Acuerdo 9202

Declaración de Zona con Regulaciones Especiales en el Valle del río Ariguanabo

Organismo
Consejo de Ministros
Fecha emisión
2021-10-13
Publicada en
Gaceta No. 125 Ordinaria de 2021 (2021-11-01)
Páginas
3–9
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El Acuerdo No. 9202 del Consejo de Ministros declara el Valle del río Ariguanabo como Zona con Regulaciones Especiales de Alta Significación Ambiental e Importancia Histórico-Cultural. Esta zona es un Área Protegida, integrante del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, con categoría de Paisaje Natural Protegido. El Ministerio de la Agricultura es el organismo encargado de su administración.

Texto íntegro

MANUEL MARRERO CRUZ, Primer Ministro.

HAGO SABER: Que el Consejo de Ministros ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: El Decreto-Ley 331 “De las Zonas con Regulaciones Especiales”,de 30 de junio de 2015, establece en su

Artículo 11 que la declaración, modificación yextinción de zonas con regulaciones especiales se aprueba por el Consejo de Ministros.

POR CUANTO: El Presidente del Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo, a instancia de la Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, y encumplimiento de lo establecido en el

Artículo 12, del mencionado Decreto-Ley 331, hapresentado al Consejo de Ministros la propuesta de declaración de Zona con Regulaciones Especiales, del tipo de Alta Significación Ambiental e Importancia Histórico-Cultural, enla categoría de Área Protegida, al “Valle del río Ariguanabo”, ubicado en la provincia de Artemisa.

POR TANTO: El Consejo de Ministros, en el ejercicio de las atribuciones que le estánconferidas en el

Artículo 137, incisos o) y w), de la Constitución de la República de Cuba,adoptó con fecha 13 de octubre de 2021 el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO: Declarar como Zona con Regulaciones Especiales del tipo de Alta Signifi-cación Ambiental e Importancia Histórico-Cultural, en la categoría de Área Protegida, al“Valle del río Ariguanabo”, ubicado en la provincia de Artemisa, en lo adelante la Zona.

SEGUNDO: El área protegida integra el Sistema Nacional de Áreas Protegidas y tieneasignada la categoría de Paisaje Natural Protegido.

TERCERO: La descripción del área, incluyendo la zona de amortiguamiento y suscoordenadas geográficas, así como las regulaciones y prohibiciones generales, se relacio-nan en el Anexo Único, que forma parte integrante del presente Acuerdo.

CUARTO: El Ministerio de la Agricultura es el organismo encargado de la administra-ción de la Zona que se declara por el presente Acuerdo.

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QUINTO: El Ministro de la Agricultura, dentro de los treinta días posteriores a lafecha de la entrada en vigor del presente Acuerdo. designa a la entidad que en representa-ción de ese Ministerio, se encarga de la administración de la Zona y notifica su decisiónal Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

SEXTO: La entidad encargada de la administración de la Zona, es responsable de pla-nificar y ejecutar los recursos humanos, financieros y materiales necesarios, con el fin degarantizar su conservación, manejo, protección y uso sostenible, de conformidad con lasnormas establecidas a tales efectos.

SÉPTIMO: Para la realización de actividades en la Zona, según su categoría de ma-nejo, se cumplen las disposiciones establecidas en el Decreto-Ley 201 “Del Sistema Na-cional de Áreas Protegidas”, de 23 de diciembre de 1999, con el objetivo de proteger ymantener la diversidad biológica y los recursos naturales e históricos culturales asocia-dos a esta, alcanzar su conservación y uso sostenible de acuerdo con lo estipulado en elmencionado Decreto-Ley 331 y en las normas que se dicten al efecto, de conformidad conlas regulaciones y prohibiciones generales aprobadas para esta área.

OCTAVO: Para el cumplimiento de lo previsto en el apartado anterior, la entidad res-ponsabilizada con la administración de la Zona, queda encargada de incorporar las re-gulaciones y prohibiciones generales, en el plan operativo especial y de manejo que alefecto elabore, y en correspondencia con el procedimiento establecido por el Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, para la presentación y aprobación de los Planesde Manejo, Planes Operativos de las Áreas Protegidas.

