Acuerdo 9584
El Acuerdo No. 9584 del Consejo de Ministros declara zona con regulaciones especiales a los Cayos del Norte de Camagüey. Esta zona, de tipo económico y categoría de territorio de preferente uso turístico, abarca los cayos Mégano Grande, Cruz, Romano, Guajaba y Sabinal, junto con una franja marítima y área marina circundante. El objetivo es desarrollar el turismo de manera sostenible y armónica.
- La zona se localiza en los municipios de Esmeralda y Nuevitas, provincia de Camagüey.
- El desarrollo turístico debe ser sostenible, armónico y planificado, con enfoque en sol, playa y náutica.
- Se deben implementar medidas de adaptación y mitigación al cambio climático.
- Las actividades deben promover el respeto por los atributos ecológicos y ambientales.
- Se prohíbe la extracción de organismos vivos y actividades que deterioren la biodiversidad.
Texto íntegro
MANUEL MARRERO CRUZ, Primer Ministro.
HAGO SABER: Que el Consejo de Ministros ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: El Decreto-Ley 331 “De las Zonas con Regulaciones Especiales”,de 30 de junio de 2015, establece en su
Artículo 11 que la declaración, modificación oextinción de zonas con regulaciones especiales se aprueba por el Consejo de Ministros.
POR CUANTO: El Presidente del Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo, en cumplimiento de lo establecido en el
Artículo 12 del referido Decreto-Ley,ha presentado a la aprobación del Consejo de Ministros la propuesta para declarar comozona con regulaciones especiales, del tipo de desarrollo económico, en la categoría deterritorio de preferente uso turístico, a la zona denominada Cayos del Norte de Camagüey,
así como disponer las regulaciones y prohibiciones que deben cumplir las personas natu-rales y jurídicas para realizar determinadas actividades en esta.
POR TANTO: El Consejo de Ministros, en el ejercicio de las atribuciones que le estánconferidas por el
Artículo 137, incisos o) y w), de la Constitución de la República de Cuba, adoptó, el 2 de mayo de 2020, el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO: Declarar como zona con regulaciones especiales, del tipo de desarrolloeconómico, en la categoría de territorio de preferente uso turístico, a la denominada Ca-yos del Norte de Camagüey, en lo adelante la Zona, que incluye los cayos Mégano Gran-de, Cruz, Romano, del área perteneciente a la provincia de Camagüey; Guajaba y Sabinal,así como una franja marítima al norte de cada cayo y el área marina ubicada entre ellos.
SEGUNDO: La Zona se localiza en los municipios de Esmeralda y de Nuevitas, y secorresponde con el derrotero, listado de coordenadas y planos de ubicación general quese describen en los anexos 1, 2 y 3, que forman parte integrante del presente Acuerdo.
TERCERO: La Zona tiene como objetivos desarrollar la actividad turística vinculadaa la vocación de sol, playa y náutica con un enfoque sostenible, armónico y planificado,orientado a propiciar el encadenamiento productivo y el desarrollo de los municipiosdonde se enclava, elevando la calidad de vida de su población.
CUARTO: La Zona tiene las regulaciones siguientes:
1. El ordenamiento territorial, así como el diseño y construcción de instalaciones yotras soluciones constructivas, tienen en cuenta los resultados de los estudios de Peligro, Vulnerabilidad y Riesgo, así como el posible paso de ciclones tropicalespor el territorio y sus posibles consecuencias.
2. La implementación de medidas de adaptación y mitigación al cambio climático de-rivadas de las políticas sectoriales en los programas, planes y proyectos vinculadosal turismo, la construcción y otros sectores con incidencia en la Zona.
3. El desarrollo de actividades que promuevan el respeto por los atributos ecológicos,ambientales, geomorfológicos, geológicos, culturales y estéticos de esta.
4. Incorporar la dimensión ambiental en los proyectos y actividades que se desarro-llen en la Zona y prever que el total de las inversiones incluyan, en su ejecución,las condicionales descritas que garanticen la preservación ambiental y contengandesde su concepción las obras, acciones y medidas inducidas para dar solución a losproblemas ambientales existentes.
