Acuerdo 146

Sobre la Rendición de Cuenta del Tribunal Supremo Popular

Organismo
Asamblea Nacional del Poder Popular
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 86 Ordinaria de 2022 (2022-08-17)
Páginas
5–7
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El Acuerdo IX-146 regula la rendición de cuenta del Tribunal Supremo Popular ante la Asamblea Nacional del Poder Popular. Fue emitido por la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba.

Texto íntegro

DIPUTADA ANA MARÍA MARI MACHADO, vicepresidenta de la Asamblea Nacio-nal del Poder Popular de la República de Cuba.

HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en su sesión del día 22 dediciembre de 2021, correspondiente al Octavo Período Ordinario de Sesiones de la IX Legislatura, dispuso que, al amparo de la Constitución de la República, en el

Artículo 108,inciso s), y de conformidad con los artículos 184 y 192 de la Ley 131 “Ley de Organi-zación y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado”, de 20 de diciembre de 2019, el Tribunal Supremo Popular le rindiera cuenta enel próximo período ordinario de sesiones.

POR TANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión del día 21 de juliode 2022, correspondiente al Noveno Período Ordinario de Sesiones de la IX Legislatura,al amparo del

Artículo 108, inciso d) de la Constitución de la República, en votación or-dinaria, por unanimidad, adoptó el siguiente:

ACUERDO NÚMERO IX-146

PRIMERO: Aprobar el informe de Rendición de Cuenta del Tribunal Supremo Popu-lar y el Dictamen de la Comisión Permanente de Trabajo de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, con las siguientes recomendaciones:

1. Continuar trabajando en todas las acciones que permitan incrementar el completa-miento y la estabilidad de jueces y personal técnico.

2. Garantizar la debida tramitación en tiempo y con la calidad requerida de los asuntossometidos a su conocimiento.

3. Prestar especial atención y asesoramiento a sus instancias municipales, teniendo encuenta que con las nuevas legislaciones aprobadas, se derivan la mayor cantidad deasuntos a los tribunales municipales y es allí donde se concentran los jueces másjóvenes y con menos experiencia en su gestión.

4. Brindar permanente atención y estudio a las estructuras adoptadas para el ejerciciode la administración de justicia y realizar con la debida prontitud, aquellas correc-ciones que se requieran en interés del mejor desempeño de su gestión y velar entodo momento por el correcto acceso del pueblo a los tribunales.

5. Fortalecer las acciones de capacitación y entrenamiento de sus efectivos.

6. Desarrollar una permanente actividad de comunicación institucional que permita ala población el conocimiento de las nuevas leyes aprobadas, como garantía al ejer-cicio de los derechos en ellas consignados.

7. Que los gobiernos provinciales y las asambleas municipales del Poder Popular pres-ten la debida atención a los Tribunales de sus territorios, y que se retome en lo po-sible, el programa de atención integral a los jueces.

8. Reconocer la labor de los jueces y demás trabajadores del sistema judicial, compa-ñeros modestos, humildes, honrados, con plena conciencia política de sus funcionesy de su trabajo, plenamente identificados con el pueblo y su Revolución, que desdela trinchera del ejercicio del derecho revolucionario y de defensa de nuestra legali-dad socialista cada día honran a la nación.

SEGUNDO: Encargar a la Comisión Permanente de Trabajo de Asuntos Constitucio-nales y Jurídicos, ejercer el control y la fiscalización al cumplimiento de las recomenda-ciones detalladas.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, para general conocimiento.

DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, ciudad de La Habana, a los veintiún días del mes de julio del dos mil vein-tidós, “Año 64 de la Revolución”.