NOVENO: El acceso y el uso público de la Zona aprobada, se realizan cumpliendo losprocedimientos estipulados por los organismos de la Administración Central del Estado,rectores de las actividades que se ejecuten en esta área, y de acuerdo con las regulacionesestablecidas para esta actividad en el Plan de Manejo.

DÉCIMO: Las actividades de la Defensa que se lleven a cabo en esta Zona en tiempode paz, se realizan de conformidad con la legislación establecida al efecto.

UNDÉCIMO: Durante la elaboración e implementación de esquemas y planes de de-sarrollo de ordenamiento territorial y urbanístico por el Sistema de Ordenamiento Terri-torial y Urbanístico, en los que interviene el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en todos los niveles, se exigirá la inclusión y cumplimiento de las regulacio-nes y manejos que se deriven de esta área y su zona de amortiguamiento aprobadas, y sesomete a consulta cualquier intervención que resulte de los nuevos procesos de desarrolloen esta zona o sus colindantes para proteger su condición.

DUODÉCIMO: Durante la fase de elaboración del Plan de Manejo, el Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, avalúa los diversos programas de recreación, turismo,información, educación e interpretación ambiental contemplados dentro de los programasde uso público.

DÉCIMO TERCERO: El presente Acuerdo entra en vigor a partir de la fecha de supublicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

COMUNÍQUESE a los miembros del Consejo de Ministros, al Presidente del Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo, al Gobernador de Artemisa y a cuan-tas personas naturales y jurídicas corresponda.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 13 días del mes de octubre de 2021,“Año 63 de la Revolución”.

Manuel Marrero Cruz

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ANEXO ÚNICO

DESCRIPCIÓN, ZONA DE AMORTIGUAMIENTO, COORDENADASGEOGRÁFICAS, REGULACIONES, PROHIBICIONES GENERALESY MAPA DEL ÁREA PROTEGIDA PAISAJE NATURAL PROTEGIDO“VALLE DEL RÍO ARIGUANABO”

1. Área Protegida Paisaje Natural Protegido “Valle del Río Ariguanabo”

El Valle del río Ariguanabo comprende una superficie total de 218 hectáreas terrestres,de la provincia de Artemisa, los límites de esta área dada en coordenadas planas rectangu-lares de la proyección Cuba-Norte, se corresponden con la descripción siguiente:

