la Em-presa de Proyecto del Transporte (EPOT); la propuesta final debe subordinarse a la estructura vial y urbana propuesta en el planeamiento, así como a la presencia de obras preexistentes como los parques solares fotovoltaicos Varela y Herradura.
2320 GACETA OFICIAL 21 de j ulio de 2021
SECCIÓN SEGUNDAPolíticas y determinaciones urbanísticas
Artículo 14. Las políticas que a continuación se detallan tienen definidas las Determinaciones Urbanísticas siguientes: a) Promover el establecimiento de las industrias pilares, potenciando la integración de los modelos de negocios que se establezcan y sus encadenamientos con la economía nacional. 1. Establecer en el Sector B las actividades industriales pilares del Sector A. b) Proteger los recursos naturales y las áreas que presenten potenciales para el desarrollo minero. 1. Garantizar el uso y la sostenibilidad de los minerales no metálicos existentes en el Sector B para el desarrollo de las urbanizaciones. 2. Propiciar que la geotransformación del territorio se ejecute adecuadamente conlos movimientos de tierra y las características topográficas e hidrológicas de lazona. 3. Limitar la explotación de los yacimientos mineros de materiales de la construcción hasta el nivel de cota establecido de la parcelación.c) Fomentar la exploración de hidrocarburos en armonía con los compromisos territoriales, fundamentalmente en las aguas someras. 1. Respetar la localización de las plataformas para la exploración de hidrocarburos en aguas someras en la zona norte del Sector B, y garantizar la protección a la zona costera y al medio ambiente. d) Gestionar los residuos sólidos y emisiones de las industrias.1. Establecer la disposición final de los desechos sólidos del Sector B hacia el áreareservada de 20 hectáreas en la Zona de Desarrollo Industrial (A-9) del Sector A. e) Propiciar la pesca sostenible. 1. Realizar los estudios necesarios para el desarrollo de la acuicultura en el embalse Josefina. 2. Ejecutar la infraestructura necesaria para la explotación del embalse Josefina enfocada en la acuicultura sostenible. f) Garantizar el crecimiento del servicio intermodal, con enlace con uno o varios modos de transporte entre los asentamientos humanos y asegurar la logística requerida para el funcionamiento de los sistemas de transporte. 1. Diseñar e implementar la infraestructura vial automotor de modo que se logre la correcta conexión con los sectores colindantes.2. Diversificar las modalidades de transporte público y su articulación con el sistemade la Terminal Intermodal Angosta. g) Priorizar la rehabilitación, modernización y mejoramiento de los corredores y redes existentes para satisfacer las demandas futuras de las infraestructuras técnicas.1. Ejecutar las redes eléctricas soterradas desde la subestación propuesta en el Sector F hacia la proyectada en el Sector B, a través de los corredores técnicos definidos enlas secciones transversales de las vías. 2. Preservar el área de 2.5 hectáreas al noroeste del desarrollo del parque solar fotovoltaico Herradura para la construcción de una subestación eléctrica de 110/34,5 kilovatios. 3. Ejecutar las redes soterradas y sistema de telecomunicaciones a través de los corre-dores definidos por la sección transversal de las vías.
2321 GACETA OFICIAL21 de j ulio de 2021 h) Gestionar de forma racional y sostenible el recurso agua teniendo en cuenta el ba-lance hidráulico de las cuencas subterráneas y superficiales, potenciando la reutili-zación de los afluentes de los órganos de tratamiento y la recolección de la lluvia.1. La conductora se construirá a partir de la obra de captación ubicada al norte de la comunidad Cuatro Caminos, a 11 kilómetros al noroeste de la ciudad de Artemisa en la propia cuenca subterránea HS-2, con una batería de 4 pozos a perforar, con sus respectivos motores y bombas. 2. Diseñar y ejecutar la conductora principal de abasto de agua hacia el tanque de almacenamiento previsto y desde ahí con el sistema de acueducto de la urbanización, por gravedad, a través del camino ecológico que surge al conectar dicho tanque con el vial Varela. 3. Construir el sistema de alcantarillado en el Sector B y concebir la ejecución de tres plantas de tratamiento de residuales líquidos de uso mixto en las zonas noreste, suroeste y oeste de este Sector. 4. Prever que la infraestructura técnica para el reuso del agua garantice la utilización racional del agua tratada de las plantas de tratamiento de residuales líquidos y la pluvial recolectada en actividades de riego de áreas verdes, limpieza, y otras. 