Acuerdo 9401

Sobre el precio de acopio del café cereza arábico y robusta cereza

Organismo
Consejo de Ministros
Fecha emisión
2022-08-24
Publicada en
Gaceta No. 51 Extraordinaria de 2022 (2022-08-31)
Páginas
4–5
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El Acuerdo No. 9401 del Consejo de Ministros regula los precios de acopio del café cereza arábico y robusta cereza. Establece nuevos precios para ambos productos con destino a la industria y la exportación. Fue emitido por el Consejo de Ministros.

Texto íntegro

GOC-2022-859-EX51 MANUEL MARRERO CRUZ, Primer Ministro.

HAGO SABER: Que el Consejo de Ministros ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: El Decreto 24 “Facultades para la aprobación de precios y tarifas”, de 25 de noviembre de 2020, en su

Artículo 1, aprueba la nomenclatura de los productos yservicios cuyos precios y tarifas en pesos cubanos se fijan y modifican por el Consejo de Ministros, los que se relacionan en su Anexo Único; asimismo establece en la Disposición Especial Primera que este órgano queda encargado de aprobar, por primera vez, los precios y tarifas de los productos o servicios que no sean de su nomenclatura, en los que se decida eliminar gratuidades o subsidios indebidos del Presupuesto del Estado.

POR CUANTO: El Acuerdo 8958 del Consejo de Ministros, de 25 de noviembre de 2020, establece los precios máximos de acopio del café cereza arábico y del café robusta cereza, de compra a los productores con destino a la exportación y la industria.

POR CUANTO: Resulta necesario actualizar el precio de acopio del café cereza arábico, con el objetivo de incrementar las diferencias con el similar de acopio del robusta, así comoratificar el precio de este último, y en consecuencia modificar el referido Acuerdo 8958.

POR TANTO: El Consejo de Ministros, en el ejercicio de las atribuciones que le otorga el

Artículo 137, inciso o) de la Constitución de la República, adoptó el 24 de agosto de 2022 el siguiente:ACUERDOPRIMERO: Establecer el precio de acopio del café cereza arábico en veinticuatro mil ciento sesenta y nueve pesos cubanos por tonelada (24 169.00 CUP/Ton), con destino a la industria y la exportación.SEGUNDO: Ratificar el precio de acopio del café robusta cereza en veintiún mil veintiocho pesos cubanos por tonelada (21 028,00 CUP/Ton).

1045 GACETA OFICIAL31 de agosto de 2022

DISPOSICIONES FINALESPRIMERA: Dejar sin efecto en el Acuerdo 8958 del Consejo de Ministros, de 25 de noviembre de 2020, lo referido a los precios de acopio del café cereza arábico y del café robusta cereza.

SEGUNDA: El presente Acuerdo se aplica a las operaciones correspondientes a partir del 20 de agosto de 2022. COMUNÍQUESE el presente Acuerdo a los miembros del Consejo de Ministros.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 24 días del mes de agosto de 2022, “Año 64 de la Revolución”.Manuel Marrero CruzMINISTERIO ______FINANZAS Y PRECIOS