Está ubicado en un suelo clasificado como urbanizable en el Asentamiento Urbano Campismo (Peña) Margen oeste Punto 1, partiendo del punto con coordenadas Sistema decoordenadas Lambert, Cuba-Norte 345.681 X y 341.135 Y, localizadas en la margenoeste del río, coincide con la compuerta sur del río (compuerta de Muñiz), la cual estácircundada por una pequeña franja del bosque de ribera, malezas y construcciones muydeterioradas del antiguo embarcadero situado en esta represa; punto 2, siguiendo por lamargen oeste y en dirección norte noroeste, a unos 390 metros, se encuentra el punto 2,con coordenadas: 345.539 X y 341.500 Y, donde se localiza un sitio ariguanabense patri-monial, el Centro recreativo La Quintica; punto 3, siguiendo por la margen oeste del río, a 260 metros al noreste del punto 2, se encuentra el punto 3, con coordenadas 345.733 X y 341.709 Y, en este punto y sus alrededores el bosque de ribera está sumamente deterio-rado y su ancho promedio desde el centro del cauce fluvial es de 30 metros, estandolimitado hacia el norte y hacia el este por terrenos estatales de la Administración Munici-pal, que han sido entregados para la construcción de viviendas en el reparto El Molino, asícomo pequeñas parcelas particulares de cultivos varios y una finca forestal, pertenecien-te a la Empresa Agroforestal Costa Sur; el punto 4, está ubicado en las coordenadas 345.957 X y 341.559 Y, situado a 270 metros al sureste del punto 3, los terrenos conlos que limita el bosque son fincas forestales de la Empresa Agroforestal Costa Sur enproceso de reforestación; punto 5 a 275 metros al noreste del punto 4, se localiza el punto 5,con coordenadas de 346.208 X y 341.668 Y, se aprecia una relativa mejoría de la superfi-cie cubierta por el bosque, sobre todo hacia el este, coincidiendo con un gran meandro delrío, en el borde externo existen parcelas en proceso de reforestación pertenecientes a la Empresa Agroforestal Costa Sur, punto 6; el punto 6 con coordenadas 346.176 X y 341.866 Y, se localiza a 270 metros al norte del punto anterior, los límites externos delbosque están ocupados por parcelas de la Empresa Agroforestal Costa Sur y se aprecianpequeñas parcelas de cultivos varios; el punto 7 se localiza a 350 metros al norte noroes-te del punto 6, en las coordenadas: 345.941 X y 342.268 Y, en los límites externos delbosque, se localizan parcelas de labranza, pertenecientes a la Empresa Agroforestal Costa Sur en las áreas aledañas al punto 6 y a la Cooperativa de Créditos y Servicios Fortalecida Jesús Menéndez, en las áreas cercanas al punto 7 se encuentra el bosque de ribera, en estepunto tiene un ancho promedio de 160 metros; el punto 8 se localiza a 830 metros al no-reste del punto 7, en las coordenadas 346.725 X y 342.540 Y, el bosque en esta zona estáconservado, aunque hacia el noroeste, en su límite externo existen áreas de labranza,pertenecientes a la Empresa Agroforestal Costa Sur y a la Cooperativa de Créditos y Ser-vicios Fortalecida Jesús Menéndez, representada por María del C. Piazzola; el punto 9 selocaliza a 510 metros al noreste del punto 8, en las coordenadas 346.956 X y 342.990 Y,