5. Limitar la construcción de pozos para la extracción de agua del manto subterráneo en el centro norte del Sector B, en la Cuenca HCN-1; desarrollar investigaciones hidrogeológicas de la cuenca para precisar su potencial de agua disponible, los caudales permisibles a extraer y la calidad de sus aguas para ser utilizadas en el consumo humano u otros usos.i) Promover el uso de fuentes renovables de energía que garanticen su eficacia y reposición sistemática. 1. Construir la red eléctrica soterrada por los corredores de redes establecidos en lafaja de las vías y la conexión definitiva de los parques solares fotovoltaicos Varela y Herradura con el Zonal II, localizado en la zona A-3 del Sector A. 2. Incorporar en el diseño arquitectónico y urbano las soluciones tecnológicas quegaranticen la eficiencia energética de las instalaciones, tales como paneles solaresfotovoltaicos, calentadores solares y otras. j) Lograr diseños arquitectónicos y urbanos de calidad, integrados al entorno, que jerarquicen el destino de las zonas de subcentro de servicios, ecológica, de protección y parques verdes del Sector B. 1. Elaborar los diseños paisajísticos y de las áreas verdes que aprovechen los elementos del medio natural y las especies autóctonas de la zona. 2. Desarrollar y jerarquizar los subcentros de servicios y de transportación localizados al sur y centro del Sector B. 3. Proteger y reforestar las zonas de protección costera y ecoparque, y las fajas hidrorreguladoras de los cuerpos de agua, en las que se prohíbe la construcción de instalaciones permanentes. k) Erradicar instalaciones y viviendas ubicadas dentro del Sector B, y que sean incompatibles con la función propuesta para el desarrollo industrial-logístico. 1. Reubicar los asentamientos humanos Dos Hermanos y Varela hacia la zona de conurbación propuesta Cabaña-Sandino. 2. Reubicar los asentamientos humanos colindantes al Sector B, La Dominica,entronque Santa Isabel, Josefina, San Jacinto y Las Mangas, hacia los asentamientosurbanos a desarrollar en Quiebra Hacha y en la conurbación propuesta Cabaña- Sandino.
2322 GACETA OFICIAL 21 de j ulio de 20213. Limitar el desarrollo de asentamientos humanos dentro del Sector B solo al establecimiento de inmobiliarias. 4. Relocalizar instalaciones incompatibles con la actividades propuestas, fundamentalmente las asociadas a la ganadería. 5. Erradicar la instalación porcina localizada al suroeste del Sector B.
SECCIÓN TERCERARegulaciones urbanísticas
Artículo 15. Las regulaciones urbanísticas establecen los requisitos que deben cum-plirse para realizar las transformaciones y el desarrollo territorial del Sector B, e identifican cómo y dónde se puede hacer en materia de uso del suelo y estructura físico-espacial; constituyen además el documento de obligada referencia y cumplimiento para todas las inversiones e intervenciones que se realicen y son disposiciones técnicas, jurídicas y administrativas de carácter urbanístico y arquitectónico amparadas en normas nacionales y sectoriales. Se elaboraron regulaciones urbanísticas generales para todo el Sector B, estructuradas en cuatro temáticas: Protección del Medio Ambiente; Desarrollo de las Infraestructuras Técnicas; Urbanización y Construcción de Edificaciones en las Zonas Industriales; y Es-pacios Públicos y Áreas Verdes; así como las regulaciones urbanísticas específicas para las siete zonas de regulación definidas a partir de las características geográficas e hidroló-gicas y la malla vial propuesta, identificadas como: “I- Llanura Costera Norte”, “II-Valle Varela”, “III-Montañas de Palo Quemado”, “IV-Manglares del Salado”, “V-Valle Dominica”, “VI-Llanura Cársica Dominica”, “VII-Ramas”.
CAPÍTULO IIIGESTIÓN Y CONTROL
Artículo 16. Los instrumentos de gestión y control constituyen las certificaciones de es-tudios técnicos (Área de Estudio, Certificado de Microlocalización), los procesos deintervención (Licencia de Construcción y Autorizos de Obra), la puesta en explotación(Certificado de Habitable-Utilizable) y otros servicios técnicos, los que se rigen por lasdisposiciones jurídicas vigentes.
Artículo 17. La gestión del Plan se realiza a través de proyectos que se ejecutan en el corto, mediano y largo plazos en correspondencia con el Programa de Desarrollo y Negocios, y se articula con el Estudio de Mercado.
