Acuerdo 170
La Ley del Presupuesto del Estado para el año 2023 regula la aprobación y ejecución del presupuesto estatal. Fue emitida por la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba.
- Se aprueba la Ley 157, 'Ley del Presupuesto del Estado para el año 2023'.
- El Ministerio de Finanzas y Precios debe informar sobre medidas de control de ingresos y gastos en julio de 2023.
- Debe informarse sobre el cumplimiento del Acuerdo No. 9041 del Consejo de Ministros relativo al fortalecimiento de la contabilidad.
- Se deberá reportar sobre la aplicación de metodologías de formación de precios y su impacto en la población.
- La Contraloría General de la República debe informar sobre acciones de control realizadas al Presupuesto del Estado.
Texto íntegro
GOC-2023-248-O28 DIPUTADO JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba.
HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en la sesión del día 12 de diciembre de 2022, correspondiente al Décimo Período Ordinario de Sesiones de la IX Le-gislatura, según se dispone en el
Artículo 108, inciso k) de la Constitución de la República, ha adoptado, en votación ordinaria, por unanimidad, el siguiente:
574 GACETA OFICIAL 31 d e marzo d e 2023 ACUERDO NÚMERO IX-159
PRIMERO: Aprobar la Ley 157, “Ley del Presupuesto del Estado para el año 2023”, y el Dictamen de las comisiones de Asuntos Económicos y de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, con sus recomendaciones: 1. Que el Ministerio de Finanzas y Precios, como organismo rector del Sistema Presupuestario del país, informe con la liquidación del Presupuesto del Estado del año 2022, en el mes de julio de 2023, las medidas de control que se aplican, tanto en los ingresos como en los gastos para mejorar los resultados acordados. 2. Que el Ministerio de Finanzas y Precios, como organismo rector de la contabilidad, informe a la Comisión de Asuntos Económicos con la liquidación del Presupuesto del Estado del año 2022, en el mes de julio de 2023, el estado del cumplimiento del referido Acuerdo No. 9041 del Consejo de Ministros, relativo al fortalecimiento de la contabilidad. 3. Que el Ministerio de Finanzas y Precios, como organismo rector de la política de precios, informe con la liquidación del Presupuesto del Estado del año 2022, en el mes de julio 2023, los resultados de la aplicación de las metodologías de formación de precios, las acciones de control de su cumplimiento por los diferentes actores de la economía, así como su incidencia en la capacidad adquisitiva de la población y el consumo social. 4. Que la Contraloría General de la República, como órgano del Estado encargado de velar por la correcta y transparente administración de los fondos públicos, informe a la Comisión de Asuntos Económicos, en el próximo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, el resultado de las principales accio-nes de control realizadas al Presupuesto del Estado.
SEGUNDO: Encargar a las comisiones permanentes de trabajo de la Asamblea Nacional del Poder Popular ejercer, en sus respectivos ámbitos de trabajo, el control y la fiscalización sobre la ejecución de los presupuestos asignados.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, para general conocimiento.
DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, ciudad de La Habana, a los doce días del mes de diciembre del año dos mil veintidós, “Año 64 de la Revolución”.________________