Acuerdo 156

Sobre la rendición de cuenta del Ministerio de Comunicaciones

Organismo
Asamblea Nacional del Poder Popular
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 86 Ordinaria de 2022 (2022-08-17)
Páginas
17–18
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El Acuerdo IX-156 de la Asamblea Nacional del Poder Popular regula la rendición de cuenta del Ministerio de Comunicaciones. Esta norma se emite en virtud de la Constitución de la República y la Ley 131 de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular.

Texto íntegro

DIPUTADA ANA MARÍA MARI MACHADO, Vicepresidenta de la Asamblea Na-cional del Poder Popular de la República de Cuba.

HAGO SABER: Que la Constitución de la República establece en su

Artículo 108 inciso s), que corresponde a la Asamblea Nacional del Poder Popular, conocer, evaluar yadoptar decisiones sobre los informes de rendición de cuenta que le presenten los gobier-nos provinciales.

POR CUANTO: La Ley 131 “Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado de la República de Cuba”, en su

Artículo 185, dispone que la Asamblea Nacional del Poder Popular, a propuesta de su Presidente, aprueba quién le rinde cuenta en sus períodos de sesiones, así como la comi-sión que se encarga del correspondiente cronograma de trabajo y de la elaboración deldictamen.

Asimismo, en su

Artículo 196 apartado 2, regula que corresponde al Gobernador lapresentación del informe de rendición de cuenta.

POR TANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en el uso de las atribucionesque le están conferidas, y a propuesta de su Presidente, acuerda en votación ordinaria, porunanimidad el siguiente:

ACUERDO NÚMERO IX-156

PRIMERO: Conocer y evaluar en el Décimo Período Ordinario de Sesiones de la IXLegislatura, el informe de rendición de cuenta del Ministerio de Comunicaciones, en elque se deben abordar los aspectos siguientes:

1. Implementación de la Estrategia Económico-Social para el impulso de la economíay el enfrentamiento a la crisis mundial provocada por la COVID-19.

2. Cumplimiento del Plan de la Economía, Presupuesto del Estado y niveles de efi-ciencia del sistema empresarial atendido por la Ministra.

3. Marcha del proceso de informatización de la sociedad y transición a la transforma-ción digital.

4. Desarrollo de la infraestructura de telecomunicaciones y el programa de la televi-sión digital terrestre.

5. Gobierno digital y comercio electrónico.

6. Desarrollo de los servicios de las telecomunicaciones (incluye internet) y los postales.

7. Industria de aplicaciones y servicios informáticos.

8. El papel de la ciencia y la innovación en el desarrollo de las comunicaciones

9. Formación de los recursos humanos.

10. Atención a los planteamientos y requerimientos de la población.

11. Resultados de las medidas para el enfrentamiento al delito, la corrupción, la preven-ción y atención social.

SEGUNDO: La Ministra de Comunicaciones, presentará al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, el informe de rendición de cuenta a que se refiere el apartadoanterior, antes del 30 de octubre de 2022.

TERCERO: El informe de rendición de cuenta del Ministerio de Comunicaciones,se enmarcará en los resultados económicos-sociales del cierre de 2021 y de enero hastaseptiembre de 2022.

CUARTO: Encargar a la dirección de la Comisión Atención a los Servicios de la Asamblea Nacional, la elaboración del cronograma de trabajo para la rendición de cuentadel Ministerio de Comunicaciones y la preparación de su correspondiente dictamen.

QUINTO: Los diputados designados por las comisiones de Asuntos Económicos,Atención a los Servicios y de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología y Medio Ambien-te, participan, en lo que les corresponde, en las tareas que se programen para garantizarla rendición de cuenta.

SEXTO: Una vez recibido el informe de rendición de cuenta de la Ministra de Comu-nicaciones con vistas a su dictamen, la comisión designada, interesa las aclaraciones ydatos complementarios y realiza las comprobaciones que considere necesarias.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, para conocimiento general.

DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, ciudad de La Habana, a los veintidós días del mes de julio del año dos milveintidós, “Año 64 de la Revolución”.

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