Acuerdo 157
El Acuerdo IX-157 regula la rendición de cuenta del Gobierno Provincial de Pinar del Río ante la Asamblea Nacional del Poder Popular. Esta norma es emitida por la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba.
- Se evaluarán resultados económicos y control del presupuesto según el Artículo 108 inciso s) de la Constitución.
- Se abordarán servicios básicos a la población y cumplimiento de la Estrategia Económica Social.
- Se analizarán resultados de atención a planteamientos, quejas y peticiones de la población.
- Se examinará el enfrentamiento al delito, la corrupción y la prevención social.
- El Gobernador Provincial presentará el informe antes del 1ro. de octubre de 2022.
- El informe se enmarcará en resultados de 2021 hasta septiembre de 2022.
Texto íntegro
DIPUTADA ANA MARÍA MARI MACHADO, Vicepresidenta de la Asamblea Na-cional del Poder Popular de la República de Cuba.
POR CUANTO: La Constitución de la República establece en su
Artículo 108 inciso s),que corresponde a la Asamblea Nacional del Poder Popular, conocer, evaluar y adoptardecisiones sobre los informes de rendición de cuenta que le presenten los gobiernos provin-ciales.
POR CUANTO: La Ley 131 “Ley de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado de la República de Cuba” en su
Artículo 185, dispone que la Asamblea Nacional del Poder Popular, a propuesta de su Presidente, aprueba quién le rinde cuenta en sus períodos de sesiones, así como la comi-sión que se encarga del correspondiente cronograma de trabajo y de la elaboración deldictamen.
Asimismo, en su
Artículo 196 apartado 2, regula que corresponde al Gobernador lapresentación del informe de rendición de cuenta.
POR TANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en el uso de las atribucionesque le están conferidas, y a propuesta de su Presidente, acuerda el siguiente:
ACUERDO NÚMERO IX-157
PRIMERO: Conocer y evaluar en el Décimo Período Ordinario de Sesiones de la IXLegislatura, el informe de rendición de cuenta del Gobierno Provincial del Poder Popularde Pinar del Río, en el que se deben abordar los aspectos siguientes:
1. Resultados económicos y el control a la ejecución del Presupuesto.
• Comportamiento de los servicios básicos a la población.
2. Cumplimiento de la Implementación de la Estrategia Económica Social, en lo refe-rido a:
• Área de Producción de alimentos.
• Área de Construcciones. Producción local de materiales de la construcción para lavivienda.
• Área de comercio interior.
3. Resultados de la atención a los planteamientos, quejas y peticiones de la poblacióny otras formas de participación y control popular.
4. Resultados de las medidas para el enfrentamiento al delito, la corrupción, la preven-ción y atención social.
SEGUNDO: El Gobernador Provincial, presentará al Presidente de la Asamblea Na-cional del Poder Popular, el informe de rendición de cuenta a que se refiere el apartadoanterior, antes del 1 ro. de octubre de 2022.
TERCERO: El informe de rendición de cuenta del Gobierno Provincial del Poder Popular de Pinar del Río, se enmarcará en los resultados económicos-sociales del cierrede 2021, hasta septiembre de 2022.
CUARTO: Encargar a la dirección de la Comisión de Órganos Locales del Poder Po-pular de la Asamblea Nacional, la elaboración del cronograma de trabajo para la rendiciónde cuenta del Gobierno Provincial del Poder Popular de Pinar del Río y la preparación desu correspondiente dictamen.
QUINTO: Los diputados designados por las comisiones de Asuntos Económicos,Atención a los Servicios, Agroalimentaria, Asuntos Constitucionales y Jurídicos, Salud y Deporte, Educación, Cultura y Tecnología, Atención a la Niñez, la Juventud e Igualdadde Derechos para la Mujer, e Industria, Construcciones y Energía, participan, en lo queles corresponde, en las tareas que se programen para garantizar la rendición de cuenta.
SEXTO: Una vez recibido el informe de rendición de cuenta del Gobierno Provincialdel Poder Popular de Pinar del Río, con vistas a su dictamen, la comisión designada,interesa las aclaraciones y datos complementarios y realiza las comprobaciones que con-sidere necesarias.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, para conocimiento general.
DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, ciudad de La Habana, a los veintidós días del mes de julio del año dos milveintidós, “Año 64 de la Revolución”.