Esta norma regula las tarifas por exceso de equipaje en vuelos nacionales. La Ministra de Finanzas y Precios, Lina Olinda Pedraza Rodríguez, emite esta resolución.
- El exceso de equipaje se cobra adicionando un 25% sobre las tarifas de carga aérea.
- Se incluyen 20 kg en el precio del pasaje y 5 kg como equipaje de mano por pasajero.
- Las tarifas varían según el destino, por ejemplo: 1.25 CUP/kg (Habana - Gerona), 6.25 CUP/kg (Habana - Santiago de Cuba).
- Se modifica la Resolución No. 49 de 2007, dejándose sin efecto el apartado Sexto.
- El Instituto de Aeronáutica Civil de Cuba evaluará el resultado de esta resolución en agosto de 2011.
Texto íntegro
Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros.
R e s u e l v o :PRIMERO: Establecer que las tarifas, en pesos cubanos (CUP), para el cobro a personas naturales y jurídicas por el exceso de equipaje en los vuelos nacionales, se forman adicionando un 25 % sobre las tarifas de carga aérea. En Anexo Unico, que consta de una (1) página y forma parte integrante de la presente Resolución, se relacionan las tarifas por exceso de equipaje, aplicable a los kilogramos que excedan los 20, incluidos en el precio del pasaje, más 5 kilogramos como equipaje de mano, por pasajero.
SEGUNDO: Modificar la Resolución No. 49, de fecha 20 de febrero de 2007 emitida por la Ministra de Finanzas y Precios, dejando sin efecto lo establecido en el apartado Sexto de la misma.
TERCERO: El Instituto de Aeronáutica Civil de Cuba evaluará, al cierre del primer semestre del año 2011, el resultado de lo que por la presente se establece, enviando informe a este Ministerio en agosto de ese año.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHIVESE el original en la Dirección Jurídica de este Organismo. Dada en La Habana, a los 19 días del mes de enero de 2011.Lina Olinda Pedraza Rodríguez Ministra de Finanzas y Precios ANEXO UNICOTARIFAS EN PESOS CUBANOS (CUP), PARA APLICAR POR KG DE EXCESO DE EQUIPAJE, EN LOS VUELOS NACIONALES A PERSONAS NATURALES Y JURIDICAS Destino Tarifa por Kg.Habana - Gerona 1.25 Habana - Camagüey 3.75 Habana - Ciego de Avila 3.75 Habana - Las Tunas 5.00 Habana - Holguín 5.00 Habana - Manzanillo 5.00 Habana - Bayamo 5.00 Habana - Santiago de Cuba 6.25 Habana - Baracoa 7.50 Habana - Moa 7.50 Habana - Guantánamo 6.25
28 de febrero de 2011 GACETA OFICIAL 41 INDUSTRIA ALIMENTARIA