Acuerdo 9182

Declaración de Zona con Regulaciones Especiales en el área Banco de Buena Esperanza-Manáguano

Organismo
Consejo de Ministros
Fecha emisión
2021-09-24
Publicada en
Gaceta No. 111 Ordinaria de 2021 (2021-10-08)
Páginas
19–23
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El Acuerdo No. 9182 del Consejo de Ministros declara Zona con Regulaciones Especiales el área Banco de Buena Esperanza-Manáguano, ubicada en el municipio de Niquero, provincia de Granma. Esta zona es de Alta Significación Ambiental e Importancia Histórico-Cultural, en la categoría de Área Protegida.

Texto íntegro

MANUEL MARRERO CRUZ, Primer Ministro.

HAGO SABER: Que el Consejo de Ministros ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: El Decreto-Ley 331 “De las Zonas con Regulaciones Especiales”,de 30 de junio de 2015, establece en su

Artículo 11 que la declaración, modificación oextinción de zonas con regulaciones especiales se aprueba por el Consejo de Ministros.

POR CUANTO: El Presidente del Instituto de Ordenamiento Territorial y Urba-nismo, a instancia de la Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, y en cum-plimiento de lo establecido en el

Artículo 12, del Decreto-Ley 331 “De las Zonas con Regulaciones Especiales”, de 30 de junio de 2015, ha presentado al Consejo de Ministrosla propuesta de declaración de zonas con regulaciones especiales, del tipo de Alta Signi-ficación Ambiental e Importancia Histórico-Cultural, en la categoría de Área Protegida,el área Banco de Buena Esperanza-Manáguano, ubicada en el municipio de Niquero, enla provincia de Granma, así como disponer las regulaciones y prohibiciones que debencumplir las personas naturales y jurídicas para realizar determinadas actividades en ella.

POR TANTO: El Consejo de Ministros, en virtud de lo establecido en el

Artículo 137,inciso o), de la Constitución de la República, adoptó el 24 de septiembre de 2021 elsiguiente:

ACUERDO

PRIMERO: Declarar como Zona con Regulaciones Especiales, del tipo de Alta Signi-ficación Ambiental e Importancia Histórico-Cultural, en la categoría de Área Protegida,el área Banco de Buena Esperanza-Manáguano, ubicada en el municipio de Niquero, enla provincia de Granma, en lo adelante la Zona.

SEGUNDO: El área protegida integra el Sistema Nacional de Áreas Protegidas y tieneasignada la categoría de manejo siguiente:

1. Elemento Natural Destacado

I. Banco de Buena Esperanza-Manáguano

TERCERO: La descripción de la Zona, incluyendo sus coordenadas geográficas yla zona de amortiguamiento, se relacionan en el Anexo Único, que forma parte de este Acuerdo.

CUARTO: La administración de la Zona aprobada en el presente Acuerdo queda acargo del Ministerio de la Agricultura.

QUINTO: El Ministro de la Agricultura, designa, según corresponda, a la entidad que,en su representación, se encarga de la administración de la Zona, dentro de los treinta díassiguientes a la entrada en vigor del presente Acuerdo.

SEXTO: La administración de la Zona aprobada en el presente Acuerdo, queda res-ponsabilizada con planificar y ejecutar los recursos humanos, financieros y materialesnecesarios, con el fin de garantizar su conservación, manejo, protección y uso sostenible,de conformidad con las normas establecidas a tales efectos.

SÉPTIMO: Para la realización de actividades en la Zona, según su categoría de manejo,se cumplen las disposiciones establecidas en el Decreto-Ley 201 “Del Sistema Nacionalde Áreas Protegidas”, con el objetivo de proteger y mantener la diversidad biológica y losrecursos naturales e histórico-culturales asociados a cada una de estas, alcanzar su conser-vación y uso sostenible, en correspondencia con lo regulado en el Decreto-Ley 331 “Delas Zonas con Regulaciones Especiales”, así como otras disposiciones que al efecto seandictadas de conformidad con las prohibiciones y regulaciones generales aprobadas paracada área evaluada.

OCTAVO: Para el cumplimiento de lo previsto en el apartado Sexto, la entidadresponsabilizada con la administración de la Zona queda encargada de incorporar lasregulaciones y prohibiciones específicas en los planes operativos especiales y de manejoque al efecto elaboren, en correspondencia con el procedimiento establecido por el Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, para la presentación y aprobación delos Planes de Manejo, Planes Operativos de las Áreas Protegidas.

