Esta resolución regula la renovación de la licencia de la sucursal de LUBRICANTES ARGENTINOS DE ALTA PERFORMANCE, S.A. en Cuba. La emite el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
- Se autoriza la renovación de la licencia de la sucursal de LUBRICANTES ARGENTINOS DE ALTA PERFORMANCE, S.A. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras.
- El objeto de la sucursal será realizar actividades mercantiles comerciales relacionadas con mercancías específicas (Anexo No. 1).
- La licencia no autoriza importar y exportar directamente con carácter comercial, realizar comercio mayorista y minorista en general, ni distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
- La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
Texto íntegro
GOC-2019-37-O1 RESOLUCIÓN No. 356/2018
POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, establece el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cance-lación de licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud de renovación de la Licencia de la sucursal de la compañía argentina LU-BRICANTES ARGENTINOS DE ALTA PERFORMANCE, S.A., (LAAPSA) y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el numeral 4 del Apartado Tercero del Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,
R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la renovación de la Licencia de la sucursal de la compañía argentina LUBRICANTES ARGENTINOS DE ALTA PERFORMANCE, S.A. (LAAPSA) en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la compañía argentina LUBRICANTES ARGEN-TINOS DE ALTA PERFORMANCE, S.A. (LAAPSA) en Cuba, a partir de su renovación, será la realización de actividades mercantiles comerciales relacionadas con las mercancías que, a nivel de capítulos, se describen en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.
TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autoriza la realización de las actividades siguientes: a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial; b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratos que ampa-ran las operaciones de comercio exterior; c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socieda-des Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales y directores del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a la Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, a la Ministra de Finanzas y Precios, a la Presidenta del Banco Central de Cuba, al Jefe de la Aduana General de la República, al Presidente de la compañía ACOREC, S.A., al Director de la Dirección de Inmigración y Extranjería, a la Presidenta de la compañía ETECSA, al Encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
23 GACETA OFICIAL11 de enero de 2019
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica del Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los cuatro días del mes de diciembre de dos mil dieciocho.Rodrigo Malmierca Díaz Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera ANEXO No. 1 NOMENCLATURA DE PRODUCTOS AUTORIZADOS A REALIZAR ACTIVIDADES COMERCIALES A LUBRICANTES ARGENTINOS DE ALTA PERFORMANCE S.A. Descripción Capítulo 15 Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimen-ticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal Capítulo 27 Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas; ceras minerales Capítulo 34 Jabón, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar, preparaciones lubri-cantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de limpieza, velas y artículos similares, pastas para modelar, “ceras para odontología” y preparaciones para odontología a base de yeso fraguable Capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas Capítulo 39 Plástico y sus manufacturas Capítulo 84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos Capítulo 90 Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos________________