Acuerdo 1

Declaración de Zonas con Regulaciones Especiales en Sancti Spíritus

Organismo
Consejo de Ministros
Fecha emisión
2021-09-23
Publicada en
Gaceta No. 111 Ordinaria de 2021 (2021-10-08)
Páginas
3–8
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El Acuerdo No. 1 del Consejo de Ministros declara zonas con regulaciones especiales en Sancti Spíritus. Regula la declaración de dos áreas protegidas, Lomas de La Canoa-Cueva La Chucha y Lomas Las Tasajeras, ubicadas en el municipio de Yaguajay. El objetivo es proteger y conservar el medio ambiente y los recursos naturales.

Texto íntegro

MANUEL MARRERO CRUZ, Primer Ministro.

HAGO SABER: Que el Consejo de Ministros ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: El Decreto-Ley 331 “De las Zonas con Regulaciones Especiales”,de 30 de junio de 2015, establece en su

Artículo 11 que la declaración, modificación oextinción de zonas con regulaciones especiales se aprueba por el Consejo de Ministros.

POR CUANTO: El Presidente del Instituto de Ordenamiento Territorial y Urbanis-mo, a instancia de la Ministra de Ciencia Tecnología y Medio Ambiente, y en cumplimientode lo establecido en el

Artículo 12, del Decreto-Ley 331 “De las Zonas con Regulaciones Especiales”, de 30 de junio de 2015, ha presentado al Consejo de Ministros la propuestade declaración de zonas con regulaciones especiales, del tipo de Alta Significación Am-biental e Importancia Histórico-Cultural, en la categoría de Áreas Protegidas, las áreas Lomas de La Canoa-Cueva La Chucha y Lomas Las Tasajeras, ubicadas en el municipiode Yaguajay, en la provincia de Sancti Spíritus, así como disponer las regulaciones y prohi-biciones que deben cumplir las personas naturales y jurídicas para realizar determinadasactividades en ella.

POR TANTO: El Consejo de Ministros, en virtud de lo establecido en el

Artículo 137,inciso o), de la Constitución de la República, adoptó el 23 de septiembre de 2021 elsiguiente:

ACUERDO

PRIMERO: Declarar como Zonas con Regulaciones Especiales, del tipo de Alta Sig-nificación Ambiental e Importancia Histórico-Cultural, en la categoría de Área Protegida,las áreas Lomas de La Canoa-Cueva La Chucha y Lomas Las Tasajeras, ubicadas en laprovincia de Sancti Spíritus.

SEGUNDO: Las áreas protegidas integran el Sistema Nacional de Áreas Protegidas ytienen asignadas las categorías de manejo siguientes:

1. Elemento Natural Destacado

I. Lomas de La Canoa-Cueva La Chucha.

II. Lomas Las Tasajeras.

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TERCERO: La descripción de cada zona, incluyendo la zona de amortiguamiento y suscoordenadas geográficas, se relaciona en el Anexo Único que forma parte de este Acuerdo.

CUARTO: La administración de las zonas aprobadas por el presente Acuerdo queda acargo del Ministerio de la Agricultura.

QUINTO: El Ministro de la Agricultura designa, según corresponda, a la entidad queen su representación se encarga de la administración de las referidas zonas, dentro de lostreinta días siguientes a la entrada en vigor del presente Acuerdo.

SEXTO: La administración de las zonas aprobadas en el presente Acuerdo, quedanresponsabilizadas con planificar y ejecutar los recursos humanos, financieros y materialesnecesarios, con el fin de garantizar su conservación, manejo, protección y uso sostenible,de conformidad con las normas establecidas a tales efectos.

SÉPTIMO: Para la realización de actividades en las zonas, según sus categorías demanejo, se cumplen las disposiciones establecidas en el Decreto-Ley 201 “Del Sistema Nacional de Áreas Protegidas”, con el objetivo de proteger y mantener la diversidadbiológica y los recursos naturales e histórico-culturales asociados a cada una de estas,alcanzar su conservación y uso sostenible, en correspondencia con lo regulado enel Decreto-Ley 331 “De las Zonas con Regulaciones Especiales”, así como otrasdisposiciones que al efecto sean dictadas de conformidad con las prohibiciones yregulaciones generales aprobadas para cada área evaluada.

OCTAVO: Para el cumplimiento de lo previsto en el apartado Sexto, las entidadesresponsabilizadas con la administración de las zonas quedan encargadas de incorporarlas regulaciones y prohibiciones específicas en los planes operativos especiales y de ma-nejo que al efecto elaboren, en correspondencia con el procedimiento establecido por el Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente para la presentación y aprobación delos Planes de Manejo, Planes Operativos de las Áreas Protegidas.

NOVENO: El acceso y uso público de las zonas aprobadas se realizan cumpliendo losprocedimientos estipulados por los organismos de la Administración Central del Estado,rectores de las actividades que se ejecuten en estas áreas, y de acuerdo con las regulacio-nes establecidas para esta actividad en el Plan de Manejo.