5. Implementar, por las entidades turísticas que utilizan el recurso playa, en coordina-ción con las autoridades y entidades competentes, un programa de monitoreo de lacalidad del agua de baño que permita establecer medidas para proteger la salud delos bañistas.
6. Presentar a las instancias correspondientes, por el gobierno provincial, las normas yregulaciones específicas que constituyan incentivos económicos para el desarrollolocal, de acuerdo con la vocación fundamental del territorio, previa aprobación delos gobiernos municipales, y conciliadas con el Ministerio del Turismo y las entida-des turísticas explotadoras, así como con otros organismos implicados.
7. Garantizar por el gobierno provincial, el Consejo de la Administración Municipal,así como por la entidad turística explotadora, las acciones que permitan el cuidado yconservación de las especies florísticas y faunísticas existentes, la duna litoral, pla-yas arenosas en general, arrecifes coralinos y el patrimonio geológico de la Zona.
8. Construir instalaciones para alojamiento de trabajadores vinculados a la actividadturística y de apoyo, así como al desarrollo constructivo, y otras vinculadas a losservicios de seguridad interior y otros que sean básicos.
9. Construir viviendas para asegurar la fuerza de trabajo ubicada fuera de los límitesde la Zona.
10. Permitir el acceso al Cayo solo para las actividades turísticas con previa reservacióno autorización del gobierno del territorio, así como a los trabajadores de la Zona yal personal autorizado por la autoridad competente.
11. Autorizar que las actividades de buceo, náuticas y servicios de guías solo se realicenpor las entidades especializadas, las que garantizan el cumplimiento de las normasinternacionales y con las autorizaciones correspondientes.
12. Adoptar, por las empresas de turismo náutico especializado, las medidas para laprevención y enfrentamiento de conductas violatorias en sus instalaciones, en coor-dinación con la Aduana General de la República y Capitanía del Puerto de la Direc-ción de Tropas Guardafronteras.
13. Garantizar el uso racional de los recursos hídricos y la introducción de tecnologíasque contribuyan al ahorro de agua.
14. Contemplar en los sistemas de tratamiento de residuales líquidos el tratamiento ter-ciario que permita el reúso del agua residual tratada para el riego de las áreas verdesde los hoteles, así como otras actividades que lo permitan.
15. Garantizar, por los operadores, la gestión sostenible del manejo de los desechos só-lidos, aplicar prácticas de economía circular, la introducción y uso de las herramien-tas del consumo y producción sostenible referida al diseño para la sostenibilidad,responsabilidad extendida a los productores, compras sostenibles, reúso y reciclaje,y la eficiencia en el uso de recursos.
16. Potenciar el uso de energías alternativas y sistemas de ahorro energético con respetoal medio ambiente, tanto en los espacios públicos como institucionales; y
17. Conciliar con el Ministerio de Energía y Minas, mediante la Unión Cubapetróleo,CUPET, y el administrador de la Zona, cualquier acción constructiva o actividadque se desarrolle en los cayos Romano y Guajaba, próxima a los pozos de explora-ción petrolera existentes.
QUINTO: La Zona está sometida a las prohibiciones siguientes:
1. Extraer organismos vivos, así como cualquier actividad que deteriore o provoqueimpacto en la conservación de la biodiversidad o los ecosistemas, o que cause dis-turbios en el ciclo de vida de las especies migratorias y las de alta significación, enparticular durante el período de reproducción.
2. Realizar cualquier actividad de pesca, excepto la recreativa con fines turísticos enla modalidad de captura y suelta, la deportiva en eventos oficiales y la comercialestatal de langosta, cobo y escama, previa conciliación entre la empresa pesquera yel operador turístico.
3. Extraer muestras geológicas y restos fósiles que alteren o deterioren la geodiversi-dad y biodiversidad, así como las excavaciones arqueológicas u otras que no esténdebidamente autorizadas.