NOVENO: El acceso y uso público de la Zona aprobada se realiza cumpliendo losprocedimientos estipulados por los organismos de la Administración Central del Estado,rectores de las actividades que se ejecuten en esta área, y de acuerdo con las regulacionesestablecidas para esta actividad en el Plan de Manejo.

DÉCIMO: Las actividades de la defensa que se lleven a cabo en la Zona en tiempo depaz, se realizan de conformidad con la legislación establecida al efecto.

UNDÉCIMO: Durante la elaboración e implementación de esquemas y planes dedesarrollo de ordenamiento territorial y urbanístico por el Sistema de Ordenamiento Territorial y Urbanismo, en los que interviene el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en todos los niveles, se exigirá la inclusión y cumplimiento de lasregulaciones y manejos que se deriven del área protegida y su zona de amortiguamientoaprobada, así como someter a consulta cualquier intervención que resulte de los nuevosprocesos de desarrollo en estas áreas o sus colindantes para proteger su condición.

DUODÉCIMO: Durante la fase de elaboración del Plan de Manejo, el programade uso público y la zonificación asociada son avalados por el Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, de conformidad con las regulaciones establecidas al respecto.

COMUNÍQUESE el presente Acuerdo a los miembros del Consejo de Ministros y acuantas personas naturales y jurídicas corresponda.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 24 días del mes de septiembre de 2021,“Año 63 de la Revolución”.

Manuel Marrero Cruz

ANEXO ÚNICO

DESCRIPCIÓN, ZONA DE AMORTIGUAMIENTO, COORDENADASGEOGRÁFICAS, REGULACIONES Y PROHIBICIONES, Y MAPADEL ÁREA NATURAL DECLARADA COMO ÁREA PROTEGIDAMEDIANTE EL PRESENTE ACUERDO

Elemento Natural Destacado Banco de Buena Esperanza-Manáguano, en elmunicipio de Niquero, en la provincia de Granma.

El Elemento Natural Destacado Banco de Buena Esperanza-Manáguano comprendedos sectores con una superficie total de 82 190 hectáreas, de ellas, 1 214,57 terrestres y 80 975,43 marinas.

a) El de Manáguano tiene una superficie total de 10 000,34 hectáreas, de ellas,1 214,57 terrestres y 8 785,77 marinas.

b) El de Banco de Buena Esperanza tiene una superficie marina total de 72 189,66 hec-táreas.

Los límites de esta área se corresponden con la siguiente descripción, dada en coorde-nadas planas rectangulares de la proyección Cuba Sur:

Sector Manáguano.

Partiendo del punto 1 en las coordenadas 422.747,0 X y 156.845,0 Y; ubicado enla intersección que forma la línea de costa y las tierras del campesino Carlos Labra-da Vega se toma rumbo oeste suroeste, lindando con el área marítima del Golfo de Guacanayabo y a una distancia de 2 600 metros hasta llegar al punto 2 en las coorde-nadas 420.147,0 X y 156.711,0 Y; en este punto tomamos rumbo noroeste lindandocon el área marítima del Golfo de Guacanayabo con una distancia de 11 460 metroshasta llegar al punto 3 en las coordenadas 411.618,0 X y 164.361,0 Y; en este toma-mos rumbo noreste lindando con el área marítima del Golfo de Guacanayabo conuna distancia de 4 450 m hasta llegar al punto 4 en las coordenadas 414.420,0 X y 167.815,0 Y; aquí se toma rumbo sureste lindando con el área marítima del Golfo de Guacanayabo con una distancia de 16 710 m hasta la línea de costa y llegar al punto 5 en lascoordenadas 429.784,0 X y 161.244,0 Y; se toma rumbo sur suroeste lindando conla UBPC Guaimarón y las tierras del campesino Calana Francisco Lao con una distanciade 2 160 m hasta llegar al punto 6 en las coordenadas 428.546,0 X y 159.545,0 Y; se tomarumbo noroeste lindando con la Empresa Azucarera Roberto Ramírez con una distanciade 900 metros hasta el río Sevilla, donde se encuentra el punto 7 en las coordenadas 427.733,0 X y 159.935,0 Y; en este se toma rumbo suroeste lindando con la CPA Niceto Pérez, UBPC Jagua los campesinos Amauri Llorente Rodrigo y José Antonio Reyes La-brada con una distancia de 5 520 metros hasta la carretera de la playa Carenero, llegandoal punto 8 en las coordenadas 423.242,0 X y 156.764,0 Y; tomando rumbo oeste noroeste,lindando con el campesino Carlos Labrada Vega con una distancia de 500 metros hastapunto inicial de este derrotero en las coordenadas 422.747,0 X y 156.845,0 Y.

