Acuerdo 129
La Asamblea Nacional del Poder Popular aprueba la Ley No. 153, 'Ley de Amparo a los Derechos Constitucionales', según lo establecido en la Constitución de la República.
- Se aprueba la Ley No. 153 de Amparo a los Derechos Constitucionales
- El Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular debe informar sobre su aplicación en 2 años
- La ley fue refrendada y enviada para su publicación en la Gaceta Oficial
- Se publica para general conocimiento en la Gaceta Oficial de la República de Cuba
- La decisión se tomó en la Quinta Sesión Extraordinaria de la IX Legislatura
Texto íntegro
Juan Esteban Lazo Hernández, presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popularde la República de Cuba.
HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en la Quinta Sesión Extraordinaria de la IX Legislatura, celebrada el día 15 de mayo del año 2022, encorrespondencia con el
Artículo 108 inciso d), y el 110 inciso a), de la Constitución de la República, ha adoptado en votación ordinaria, por unanimidad, el siguiente:
ACUERDO NÚMERO IX-135
Aprobar la Ley No. 153, “Ley de Amparo a los Derechos Constitucionales”, con lasmodificaciones acordadas en el transcurso del debate, y el dictamen elaborado por la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, de la Asamblea Nacional del Poder Popular, que recomienda:
- Que el Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular en el término de dos (2)años de la vigencia de esta Ley, informe a la Asamblea Nacional del Poder Popularsobre su aplicación.
ENVÍESE al Presidente de la República, para su refrendación y posterior publicaciónen la Gaceta Oficial de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, para general conocimiento.
DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, ciudad de La Habana, a los quince días del mes de mayo del año dos milveintidós, “Año 64 de la Revolución”.
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