4. Recolectar material arqueológico que pueda encontrarse en la superficie; de serhallado, se informa de inmediato a los organismos especializados competentes.
5. Realizar actividades que sean incompatibles con el desarrollo de los serviciosturísticos, en particular las industriales, las que afecten la imagen del polo, así comolas que puedan generar algún tipo de contaminación.
6. Construir nuevas instalaciones turísticas o de otro sector de la economía que no cuen-te con sistemas de tratamiento de residuales líquidos conformes a las regulaciones ynormas técnicas vigentes o que no cumplan con el procedimiento establecido en el Decreto 327 “Reglamento del Proceso Inversionista”, del año 2014, y con las regula-ciones sectoriales asociadas a la implementación de este proceso.
7. Realizar el achique de embarcaciones, vertimiento de desechos líquidos y sólidos,así como desechos peligrosos, en áreas aledañas a la costa y próximas a los arrecifesde barreras coralinas.
8. Efectuar el fondeo con anclas de las embarcaciones u otros similares en la marina,aguas aledañas al Cayo y arrecifes de barreras coralinas.
SEXTO: El Ministro de Turismo, a partir de las reuniones de reordenamiento y de sussistemas de trabajo, es el encargado de chequear el desarrollo del Turismo en esta Zona.
COMUNÍQUESE a los miembros del Consejo de Ministros, y a cuantas personas na-turales y jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, a los 2 días del mes de mayo de 2023, “Año 65 de la Revolución”.
Manuel Marrero Cruz
ANEXO I
DESCRIPCIÓN DEL DERROTERO DE LA ZONACAYOS DEL NORTE DE CAMAGÜEY
La cayería Norte de la provincia de Camagüey se encuentra ubicada al noroeste deesa provincia, a la cual se puede acceder por vía marítima y terrestre. Su perímetro estádefinido según el derrotero siguiente:
Parte del punto más al noroeste, vértice 1 (x: 815 610.72; y: 286 185.38), que se en-cuentra ubicado a una distancia aproximada de 2 000.00 metros de la punta oeste del Mégano, en cayo Mégano Grande; toma rumbo sureste, separándose una milla aproxi-madamente al este de cayo Mégano Grande, a una distancia de 13 015.95 metros hastael vértice 2 (x: 826 759.79; y: 279 468.75); sigue rumbo sureste, manteniendo una milladel borde costero de cayo Cruz, a una distancia de 8 324.13 metros hasta el vértice 3(x: 830 328.74; y: 271 948.53); mantiene igual rumbo, a una distancia de 9 591.37 metroshasta el vértice 4 (x: 837 331.86; y: 265 394.85); toma rumbo suroeste, a una distanciade 7 418.28 metros hasta el vértice 5 (x: 836 918.41; y: 257 988.10); toma rumbo sureste, auna distancia de 13 245.34 metros hasta el vértice 6 (x: 848 691.17; y: 251 918.40), ubicadoaproximadamente a una milla de cayo Romano; mantiene rumbo sureste, a una distanciade 11 713.58 metros hasta encontrarse con el vértice 7 (x: 852 356.98; y: 240 793.33); con elmismo el rumbo, manteniendo una distancia aproximada de una milla al este de cayo Gua-jaba, a una distancia de 33 005.58 metros hasta el vértice 8 (x: 878 673.31; y: 220 873. 01);sigue rumbo sureste, manteniendo una distancia mínima de una milla de cayo Sabinal, a una
