Acuerdo 9610

Sobre financiamiento de materiales de construcción para damnificados

Organismo
Consejo de Ministros
Fecha emisión
2023-06-26
Publicada en
Gaceta No. 50 Extraordinaria de 2023 (2023-07-03)
Páginas
3–4
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Resumen generado por IA

El Acuerdo No. 9610 del Consejo de Ministros regula el financiamiento de materiales de construcción para damnificados por eventos meteorológicos en Pinar del Río. El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros emite esta norma para otorgar protección económica a familias afectadas.

Texto íntegro

GOC-2023-573-EX50 MANUEL MARRERO CRUZ, Primer Ministro.

HAGO SABER: Que el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: Por el Acuerdo 9411 del Consejo de Ministros, de 28 de septiembre de 2022, se decidió que el Presupuesto del Estado financiara el cincuenta por ciento de los precios de los materiales de la construcción, que se les vendan a los damnificados por el huracán Ian.

POR CUANTO: Existen familias con afectaciones en sus viviendas como consecuencia de los daños provocados por los eventos meteorológicos de los años 2002 y 2008 en la provincia de Pinar del Río, que requieren protección económica para la adquisición de materiales de la construcción con el fin de su reparación, resulta necesario otorgarles similar beneficio al establecido en el referido Acuerdo.

POR TANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en el ejercicio de las atribuciones otorgadas por el

Artículo 135, en relación con el 137, incisos o) y w), de la Constitución de la República de Cuba, adoptó con fecha 26 de junio de 2023, el siguiente:ACUERDOPRIMERO: Aprobar que el Presupuesto del Estado financie el cincuenta por ciento de los precios de venta de los materiales de la construcción que se vendan a partir de la etapa de recuperación del huracán Ian, a las personas que así lo requieran, con afectación en sus viviendas a causa de los eventos meteorológicos que datan de los años 2002 y 2008, en la provincia de Pinar del Río.

SEGUNDO: Las personas cuyos ingresos no les resulten suficientes para adquirir los materiales mencionados en el apartado anterior, pueden acceder a créditos bancarios, solicitar subsidios o financiamiento a cargo de la Asistencia Social, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.

348 GACETA OFICIAL 3 d e julio d e 2023

TERCERO: Responsabilizar al ministro de Finanzas y Precios y a la ministra del Comercio Interior, así como al gobernador provincial de Pinar del Río, con establecer los procedimientos, mecanismos de información y de control que se requieran para el cumplimiento de lo que por el presente se dispone.

CUARTO: El presente Acuerdo entra en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 26 días del mes de junio de 2023, “Año 65 de la Revolución”.Manuel Marrero Cruz