Acuerdo 9907
El Acuerdo No. 9907 del Consejo de Ministros prorroga la concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa Geominera del Centro en el área denominada Oro Menas Oxidadas San Fernando, en Villa Clara. La prórroga tiene como objetivo concluir los trabajos autorizados. El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros emite esta disposición en virtud de las atribuciones conferidas por la Constitución de la República de Cuba.
- Se prorroga hasta el 10 de junio de 2025 la concesión de investigación geológica otorgada a la Empresa Geominera del Centro.
- El concesionario debe cumplir con las medidas impuestas en la Licencia Ambiental 9/2021.
- El concesionario debe cumplir con lo establecido en la Resolución 93 del ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
- El concesionario debe implementar medidas para la protección física de personas, recursos y medios técnicos.
- El concesionario debe informar a la Región Militar de Villa Clara sobre el cronograma de ejecución de los trabajos.
Texto íntegro
GOC-2024-368-O58 MANUEL MARRERO CRUZ, Primer Ministro.
HAGO SABER: Que el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: La Ley 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, y su Reglamento, emitido por el Decreto 222, de 16 de septiembre de 1997, establecen el procedimiento para otorgar las prórrogas de las concesiones mineras que se otorgan al amparo de estas disposiciones jurídicas.
POR CUANTO: Mediante el Acuerdo 9108 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 10 de junio de 2021, se le otorgó a la Empresa Geominera del Centro una
concesión de investigación geológica, en la fase de exploración, por tres años, en el área denominada Oro Menas Oxidadas San Fernando, ubicada en el municipio de Manicaragua, provincia de Villa Clara, con el objetivo de estimar los recursos existentes de los minerales oro y plata en las menas oxidadas.
POR CUANTO: El ministro de Energía y Minas, a instancia de la Empresa Geomineradel Centro, y por conducto de la Oficina Nacional de Recursos Minerales, ha solicitadoprorrogar por un año el período de vigencia de la concesión de investigación geológica con el propósito de concluir los trabajos autorizados.
POR TANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 135 y 137, incisos o) y w), de la Constitución de la República de Cuba, adoptó el 14 de junio de 2024 el siguiente:ACUERDOPRIMERO: Prorrogar, hasta el 10 de junio de 2025, la concesión de investigación geológica otorgada mediante el Acuerdo 9108 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 10 de junio de 2021, a la Empresa Geominera del Centro, en el área denominada Oro Menas Oxidadas San Fernando, ubicada en el municipio de Manicaragua, provincia de Villa Clara, con el propósito de concluir los trabajos autorizados.
SEGUNDO: El concesionario está obligado a: a) Cumplir con las medidas impuestas en la Licencia Ambiental 9/2021 otorgada porla Dirección de la Oficina de Regulación y Seguridad Ambiental de la provincia de Villa Clara; b) cumplir con lo establecido en la Resolución 93 “Reglamento para el control de las emisiones y transferencia de contaminantes” del ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, de 18 de julio de 2023; c) cumplir con el Decreto-Ley 50 “Sobre la conservación, mejoramiento y manejo sostenible de los suelos y el uso de los fertilizantes”, de 6 de agosto de 2021, y su Reglamento, el Decreto 52, de 1 ro. de septiembre de 2021; d) implementar medidas que garanticen la protección física de las personas, los recursos y medios técnicos, así como la prevención de incendios, antes, durante y después de la ejecución de los trabajos, según lo dispuesto en el Decreto-Ley 186 “Sobre el Sistema de Seguridad y Protección Física”, de 17 de junio de 1998, y su Reglamento, aprobado mediante la Resolución 2 del ministro del Interior, de 5 de marzo de 2001; e e) informar a la Región Militar de la provincia de Villa Clara el cronograma de ejecución de los trabajos que se prorrogan y puntualizar otros datos que puedan ser de interés.
TERCERO: Los términos, condiciones y obligaciones establecidos por el Acuerdo 9108 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 10 de junio de 2021, son de aplicación a la prórroga que se autoriza, con excepción de lo que se oponga a lo dispuesto en el presente Acuerdo. COMUNÍQUESE el presente Acuerdo a los miembros del Consejo de Ministros, y a cuantas personas naturales y jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, a los 14 días del mes de junio de 2024, “Año 66 de la Revolución”.Manuel Marrero Cruz