el borde exterior del bosque está limitado por parcelas parcialmente deforestadas, quepertenecen a la Empresa Agroforestal Costa Sur; el punto 10 se encuentra a 500 metros alnoroeste del punto 9, en las coordenadas 346.600 X y 343.339 Y, entre los puntos 9 y 10 los sectores agrícolas han avanzado hacia el este, provocan la deforestación del bosque,en la actualidad las parcelas más cercanas al borde del bosque pertenecen a la Empresa Agroforestal Costa Sur; el punto 11 se localiza a 550 metros al noreste del punto 10 y aunos 350 metros al este de la entrada al asentamiento rural Base de Campismo, en las coor-denadas 347.082 X y 343.601 Y. Las parcelas aledañas al punto 11 y hasta el punto 12,pertenecen la Administración Municipal y están parcialmente deforestadas, en los límitesdel bosque actual; el punto 12 se ubica a 360 metros al noreste del punto 11, en las coor-denadas 346.985 X y 343.937 Y; entrada a la estación de bombeo, en este punto el bosquese encuentra deteriorado y hacia el oeste está limitado por parcelas pertenecientes a la Empresa Agroforestal Costa Sur, el punto 13 está ubicado a 330 metros al norte delpunto 12 y a 30 metros al sur de la cueva de los negros (sitio arqueológico), en las coorde-nadas 346.815 X y 344.231 Y. El bosque colinda hacia el oeste con parcelas de la Empresa Agroforestal Costa Sur; el punto 14 se localiza a 315 metros al norte del punto 13 en lascoordenadas 346.846 X y 344.544 Y, en esta área el bosque está limitado hacia el oeste porparcelas de cultivos varios, entregadas a Lázaro Ortega Gutiérrez y a Bruno O. Valdés Ca-pote por aplicación de la Resolución 259; el punto 15 está ubicado a 1 165 metros al oestedel punto 14 anterior, en las coordenadas 345.692 X y 344.483 Y; del punto 14 al punto 15 se extiende una franja de bosque, hacia el oeste, que tiene un ancho promediode 120 metros por el sur, este bosque hasta el punto 15 colinda con las parcelas entre-gadas a Javier A. Baldriche y Heriberto Robaina Torres, al amparo de la Resolución 259 con el fin de dedicarlas a cultivos varios, por el norte el bosque se extiende siguiendo lacresta de la loma de Lombillo hasta el punto 16, que sirve de límite a la parte sur de laantigua laguna Ariguanabo y que está cubierta por pastos y malezas, al margen este, elpunto 16 se encuentra situado a 1 160 metros al este del punto 15, se inicia el margen orien-tal del río y su bosque de ribera, a unos 80 metros al norte de la compuerta inactiva, queseparaba al río de la antigua laguna Ariguanabo, tiene las coordenadas de 346.799 X y 344.822 Y, en este punto y hacia el sureste el bosque colinda con una extensa parcelaperteneciente al Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, que se caracteriza porun alto grado de deforestación, con antiguas canteras pequeñas y obras de la Defensa, aunos 850 metros del punto 16 se encuentra el asentamiento poblacional Juan Manuel Márquez desde donde se puede acceder al punto 16; el punto 17 se encuentra ubicado a 390 metros al sureste del punto 16, en las coordenadas 347.143 X y 344.651 Y, este puntoal igual que el anterior colinda, hacia el este, con los terrenos del Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, presentando hacia el este del río un alto grado de deforesta-ción; el punto 18 se localiza a unos 370 metros hacia el este del punto 17 y a unos 260 metros al suroeste del asentamiento poblacional Juan Manuel Márquez en las coordena-das 347.520 X y 344.627 Y, en este punto se aprecia una fuerte deforestación hacia elnorte, este y sur; el punto 19 se localiza a 550 metros al suroeste del punto 18, en las coor-denadas 347.487 X y 344.085 Y, este punto al igual que el anterior colinda, hacia el este, conlos terrenos del Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, presentando un altogrado de deforestación, al noroeste de dicho punto existen cayos de bosques remanentes dela deforestación; el punto 20 se ubica a 285 m al suroeste del punto anterior, en las coordenadas: 347.361 X y 343.826 Y, de este punto al punto 21 el bosque colinda hacia el este,con áreas deforestadas, que se ubican en una parcela perteneciente al Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias; el punto 21 se localiza 725 metros, al sureste delpunto 20, en las coordenadas 348.031 X y 343.552 Y, entre este punto y el punto 22, lasáreas de bosque, pertenecientes a la Empresa Agroforestal Costa Sur, colindan con par-celas particulares dedicadas a cultivos varios y de frutales; el punto 22 se localiza a 620 metros al suroeste del punto 21 y a 365 metros al oeste de la autopista San Antonio delos Baños-Novia del Mediodía, en las coordenadas 347.972 X y 342.936 Y, colinda a susalrededores con parcelas de cultivos varios, el punto 23 se localiza a 250 metros al suroestedel punto 22 y coincide con la entrada al antiguo Centro recreativo Ojo de Agua, pertene-ciente a la Empresa Municipal de Comercio y Gastronomía, en las coordenadas 347.809 X y 342.749 Y, colinda a sus alrededores con parcelas de cultivos varios y asen-tamientos poblacionales dispersos; el punto 24 se localiza a 280 metros al noroeste delpunto 23, en las coordenadas 347.569 X y 342.892 Y, en las áreas de bosque pertenecien-tes a la Empresa Agroforestal Costa Sur, hacia el este y sureste, el bosque colinda con unaserie de parcelas, perteneciente a una Unidad Básica de Producción Cooperativa Victoriade Girón, la cual se dedica al cultivo de frutales y cultivos varios; el punto 25 se locali-za a 480 metros al suroeste del punto 24, en las coordenadas 347.320 X y 342.470 Y, enlas áreas de bosque pertenecientes a la Empresa Agroforestal Costa Sur. El bosque colin-da con una serie de parcelas dedicadas a los cultivos varios y de frutales y colindan, haciael sureste, con una serie de parcelas de cultivos varios, pertenecientes a la Unidad Básicade Producción Cooperativa Victoria de Girón; el punto 26 se encuentra ubicado a 1 041 metros al suroeste del punto anterior en las coordenadas 346.350 X y 342.085 Y, las áreasde bosque pertenecientes a la Empresa Agroforestal Costa Sur, tienen poco desarrollo ycolindan con parcelas de la Unidad Básica de Producción Cooperativa Victoria de Girón,hacia el este se encuentra ubicado el asentamiento poblacional Finca San José; el punto 27 se localiza a 650 metros al sureste del punto 27 y a 125 al noroeste de la laguna de oxidacióndel Hotel las Yagrumas de la Cadena Isla Azul, en las coordenadas: 346.899 X y 341.735 Y,estos terrenos son compartidos entre la Empresa Agroforestal Costa Sur y el Hotel las Yagrumas; el punto 28 se localiza a 340 metros al suroeste del punto anterior, en las coor-denadas 346.623 X y 341.534 Y, el punto 24 coincide con el embarcadero del Hotel Las Yagrumas de la Cadena Isla Azul, el bosque en toda esta área tiene un ancho poco signi-ficativo y son de gran urgencia las actividades de reforestación, con el fin de proteger losrelictos de bosque existentes; el punto 29 se localiza a 370 metros al oeste del punto 29,en las coordenadas 346.279 X y 341.441 Y, este punto limita al este, sur y oeste con par-celas de cultivos varios y más al sur con el área periurbana de San Antonio de los Baños,en este punto el bosque presenta un ancho promedio de 50 metros y se hace necesaria lareforestación; el punto 30 se ubica a 360 metros al suroeste del punto 30, en las coorde-nadas 345.991 X y 341.226 Y, en este tramo del derrotero, circunda el área periurbana,existen pequeñas parcelas que pertenecen a particulares, que viven en esta área, las áreasde bosque del margen oriental, en esta zona, son poco significativas, en comparación conel desarrollo, que presenta el bosque en la margen occidental; el punto 31 se ubica aunos 275 metros al suroeste del punto 31, con coordenadas: 345.695 X y 341.147 Y,bordeando las áreas de bosque algo deterioradas hasta arribar a la cortina de la represade Muñiz, que fue nuestro punto de partida en 345 681 X y 341 135 Y.