distancia de 23 671.83 metros hasta el vértice 9 (x: 900 059.38; y: 210 724.53); mantiene rumbosureste, a una distancia de 5 704.61 metros hasta el vértice 10 (x: 903 745.19; y: 206 370.52);toma rumbo suroeste, hasta el límite sureste de cayo Sabinal, a una distancia de 3 227.74 metros hasta el vértice 11 (x: 902 430.09; y: 203 422.84), coincidiendo con el límite su-reste de cayo Sabinal; bordea cayo Sabinal, manteniendo el mismo rumbo a una distanciade 8 398.62 metros hasta el vértice 12(x: 898 520.63; y: 195 989.61);mantiene rumbo suroeste,hasta el límite suroeste de cayo Sabinal, a una distancia de 1 695.15 metros hasta el vértice 13(x: 897 616.63; y: 194 555.62); mantiene rumbo suroeste, a una distancia de 11 298.11 me-tros hasta el vértice 14 (x: 888 178.13; y: 200 765.45); sube rumbo noroeste, a una distan-cia de 4 306.44 metros hasta el vértice 15 (x: 883 888.12; y: 201 141.26); manteniendo unadistancia de una milla aproximadamente de la costa oeste de cayo Sabinal, rumbo noroeste,a una distancia de 9 071.50 metros se ubica el vértice 16 (x: 876 159.89; y: 205 891.69);mantiene rumbo noroeste, a una distancia de 8 432.85 metros hasta el vértice 17(x: 870 272.91; y: 211 929.60); mantiene el mismo rumbo, continuando por el oeste de cayo Sabinal, a una distancia de 7 723.43 metros hasta el vértice 18 (x: 863 603.78; y: 215 825.00);por el mismo rumbo, a una distancia de 5 803.01 metros hasta el vértice 19(x: 858 929.01; y: 219 263.24); continúa rumbo noroeste, al oeste de cayo Guajaba, a unadistancia de 5 007.58 metros hasta el vértice 20 (x: 856 213.19; y: 223 470.40); continúa rumbonoroeste, a una distancia de 5 572.94 metros hasta el vértice 21 (x: 852 842.52; y: 227 908.45);en el mismo rumbo, a una distancia de 6 545.98 metros hasta el vértice 22(x: 846 484.79; y: 229 467.03); manteniendo el rumbo, a una distancia de 8 929.46 metros hasta el vértice 23 (x: 838 725.06; y: 233 885.38); continúa rumbo noroeste,al oeste de cayo Romano, hasta una distancia de 6 227.01 metros hasta el vértice 24(x: 834 037.85; y: 237 984.85); al oeste de cayo Romano, mantiene el rumbo, a una dis-tancia de 3 808.55 metros hasta el vértice 25 (x: 830 232.75; y: 238 146.98); continúa rumbonoroeste, a una distancia de 6 630.47 metros hasta el vértice 26 (x: 824 446.71; y: 241 385.02);continúa con el mismo rumbo, hasta una distancia de 5 995.85 metros, hasta el vértice 27(x: 819 313.04; y: 244 482.71); sin variar el rumbo, a una distancia de 5 605.17 metros seubica el vértice 28 (x: 814 817.71; y: 247 830.84); sigue rumbo noroeste, a una distanciade 8 851.18 metros hasta el vértice 29 (x: 811 136.44; y: 255 880.17); continúa rumbo no-roeste, a una distancia de 5 061.90 metros hasta el vértice 30 (x: 807 068.85; y: 258 893.07);con el mismo rumbo, a una distancia de 9 887.98 metros hasta el vértice 31(x: 798 265.49; y: 263 395.63); toma rumbo norte, a una distancia de 13 847.18 metros hastael vértice 32 (x: 797 601.89; y: 277 226.90); toma rumbo noreste, a una distancia de 13 307.81 metros hasta el vértice 33 (x: 808 182.78; y: 285 297.99); sigue rumbo noreste, a una distanciade 7 480.74 metros hasta el vértice 1 (x: 815 610.72; y: 286 185.38), punto de partida.
Esta parcela ocupa una superficie de 236.00 hectáreas.
ANEXO II
DELIMITACIÓN DE LA ZONA CAYOS DEL NORTE DE CAMAGÜEY
COORDENADAS DE LOS VÉRTICES DEL POLÍGONO
ANEXO III
MAPA DE LAZONA CAYOS DEL NORTE DE CAMAGÜEY
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