DÉCIMO: Las actividades de la defensa que se lleven a cabo en estas zonas en tiempode paz, se realizan de conformidad con la legislación establecida al efecto.

UNDÉCIMO: Durante la elaboración e implementación de esquemas y planes dedesarrollo de ordenamiento territorial y urbanístico por el Sistema de Ordenamiento Territorial y Urbanismo, en los que interviene el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en todos los niveles, se exigirá la inclusión y cumplimiento de las regulacionesy manejos que se deriven de las zonas y sus zonas de amortiguamiento aprobadas, así comosometer a consulta cualquier intervención que resulte de los nuevos procesos de desarrolloen estas áreas o sus colindantes para proteger su condición.

DUODÉCIMO: Durante la fase de elaboración del Plan de Manejo, el programa de usopúblico y la zonificación asociada son avalados por el Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, de conformidad con las regulaciones establecidas al respecto.

COMUNÍQUESE el presente Acuerdo a los miembros del Consejo de Ministros y acuantas personas naturales y jurídicas corresponda.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 23 días del mes de septiembre de 2021,“Año 63 de la Revolución”.

Manuel Marrero Cruz

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ANEXO ÚNICO

DESCRIPCIÓN, ZONAS DE AMORTIGUAMIENTO, COORDENADASGEOGRÁFICAS, REGULACIONES Y PROHIBICIONES, Y MAPADE LAS ÁREAS NATURALES DECLARADAS COMO ÁREASPROTEGIDAS MEDIANTE EL PRESENTE ACUERDO

1. Elemento Natural Destacado Lomas de La Canoa-Cueva La Chucha, en el mu-nicipio de Yaguajay, en la provincia de Sancti Spíritus.

El Elemento Natural Destacado Lomas de la Canoa-Cueva La Chucha comprende unasuperficie total de 1920 hectáreas terrestres.

Los límites de esta área se corresponden con la siguiente descripción, dada en coorde-nadas planas rectangulares de la proyección Cuba Norte:

Partiendo del extremo este del área en un punto situado en las coordenadas 689.617,0 X y 270.142,0 Y, siguiendo el borde de la vegetación que coincide con el límite del Área Protegida de Recursos Manejados Jobo Rosado, continuamos, hasta el punto 689.739,0 X y 271.490,0 Y, luego continuamos hasta el punto situado en los 693.167,0 X y 270.782,0 Y,donde comienza el límite del Lote 17, continuamos el borde de la vegetación, hasta el puntoubicado a los 695.079,0 X y 268.414,0 Y, donde se inicia el límite del Lote 18, continuamossiguiendo el borde de la vegetación, hasta el punto situado a los 698.838,0 X y 265.989,0 Y,donde se inicia el límite del Lote 19, continuamos hasta el vértice 698.804,0 X y 266.212,0 Y,se hace una inflexión al norte hasta las coordenadas 698.838,0 X y 265.989,0 Y, continuandoal este hasta las coordenadas 698.804,0 X y 266.212,0 Y, continuando al sur 699.246,0 X y 266.210,0 Y, muy cerca de la Cueva La Chucha, se sigue a continuación al este hasta lascoordenadas 699.246,0 X y 266.098,0 Y, realizando una inflexión al sur de 1,36 km hastael punto de coordenadas 699.597,0 X y 266.052,0 Y, donde concluye el límite del lote an-terior e iniciamos el límite del Lote 18, siguiendo el borde de la vegetación continuamos,hasta el punto ubicado en los 699.270,0 X y 264.756,0 Y, en este punto continuamos siguien-do el borde de la vegetación al noroeste, hasta el punto 696.393,0 X y 265.636,0 Y, hastalos límites de Jobo Rosado, se continúa por este límite hasta el punto inicial del borde dela vegetación con rumbo noreste, hasta el punto inicial del derrotero en las coordenadas 689.617,0 X y 270.142,0 Y.

A los efectos de controlar adecuadamente las acciones que puedan repercutir negativa-mente sobre esta área protegida se establece una zona de amortiguamiento que comprendelos 300 metros a partir del límite externo del área.

1.2 Regulaciones y prohibiciones dentro de los límites del Elemento Natural Des-tacado Lomas de la Canoa-Cueva La Chucha.

Actividades permitidas:

a) Protección y manejo de valores importantes del paisaje, del relieve, la biodiversi-dad e histórico-culturales asociados;

b) investigación, monitoreo, educación e interpretación ambiental;

c) recreación y turismo tales como senderos, así como instalaciones de bajo impactodirigidas a la actividad del área protegida;

d) realizar el manejo forestal, por instituciones autorizadas, para el tratamiento silvi-cultural del bosque y producción de acuerdo con la categoría del mismo;

e) autoconsumo del personal del área en la zona de amortiguamiento o de acuerdo conla zonificación funcional del área;

f) realizar actividades de espeleología con las regulaciones emitidas por las autorida-des competentes;

g) respetar las zonas de protección hidrorreguladoras de todos los arroyos que nacenen esta cordillera; y

h) todas aquellas identificadas en la zonificación funcional del Plan de Manejo apro-bado.