Sector Banco de Buena Esperanza.

Partiendo del punto 1 en el canal bajo El Palo, en las coordenadas 414.427,0 X y 202.515,0 Y; se toma rumbo sureste a una distancia de 21 630 metros hasta el punto 2,en las coordenadas 428.725,0 X y 186.428,0 Y; desde este punto se toma rumbosuroeste por una distancia de 8 830 metros hasta el punto 3, en las coordenadas 421.519,0 X y 174.971,0 Y; por una distancia de 4 870 metros hasta el punto 4 en lascoordenadas 421.519,0 X y 174.971,0 Y; desde donde se toma rumbo sur por espaciode 4 870 metros hasta las inmediaciones del bajo Fustete en el punto 5 en las coorde-nadas 421.065,0 X y 170.140,0 Y; de donde se toma rumbo oeste 1 850 metros hastael punto 6 en las coordenadas 419.235,0 X y 170.13,09 Y; desde este punto se tomarumbo noroeste por espacio de 2 210 metros hasta el punto número 7 en las coordenadas 417.288,0 X y 171.165,0 Y; se toma rumbo suroeste por espacio de 5 340 metros hastael punto número 8 de coordenadas 413.188,0 X y 167.857,0 Y; muy cerca del méganode Palomino. Desde este punto se sigue al oeste siguiendo al norte en paralelo al canal de Madrona por una distancia de 10 810 metros, hasta el punto número 9 en las coordena-das 402.359,0 X y 167.562,0 Y; desde donde se avanza al noroeste por espacio de 1 470 metros, hasta punto número 10 en las coordenadas 401.112,0 X y 168.304,0 Y. Desdeeste punto se avanza nuevamente al noroeste por espacio de 4 700 metros hasta el puntonúmero 11 en las coordenadas 399.908,0 X y 172.818,0 Y; desde este punto de avan-za por 2 260 metros al noreste hasta el punto 12 en las coordenadas 401.886,0 X y 174.598,0 Y. Desde este punto se avanza al noroeste por 10 190 metros hasta elpunto 13 de coordenadas 397.481,0 X y 183.729,0 Y; desde este punto se avanza alnorte por espacio de 7 000 metros cerca del canal de Palomino hasta el punto 14 enlas coordenadas 396.737,0 X y 190.654,0 Y; desde el punto actual se avanza hacia elnoreste por 14 250 m hasta el punto número 15 en las coordenadas 408.330,0 X y 198.934,0 Y. Desde este punto se avanza por espacio de 6 390 m hasta el punto 16 enlas coordenadas 411.307,0 X y 193.342,0 Y; desde el punto actual se avanza al noroestepor 2 640 metros hasta el punto 17 en las coordenadas 413.467,0 X y 194.843,0 Y;desde este punto se avanza por 7 770 metros hasta llegar al punto inicial en las coorde-nadas 414.427,0 X y 202.515,0 Y, en el canal bajo El Palo.

A los efectos de controlar adecuadamente las acciones que puedan repercutir negativa-mente sobre esta área protegida se establece una zona de amortiguamiento que comprendelos 500 metros a partir del límite externo del área.

Regulaciones y prohibiciones dentro de los límites del Elemento Natural Destacado Banco de Buena Esperanza-Manáguano.

Actividades permitidas:

a) Protección y manejo de valores importantes del paisaje, el relieve, la biodiversidade histórico-culturales asociados;

b) investigación, monitoreo, educación e interpretación ambiental;

c) recreación y turismo sostenibles, acordes con la zonificación funcional del área y lalegislación ambiental vigente;

d) pesca estatal y no estatal, de acuerdo a la zonificación funcional del área y en lazona de amortiguamiento;

e) el paso de las embarcaciones a través de los canales existentes, así como refugio encaso de necesidad por afectaciones medioambientales; y

f) todas aquellas identificadas en la zonificación funcional del Plan de Manejo apro-bado.

Queda prohibido:

a) El uso del fuego dentro de los límites del área protegida;

b) extraer especies de la flora, fauna, fósiles o de otro tipo sin autorización oficial;

c) realizar actividades pesqueras sin autorización y de acuerdo con la legislaciónvigente; y

d) todas las actividades que aparezcan prohibidas en la zonificación funcional del Plande Manejo aprobado.

La administración del área protegida tiene la responsabilidad de atender aquellasactividades que se desarrollen en los límites del área protegida y su zona de amortigua-miento a fin de detectar cualquier afectación que pueda ser generada a dicha área.

Mapa de ubicación del Elemento Natural Destacado Banco de Buena Esperanza-Manáguano

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