A los efectos de controlar adecuadamente las acciones que puedan repercutir ne-gativamente sobre esta área protegida se establece una zona de amortiguamiento quecomprende los 500 metros a partir del límite externo del área.

2. Regulaciones y prohibiciones generales dentro de los límites del Área Protegida Paisaje Natural Protegido “Valle del Río Ariguanabo”

Actividades permitidas:

a) Desarrollar actividades de manejo dirigidas a la recuperación de especies, poblacio-nes, comunidades, hábitats o de las condiciones naturales, así como llevar a caboprocesos ecológicos imprescindibles para el mantenimiento de las mismas o susciclos vitales;

b) ejecución de actividades de protección de valores importantes del paisaje, la biodi-versidad e histórico-culturales asociados;

c) realización de actividades de investigación, monitoreo, educación e interpretaciónambiental;

d) desarrollar actividades de autoconsumo y producción sostenible de acuerdo a lazonificación funcional del área;

e) desarrollo de actividades de recreación y turismo recreativo, acordes con la zonifi-cación funcional del área y la legislación ambiental vigente;

f) realización de manejo forestal, por instituciones autorizadas, para el tratamientosilvicultural del bosque y producción de acuerdo con la categoría de este;

g) desarrollar otros tipos de actividades con control y aprobación de las autoridadesvigentes; y

h) todas aquellas identificadas en la zonificación funcional del Plan de manejo apro-bado.

Queda prohibido:

a) El uso del fuego dentro del límite del área protegida;

b) arrojar basura en ningún punto de la ribera del río;

c) extraer especies de la flora y la fauna, formaciones rocosas, ni muestras de otro tipo,sin la autorización de la Oficina de Regulación y Seguridad Ambiental; y

d) todas aquellas identificadas en la zonificación funcional del Plan de manejo aprobado.

La administración de la Zona tiene la responsabilidad de atender aquellas actividadesque se desarrollen en los límites del área protegida y su zona de amortiguamiento, con elfin de detectar cualquier afectación que pueda ser generada en esta área.

Mapa de ubicación del Valle del río Ariguanabo

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