Sobre la constitución de asambleas del Poder Popular

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
2010-05-03
Publicada en
Gaceta No. 5 Extraordinaria Especial de 2010 (2010-05-07)
Páginas
1–3
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Resumen generado por IA

El Consejo de Estado emite un acuerdo sobre la constitución de asambleas del Poder Popular. Regula el proceso de constitución de dichas asambleas para un nuevo mandato. El acuerdo se basa en la Ley Electoral, específicamente en el Artículo 126 de la Ley No. 72 de 1992.

Texto íntegro

## Contents

Información en este número

CONSEJO DE ESTADO

ACUERDO

de la República de Cuba, en uso d

nstitució

puesto en el

Artículo 126 de la Ley No. 72 de 29 de octubre de 1992, Ley Electoral, ha adoptado el siguiente ACUERDO

a 19 de mayo de abril y 2

- cipales del Poder Popular, reunidos por derecho propio, procedan a dejar constituidas dichas asambleas para un nuevo mandato de dos años y medio.

SEGUNDO: Comuníquese el presente Acuerdo a los Presidentes de la Asamblea Nacional y de las respectivas asambleas provinciales del Poder Po

- oral Nacional, de las Comisiones de Candidaturas y a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda. Publíquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento.

DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los 3 días del mes de mayo de 2010.

Raúl Castro Ruz

de Estado