Acuerdo 9183
El Acuerdo No. 9183 del Consejo de Ministros declara la Laguna de Baconao como Zona con Regulaciones Especiales, de Alta Significación Ambiental e Importancia Histórico-Cultural. Esta zona es un Área Protegida que forma parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas y está bajo la administración del Ministerio de la Agricultura.
- La Zona abarca 929,1 hectáreas, con 473,64 terrestres y 455,46 de agua dulce, en el municipio y provincia de Santiago de Cuba.
- Se establecen regulaciones para actividades como recreación, turismo, manejo forestal, investigación y educación ambiental.
- Se prohíbe el uso del fuego, verter desechos, extraer especies de flora y fauna sin autorización y otras actividades identificadas en el Plan de Manejo.
- La administración del área es responsabilidad del Ministerio de la Agricultura, que debe planificar y ejecutar recursos para su conservación y uso sostenible.
- Se designa una zona de amortiguamiento de 500 metros alrededor del área protegida para controlar acciones que puedan repercutir negativamente en ella.
Texto íntegro
MANUEL MARRERO CRUZ, Primer Ministro.
HAGO SABER: Que el Consejo de Ministros ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: El Decreto-Ley 331 “De las Zonas con Regulaciones Especiales”,de 30 de junio de 2015, establece en su
Artículo 11 que la declaración, modificación oextinción de zonas con regulaciones especiales se aprueba por el Consejo de Ministros.
POR CUANTO: El Presidente del Instituto de Ordenamiento Territorial y Urbanis-mo, a instancia de la Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, y en cumplimien-to de lo establecido en el
Artículo 12, del Decreto-Ley 331 “De las Zonas con Regulaciones Especiales”, de 30 de junio de 2015, ha presentado al Consejo de Ministros la propuesta dedeclaración de zonas con regulaciones especiales, del tipo de Alta Significación Ambiental e
Importancia Histórico-Cultural, en la categoría de Área Protegida, el área Laguna de Baco-nao, ubicada en el municipio de Santiago de Cuba, de la propia provincia, así como disponerlas regulaciones y prohibiciones que deben cumplir las personas naturales y jurídicas pararealizar determinadas actividades en ella.
POR TANTO: El Consejo de Ministros, en virtud de lo establecido en el
Artículo 137,inciso o), de la Constitución de la República, adoptó el 24 de septiembre de 2021 elsiguiente:
ACUERDO
PRIMERO: Declarar como Zona con Regulaciones Especiales, del tipo de Alta Signi-ficación Ambiental e Importancia Histórico-Cultural, en la categoría de Área Protegida,el área Laguna de Baconao, ubicada en el municipio y provincia de Santiago de Cuba, enlo adelante la Zona.
SEGUNDO: El área protegida integra el Sistema Nacional de Áreas Protegidas y tieneasignada la categoría de manejo siguiente:
1. Paisaje Natural Protegido
I. Laguna de Baconao
TERCERO: La descripción de la Zona, incluyendo sus coordenadas geográficas yla zona de amortiguamiento, se relaciona en el Anexo Único, que forma parte de este Acuerdo.
CUARTO: La administración de la Zona aprobada en el presente Acuerdo queda acargo del Ministerio de la Agricultura.
QUINTO: El Ministro de la Agricultura, designa, según corresponda, a la entidad que,en su representación, se encarga de la administración de la Zona, dentro de los treinta díassiguientes a la entrada en vigor del presente Acuerdo.
SEXTO: La administración de la Zona aprobada en el presente Acuerdo, queda res-ponsabilizada con planificar y ejecutar los recursos humanos, financieros y materialesnecesarios, con el fin de garantizar su conservación, manejo, protección y uso sostenible,de conformidad con las normas establecidas a tales efectos.
SÉPTIMO: Para la realización de actividades en la Zona, según su categoría de manejo,se cumplen las disposiciones establecidas en el Decreto-Ley 201 “Del Sistema Nacionalde Áreas Protegidas”, con el objetivo de proteger y mantener la diversidad biológica y losrecursos naturales e histórico-culturales asociados a cada una de estas, alcanzar su conser-vación y uso sostenible, en correspondencia con lo regulado en el Decreto-Ley 331 “Delas Zonas con Regulaciones Especiales”, así como otras disposiciones que al efecto seandictadas de conformidad con las prohibiciones y regulaciones generales aprobadas paracada área evaluada.
OCTAVO: Para el cumplimiento de lo previsto en el apartado Sexto, la entidadresponsabilizada con la administración de la Zona queda encargada de incorporar las regu-laciones y prohibiciones específicas en los planes operativos especiales y de manejo que alefecto elaboren, en correspondencia con el procedimiento establecido por el Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, para la presentación y aprobación de los Planesde Manejo, Planes Operativos de las Áreas Protegidas.
NOVENO: El acceso y uso público de la Zona aprobada se realiza cumpliendo losprocedimientos estipulados por los organismos de la Administración Central del Estado,rectores de las actividades que se ejecuten en esta área, y de acuerdo con las regulacionesestablecidas para esta actividad en el Plan de Manejo.
DÉCIMO: Las actividades de la defensa que se lleven a cabo en la Zona en tiempo depaz, se realizan de conformidad con la legislación establecida al efecto.
UNDÉCIMO: Durante la elaboración e implementación de esquemas y planes de de-sarrollo de ordenamiento territorial y urbanístico por el Sistema de Ordenamiento Terri-torial y Urbanismo, en los que interviene el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en todos los niveles, se exigirá la inclusión y cumplimiento de las regulacio-nes y manejos que se deriven de la Zona y su zona de amortiguamiento aprobada, asícomo someter a consulta cualquier intervención que resulte de los nuevos procesos dedesarrollo en estas áreas o sus colindantes para proteger su condición.
