Acuerdo 9823
El Acuerdo No. 9823 del Consejo de Ministros otorga la categoría de Empresa de Alta Tecnología al Centro Nacional de Investigaciones Científicas. Esta norma es emitida por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en virtud de las atribuciones conferidas por la Constitución de la República de Cuba.
- Se otorga la categoría de Empresa de Alta Tecnología al Centro Nacional de Investigaciones Científicas (CNIC).
- La categoría tiene una vigencia de tres años, según el Artículo 1 del Acuerdo.
- La renovación de la categoría es posible si el centro mantiene los requisitos e indicadores establecidos, según el Artículo 2 del Acuerdo.
- El Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente será responsable del control y evaluación permanente del CNIC, según el Artículo 3 del Acuerdo.
- El otorgamiento se basa en la evaluación de requisitos e indicadores establecidos en el Decreto número 2 de 2020 y su Reglamento.
Texto íntegro
GOC-2024-141-O21 MANUEL MARRERO CRUZ, Primer Ministro,
HAGO SABER: Que el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: El Decreto número 2 “De las Empresas de Alta Tecnología”, de 10 deenero de 2020, establece la definición de la categoría de empresas de Alta Tecnología, suorganización y funcionamiento.
POR CUANTO: La Resolución 50 “Reglamento para el otorgamiento de la categoría de Empresa de Alta Tecnología”, del ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, de 29 de enero de 2020, dispone que dicho organismo es el encargado de conducir el proceso de otorgamiento y renovación de esta categoría hasta su culminación, a través de la Comisión creada al efecto para el análisis de las propuestas.
POR CUANTO: El titular del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente ha presentado al Consejo de Ministros el dictamen de la citada Comisión sobre la propuesta de otorgamiento de la Categoría de Empresa de Alta Tecnología al Centro Nacional de Investigaciones Cinetíficas, CNIC, en correspondencia con la evaluación de los requisitose indicadores establecidos en el
Artículo 5, y de acuerdo con el procedimiento regulado en el
Artículo 9 del referido Decreto número 2.
POR TANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en el ejercicio de las atribuciones que le otorgan los artículos 135 y 137, incisos o) y w) de la Constitución de la República de Cuba, adoptó, el 19 de febrero de 2024, el siguiente:ACUERDOPRIMERO: Otorgar la categoría de Empresa de Alta Tecnología al Centro Nacional de Investigaciones Científicas, CNIC.SEGUNDO: La categoría otorgada tiene una vigencia de tres años, al término de los cuales se podrá renovar a partir de que el centro evidencie que mantiene los requisitos e indicadores por los cuales se le otorgó.
TERCERO: El Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente mantiene el control y evaluación permanente a la empresa categorizada. COMUNÍQUESE el presente Acuerdo a los miembros del Consejo de Ministros y a cuantas personas naturales y jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, a los 19 días del mes de febrero de 2024, “Año 66 de la Revolución”.Manuel Marrero Cruz