Acuerdo 6

Ratificar la denominación e integración de las Comisiones Permanentes de Trabajo

Organismo
Asamblea Nacional del Poder Popular
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 46 Extraordinaria de 2018 (2018-09-06)
Páginas
3–5
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La Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba emite un acuerdo para ratificar la denominación e integración de sus Comisiones Permanentes de Trabajo. Este acuerdo se basa en la Constitución de la República y el Reglamento de la Asamblea Nacional.

Texto íntegro

Diputado Juan Esteban Lazo Hernández, presidente de la Asamblea Nacional del Po-der Popular de la República de Cuba.

HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en su Primera Sesión Extraordinaria de la IX Legislatura, celebrada el día 2 de junio de 2018, conoció lo si-guiente:

El Presidente, en correspondencia con lo establecido en el

Artículo 5. Inciso h), del Reglamento de Asamblea Nacional del Poder Popular, procedió a la designación provi-sional de las Comisiones Permanentes de Trabajo, a reserva de su ratificación por la Asamblea Nacional del Poder Popular.

Asimismo, luego de los análisis y consultas pertinentes, procedió del mismo modo a ladesignación de las diputadas y diputados que ocuparían los cargos en la dirección de lascomisiones permanentes de trabajo.

En virtud de lo anterior, la Asamblea Nacional del Poder Popular, en uso de las atri-buciones que le confiere el inciso ñ) del artículo 75 de la Constitución de la Repúblicay según lo dispone el artículo 76 de ésta propia norma jurídica, ha adoptado en votaciónordinaria, por unanimidad, el siguiente:

ACUERDO NÚMERO IX – 6

Ratificar la denominación e integración de sus diez Comisiones Permanentes de Tra-bajo y las Directivas Principales de Trabajo.

DENOMINACIÓN DE LAS DIEZ COMISIONES PERMANENTES DE TRABAJO

- 1.Comisión de Relaciones Internacionales, con 28 integrantes.

- 2.Comisión de Salud y Deporte, con 38 integrantes.

- 3.Comisión de Atención a los Servicios, con 41 integrantes.

- 4.Comisión de Educación, Cultura, Ciencia,Tecnología y Medio Ambiente, con 45 integrantes.

- 5.Comisión de Defensa Nacional y Orden Intrerior, con 31 integrantes.

- 6.Comisión de Industria, Construcciones y Energía, con 40 integrantes.

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- - - 7.Comisión de Atención a la Juventud, la Niñez y la Igualdad de Derechos de la Mujer, con 40 integrantes, con 40 integrantes.

- - 8.Comisión de Asuntos Económicos, con 40 integrantes.

- - 9.Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, con 37 integrantes.

- - 10.Comisión Agroalimentaria, con 40 integrantes.

DIRECTIVAS GENERALES DE LA ASAMBLEA NACIONAL DEL PODER PO-PULAR PARA EL TRABAJO DE LAS COMISIONES.

En esta Legislatura las comisiones de trabajo atenderán prioritariamente las tareas re-lacionadas con el proceso de reforma constitucional. Encauzarán las acciones fundamen-tales a la actividad legislativa, la más alta fiscalización, el control a la implementación delas políticas aprobadas que den cumplimiento a lo establecido en los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, así como auxiliar al Consejo de Estado en su gestión, dando cumplimiento a las directivas que por el mismo se emitan.

En razón a lo anterior y en base a los planes de trabajo que en tal sentido elaboren yapruebe el Presidente de la Asamblea Nacional, las comisiones permanentes de trabajoatenderán prioritariamente:

- 1.El cumplimento de la Ley del Presupuesto y del Plan de la Economía aprobados paracada año.

- 2.El cumplimiento de la legislación y las políticas aprobadas como parte de laimplementación de los Lineamientos acordados en el VI y VII Congreso del PCC,enmarcados en el ámbito de atención de cada comisión.

- 3.Tener una participación activa en los procesos legislativos, así como en la emisiónde opiniones que en tal sentido se le interesen, priorizando el proceso de reformaconstitucional y las normas que de ello se deriven.

- 4.Conforme a lo establecido, realizar las acciones de alta fiscalización cuando lasmismas les correspondan.

- 5.Controlar las acciones de prevención y enfrentamiento al delito, la corrupción,las indisciplinas sociales y la subversión política-ideológica en los organismosenmarcados en su ámbito de atención.

- 6.Acometer las tareas que le correspondan como parte del Perfeccionamiento de losórganos del Poder Popular.

- 7.Chequear sistemáticamente la atención a la población, la tramitación de susplanteamientos y quejas en los organismos que atiende.

- 8.Trabajar con objetividad y mesura en las acciones que se tracen con vista a losprocesos de rendición de cuenta en que participe.

- 9.Priorizar las tareas que se indiquen por el Consejo de Estado, en el desarrollo de suatribución de órgano auxiliar del mismo.

- 10.Incorporar y desarrollar en cada comisión las acciones de comunicación social quecorrespondan.

En todos los trabajos y actividades que así lo demanden, se tendrá en cuenta la efecti-vidad de las políticas aplicadas para la protección de los sectores más desfavorecidos dela población.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, para general conocimiento.

DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palaciode Convenciones, ciudad de La Habana, a los dos días del mes de junio del año dos mildieciocho.

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