DUODÉCIMO: Durante la fase de elaboración del Plan de Manejo, el programa deuso público y la zonificación asociada son avalados por el Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, de conformidad con las regulaciones establecidas al respecto.
COMUNÍQUESE el presente Acuerdo a los miembros del Consejo de Ministros y acuantas personas naturales y jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, a los 24 días del mes de septiembre de 2021,“Año 63 de la Revolución”.
Manuel Marrero Cruz
ANEXO ÚNICO
DESCRIPCIÓN, ZONA DE AMORTIGUAMIENTO, COORDENADASGEOGRÁFICAS, REGULACIONES Y PROHIBICIONES, Y MAPADEL ÁREA NATURAL DECLARADA COMO ÁREA PROTEGIDAMEDIANTE EL PRESENTE ACUERDO
Paisaje Natural Protegido Laguna de Baconao, municipio y provincia de Santiagode Cuba.
El Paisaje Natural Protegido Laguna de Baconao comprende una superficie total de 929,1 hectáreas, de ellas, 473,64 terrestres y 455,46 de agua dulce.
Los límites de esta área se corresponden con la siguiente descripción, dada en coorde-nadas planas rectangulares de la proyección Cuba Sur:
Partiendo del punto que se forma a partir de la intercepción del camino interno de lalaguna en la parte oeste y el que bordea la misma en la parte norte en el lugar conocidocomo El Palmar 141.125,0 X y 641.250,0 Y, se sigue por el camino en dirección estebordeando toda la laguna hasta llegar a una intercepción del camino con la cota 20,140.800,0 X y 644.625,0 Y, a unos 300 metros del caserío Baconao, luego se sigueen dirección sur subiendo por todo el parte agua de la elevación que rodea la laguna ypor el borde oeste del autoconsumo hasta llegar a la carretera de Baconao en el frentede la instalación turística Cafetería la Jaiba Azul 139.450,0 X y 644.125,0 Y, luego sesigue por toda la carretera Baconao en dirección suroeste hasta llegar a la entrada dela instalación turística de la laguna y muy cerca del antiguo criadero de cocodrilos en 139.100,0 X y 644.250,0 Y, luego se sigue dirección oeste por detrás de la cochera dela empresa de gastronomía y se avanza unos 310 metros hasta un asomo rocoso que seencuentra detrás de las viviendas de la empresa forestal Gran Piedra Baconao a unos 230 metros de la carretera en 138.850,0 X y 644.125,0 Y, después se continúa portoda la cota 50 en dirección suroeste a una distancia promedio de 250 metros de la
carretera de Baconao continuando así hasta la intercepción con el camino que llegahasta la antigua instalación de la UNECA, aproximadamente 450 metros de camino,punto donde existe un estanque de agua grande en 138.400,0 X y 641.250,0 Y, luegose sigue por la cota 50 en esta misma dirección bordeando la elevación 187.4 hasta elnacimiento de una cañada que corre hacia la laguna en dirección noreste en 139.250,0 Xy 641.350,0 Y, luego se baja por toda la cañada en dirección noreste unos 700 metroshasta el punto que intercepta el camino por el borde sur de la laguna en 139.700,0 X y 641.650,0 Y, luego se continúa por todo el camino que bordea la laguna en direccióna la laguna de Cuatro Caminos área donde se encuentra una masa semillero de Guayacán dellado izquierdo hasta encontrar la cañada que corre desde Cuatro Caminos hacia la laguna en 140.100,0 X y 641.275,0 Y, se sigue por todo el camino que bordea la laguna en direcciónnorte hasta encontrarse con el camino que viene por todo el borde de la laguna en la partenorte en el lugar conocido como El Palmar en 141.125,0 X y 641.250,0 Y (punto de inicio).
A los efectos de controlar adecuadamente las acciones que puedan repercutir negativa-mente sobre esta área protegida se establece una zona de amortiguamiento que compren-de los 500 metros a partir del límite externo del área.
Regulaciones y prohibiciones dentro de los límites del Paisaje Natural Protegido Laguna de Baconao.
Actividades permitidas:
a) Recreación y turismo tales como senderos, recorridos en la laguna, así como insta-laciones de bajo impacto dirigidas a la actividad del área protegida;
b) manejo forestal, por instituciones autorizadas, para el tratamiento silvicultural delbosque y producción de acuerdo con la categoría del mismo;
c) investigación, monitoreo, educación e interpretación ambiental;
d) actividades de autoconsumo del personal del área en la zona de amortiguamiento ode acuerdo con la zonificación funcional del área;
e) el personal que labora en esta zona y las personas naturales que en la misma reali-cen actividades turísticas, además de los medios navales o embarcaciones a emplearen la laguna, estarán sometidas a los controles y limitaciones de acceso establecidospara esta área, los que se aplicarán a partir del Punto de Control ubicado en el Pues-to de Tropas Guardafronteras de Sigua; y
f) todas aquellas identificadas en la zonificación funcional del Plan de Manejo apro-bado.
Queda prohibido:
a) El uso del fuego dentro de los límites del área protegida;
b) verter desechos en los límites del área protegida;
c) extraer especies de la flora, fauna, ni muestras de otro tipo sin autorización oficial; y
d) todas aquellas identificadas en la zonificación funcional del Plan de Manejo apro-bado.
La administración del área protegida tiene la responsabilidad de atender aquellasactividades que se desarrollen en los límites del área protegida y su zona de amortigua-miento a fin de detectar cualquier afectación que pueda ser generada a dicha área.
Mapa de ubicación del Paisaje Natural Protegido Laguna de Baconao
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