Artículo 18. Corresponde al Presidente del Instituto de Planificación Física el control sistemático de lo aprobado; previa coordinación con la Oficina de la Zona Especial de Desarrollo Mariel realiza las visitas de control, de conjunto con los organismos de la Administración Central del Estado, en atención a las acciones a corto, mediano y largo plazos para el cumplimiento de la implementación del Plan.El control y la fiscalización de los funcionarios y técnicos de Planificación Física en elproceso de desarrollo de las urbanizaciones y a los concesionarios y usuarios de la Zona Especial de Desarrollo Mariel, se realizan de conformidad con el Plan Único de Accionesde Control elaborados cada año por la Oficina de la Zona Especial de Desarrollo Mariel.Las inspecciones estatales a realizar fuera del Plan Único de Acciones de Control ela-borado por la Oficina de la Zona Especial de Desarrollo Mariel se informan a esta por el Instituto de Planificación Física en un plazo no menor de 72 horas previo a su ejecución,si ello resulta posible, o dentro de las 24 horas siguientes al inicio de la inspección estatal.
2323 GACETA OFICIAL21 de j ulio de 2021
Artículo 19. La Oficina de la Zona Especial de Desarrollo Mariel entrega al Instituto de Planificación Física, al cierre del primer trimestre de cada año, el informe anual de los resultados de la implementación del Plan, conforme al Programa de Desarrollo y Negocios.
Artículo 20. La Oficina de la Zona Especial de Desarrollo Mariel es la responsable dela implementación del Plan.
DISPOSICIONES FINALESPRIMERA: Modificar el
Artículo 7 del Acuerdo 8665 del Consejo de Ministros, queaprobó el Plan de Ordenamiento Territorial de la Zona Especial de Desarrollo Mariel, de 14 de agosto de 2019, en lo referido a cambiar las dimensiones inicialmente aprobadas para los Sectores B y D, el que queda redactado de la siguiente forma: “
Artículo 7. BALANCE DE ÁREAS. Los 465,4 km 2 de la Zona se distribuyen en sectores: Sector A con 45,19 km 2 ; Sector B con 33,41 km 2 ; Sector C con 69,50 km 2 ; Sector D con 34,24 km 2 ; Sector E con 54,40 km 2; Sector F con 67,98; Sector G con 57,70 km 2 ; Sector H con 66,70 km 2 ; y Sector I con 36,28 km 2.Según el uso del suelo se destina el 77,3 % a actividades productivas y el 22,7 % aotros usos, que incluye los asentamientos humanos y el sistema hidrológico (ríos, arroyos y embalses).”SEGUNDA: Responsabilizar al Instituto de Planificación Física con la publicidad deltexto íntegro del Plan que por el presente Acuerdo se aprueba, por las vías de comunicación institucional establecidas de dicha entidad.
TERCERA: El presente Acuerdo entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, a los 28 días del mes de junio de 2021, “Año 63 de la Revolución”.Manuel Marrero CruzANEXO IRESUMEN DEL PLAN DE ORDENAMIENTO URBANO DEL SECTOR B ZONA ESPECIAL DE DESARROLLO MARIELEl Plan de Ordenamiento Urbano del Sector B de la Zona Especial de Desarrollo Ma-riel es el instrumento de planificación, gestión y control del desarrollo de este Sector; formula las determinaciones específicas de organización del uso del suelo y ocupacióndel territorio, su estructura y morfología en correspondencia con las políticas del Plan de Ordenamiento Territorial de la citada zona; define el modelo de ordenamiento urbanístico, las principales estrategias de ordenamiento y las regulaciones urbanísticas, dirigido a alcanzar un desarrollo equilibrado y sostenible, promoviendo el uso racional de los recursos; y tiene un alcance temporal desde el año 2020 hasta el 2035. El Plan se estructura en una Introducción, cinco capítulos y ocho anexos.Introducción. Explica el uso preferencial del Sector B, como una prolongación del Sec-tor A, y refiere su vínculo con las políticas y determinaciones aprobadas para la citada Zonaen el Acuerdo 8665 del Consejo de Ministros, de 14 de agosto de 2019, que aprobó el Plan de Ordenamiento Territorial de la Zona Especial de Desarrollo Mariel hasta el año 2033.Capítulo 1 “Diagnóstico Territorial de los Subsistemas”. Se refiere al diagnóstico de cuatro subsistemas; Físico-Natural, Económico-Productivo, Infraestructura Técnica yel de Asentamientos Humanos.