Queda prohibido:

a) Uso del fuego dentro de los límites del área protegida;

b) verter desechos en los límites del área protegida;

c) extraer especies de la flora, fauna, arqueológico o espeleológico, ni muestras de otrotipo sin autorización oficial;

d) actividad que pueda contaminar esta cuenca subterránea, pues el área protegida seencuentra aguas arriba de los pozos de abasto del asentamiento Mayajigua; y

e) todas aquellas identificadas en la zonificación funcional del Plan de Manejo apro-bado;

La administración del área protegida tiene la responsabilidad de atender aquellas acti-vidades que se desarrollen en los límites del área protegida y su zona de amortiguamientoa fin de detectar cualquier afectación que pueda ser generada a dicha área.

2. Elemento Natural Destacado Lomas Las Tasajeras, en el municipio de Yagua-jay, en la provincia de Sancti Spíritus.

El Elemento Natural Destacado Lomas Las Tasajeras comprende una superficie totalde 141,9 hectáreas terrestres.

Los límites de esta área se corresponden con la siguiente descripción, dada en coorde-nadas planas rectangulares de la proyección Cuba Norte:

Partiendo del punto situado en las coordenadas 666.281,0 X y 286.717,0 Y siguiendoel borde de la vegetación que coincide con el límite del Lote 4 establecido por la Ordenación Forestal del área, continuamos con rumbo NO, hasta los 664.778,0 X y 287.670,0 Y, tomamos nuevamente al NO, hasta 664.743,0 X y 287.862,0 Y, continuamoshasta 664.723,0 X y 287.880,0 Y, hasta 664.734,0 X y 287.904,0 Y, continuamos, hasta 664.749,0 X y 288.015,0 Y, se continúa por el borde del bosque hasta 664.432,0 X y 282.284,0 Y, continuamos hacia el oeste hasta las coordenadas 664.204,0 X y 288.271,0 Y,desde este punto avanzamos hacia el sur hasta las coordenadas 664.213,0 X y 288.185,0 Y,continuamos por el borde del bosque hasta 664.444,0 X y 288.178,0 Y, continuamosen la misma dirección sureste hasta, 664.627,0 X y 288.007,0 Y, continuamos 664.586,0 Xy 288.058,0 Y, continuamos al sureste, hasta 664.371,0 X y 287.930,0 Y, continuamospor el borde del bosque al noroeste hasta 663.838,0 X y 288.296,0 Y, continuamos alnoreste, hasta 663.944,0 X y 288.402,0 Y, se continúa hasta 663.798,0 X y 288.625,0 Y,continuamos por el borde del bosque al noreste hasta 663.895,0 X y 288.738,95 Y, porel norte de la elevación y bordeando la misma tomamos rumbo sureste, pasando por lospuntos de coordenadas 664.099,0 X y 288.613,0 Y ; 664.615,0 X y 288.385,0 Y; 665.034,0 Xy 288.003,0 Y; 665.522,0 X y 287.877,0 Y; 665.940,0 X y 287.601,0 Y; 666.294,0 X y 287.316,0 Y; 666.384,0 X y 287.178,0 Y; 666.562,0 X y 287.141,0 Y, desde este punto decoordenadas se toma dirección suroeste hasta las coordenadas 666.281,0 X y 286.717,0 Y,punto inicial de este polígono.

A los efectos de controlar adecuadamente las acciones que puedan repercutir negativa-mente sobre esta área protegida se establece una zona de amortiguamiento que comprendelos 500 metros a partir del límite externo del área.

2.2 Regulaciones y prohibiciones dentro de los límites del Elemento Natural Des-tacado Lomas Las Tasajeras.

Actividades permitidas:

a) Protección y manejo de valores importantes del paisaje, el relieve, la biodiversidad,la geodiversidad e histórico-culturales asociados;

b) actividades de investigación, monitoreo, educación e interpretación ambiental;

c) recreación y turismo sostenibles, acordes con la zonificación funcional del área y lalegislación ambiental vigente;

d) autoconsumo del personal del área en la zona de amortiguamiento o de acuerdo conla zonificación funcional del área; y

e) todas aquellas identificadas en la zonificación funcional del Plan de Manejo apro-bado.

Queda prohibido:

a) El uso del fuego dentro de los límites del área protegida;

b) Extraer especies de la flora, fauna, formaciones rocosas ni muestras de otro tipo sinautorización oficial; y

c) Todas aquellas identificadas en la zonificación funcional del Plan de Manejo apro-bado.

La administración del área protegida tiene la responsabilidad de atender aquellas activi-dades que se desarrollen en los límites del área protegida y su zona de amortiguamiento afin de detectar cualquier afectación que pueda ser generada a dicha área.

Mapa de ubicación de Lomas de La Canoa-Cueva La Chucha

![C:\Users\augusto\Documents\Lomas de la Canoa - La Chucha.jpg]()

Mapa de ubicación de Lomas Las Tasajeras

![C:\Users\augusto\Documents\Mapa Loma La Tasajera.jpg]()

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