Acuerdo 123
La Asamblea Nacional del Poder Popular aprueba la Ley No. 155, 'Ley General de Protección al Patrimonio Cultural y al Patrimonio Natural'. Esta ley regula la protección del patrimonio cultural y natural de Cuba. La Asamblea Nacional del Poder Popular es el órgano emisor de esta norma.
- La ley lleva el número 155 y se denomina 'Ley General de Protección al Patrimonio Cultural y al Patrimonio Natural'.
- El Ministerio de Cultura debe presentar normas complementarias en 90 días para su cumplimiento.
- La ley fue aprobada en la Quinta Sesión Extraordinaria de la IX Legislatura el 16 de mayo de 2022.
- La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente elaboró un dictamen que recomienda la aprobación de la ley.
- El acuerdo fue refrendado por el Presidente de la República y publicado en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Texto íntegro
Juan Esteban Lazo Hernández, presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popularde la República de Cuba.
HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en la Quinta Sesión Extraordinaria de la IX Legislatura, celebrada el día 16 de mayo del año 2022, encorrespondencia con el
Artículo 108, inciso d), y el 110 inciso a), de la Constitución de la República, ha adoptado en votación ordinaria, por unanimidad, el siguiente:
ACUERDO NÚMERO IX-140
Aprobar la Ley No. 155, “Ley General de Protección al Patrimonio Cultural y al Pa-trimonio Natural”, con las modificaciones acordadas en el transcurso del debate, y eldictamen elaborado por la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, que recomienda:
- Que el Ministerio de Cultura, en el término de noventa (90) días a partir de la fechade publicación de la ley, en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, presente lasnormas complementarias necesarias para su cumplimiento.
ENVÍESE al Presidente de la República, para su refrendación y posterior publicaciónen la Gaceta Oficial de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, para general conocimiento.
DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, ciudad de La Habana, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos milveintidós, “Año 64 de la Revolución”.
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