2324 GACETA OFICIAL 21 de j ulio de 2021 Capítulo 2 “Diagnóstico Integral Territorial”. Refleja la evaluación de las potencia-lidades y restricciones, partiendo de los factores que influyen en el territorio, hasta llegar ala evaluación del estado de los recursos potenciales y la determinación de los problemas detectados en cada subsistema.Capítulo 3 “Etapa de Propuestas de Ordenamiento Urbanístico”. Se concentra enlas soluciones propuestas para el ordenamiento del territorio y la zonificación del Sectorcon la descripción de tres zonas principales (Industrial y Logística; Subcentro de Servicios; y Ecológica, de Protección y Parques Verdes).Capítulo 4 “Políticas y Determinaciones. Plan de Acciones”. Expresa las 11 políticas y 28 determinaciones urbanísticas que se establecen por el presente Acuerdo para alcanzar el modelo de ordenamiento propuesto, con acciones, medidas y las etapas en su implementación, asociadas al Programa de Desarrollo y Negocios.Capítulo 5 “Regulaciones Urbanísticas”. Define las regulaciones urbanísticas gene-rales y las específicas para las siete subzonas de regulación, y también las describe.De los Anexos: Cuenta con ocho Anexos, estos son: “Planta General de la Estructura Vial del Sector B”; “Secciones Transversales Típicas”; “Planta y perfiles longitudinalesde las vías”; “Análisis del Golpe de Ariete en instalaciones desprotegidas desde la Cuenca Subterránea HS2 hasta el Sector B”; “Tabla, Potencia y Consumo Eléctrico en estaciones de bombeo”; “Parámetros de las estaciones de bombeo”; “Inversión estimada en infraestructura hidráulica”; “Consumo Eléctrico por metros cúbicos de agua entregada”. ANEXO IIDERROTERO DEL SECTOR B, ZONA ESPECIAL DE DESARROLLO MARIELPartiendo del vértice BC-1, más al noroeste de la parcela se toma rumbo noreste por toda la línea de costa pasando por punta Dominica hasta llegar a la desembocadura del río Dominica, ensenada Dominica, en una distancia de 6890 metros hasta el vértice B; toma rumbo sureste cruzando dicha ensenada en una distancia de 150 metros hasta el vértice 1; continúa rumbo sureste por el borde este del río Dominica y continúa por el borde estede su afluente Doña María, en una distancia de 5830 metros se encuentra el vértice 14; continúa rumbo sureste cruzando el afluente Doña María en línea recta, en una distanciade 1240,84 metros hasta llegar al vértice 13, situado a una distancia de 30 metros al norte de la carretera Circuito Norte Mariel-Cabañas; toma rumbo noroeste paralelo y manteniendo la misma distancia con la carretera Circuito Norte Mariel-Cabañas, pasando porlos asentamientos humanos rurales Las Mangas, San Jacinto, Josefina, entronque de Santa Isabel y La Dominica, hasta llegar al borde este del río La Dominica, donde se encuentra el vértice BCD-3 a una distancia de 6770 metros; continúa rumbo noroeste por el borde este del río La Dominica, en una distancia de 3550 metros se encuentra el vértice BC-4; toma rumbo noreste bordeando el sur de la zona baja del manglar hasta intersectar el camino existente, en una distancia de 2750 metros se encuentra el vértice BC-5; toma rumbo noroeste por el borde oeste de dicho camino, continuamos bordeando el oeste del parque solar fotovoltaico Varela y retomamos el camino existente hasta intersectar el vial Herradura, en una distancia de 2310 metros se encuentra el vértice BC-6; toma rumbo noreste cruzando el vial Herradura hasta llegar a la línea de costa, en una distancia de 560 metros se encuentra el vértice BC-1, punto de partida.
2325 GACETA OFICIAL21 de j ulio de 2021 Esta porción de terreno de forma irregular ocupa una superficie total de treinta y tres puntocuatrocientos quince mil seiscientos sesenta kilómetros cuadrados, poco más o menos de tres mil trescientas cuarenta y uno punto cinco mil seiscientos sesenta hectáreas, equivalentes a treinta y tres millones cuatrocientos quince mil seiscientos sesenta metros cuadrados.COORDENADAS DE LOS VÉRTICES DEL DERROTERO DEL SECTOR B. Vértices X YBC-1 305 482,18 355 663,32 B 311 841,07 355 681,00 1 311 958,07 355 663,40 14 312 531,82 351 157,54 13 312 554,22 349 870,04 BCD 3 305 966,20 350 748,80 BC-4 304 843,05 353 334,30 BC-5 306 985,75 353 612,91 BC-6 305 445,84 355 103,70 MINISTERIO ______COMERCIO EXTERIOR Y LA INVERSIÓN EXTRANJERA