Texto íntegro
Acuerdo número 2817 de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,
R e s u e l v o :ÚNICO: Aprobar los precios minoristas de los productos cárnicos, para su comercialización en los establecimientos de comercio minorista de la provincia de La Habana, que consta de una página y se anexa a la presente, formando parte integrante de la misma.
21 de noviembre de 2011 GACETA OFICIAL 1093 DESE CUENTA a la Ministra del Ministerio de Finanzas y Precios. COMUNÍQUESE a los viceministros y directores del Organismo Central, a la Directora de la Unidad Presupuestada de Registro Central Comercial, a los directores de la Unión de Comercio y Gastronomía y Dirección Provincial de Finanzas y Precios de La Habana.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE en la Dirección Jurídica, Organización y Sistema de este Organismo.
DADA en La Habana, a los 20 días del mes de octubre de 2011.Mary Blanca Ortega Barredo Ministra del Comercio Interior ANEXOLISTA OFICIAL DE PRECIOS DE LOS PRODUCTOS DERIVADOS DEL CERDO, DE RES Y DE POLLO PARA OFERTAR EN LA RED DE COMERCIO DE LA PROVINCIA DE LA HABANA CÓDIGO DESCRIPCIÓN U/M PRECIODEL CERDO 1323030001 Corazón 460 g 10.00 1323020001 Hígado 460 g 15.00 1323490003 Lengua 460 g 10.00 1324010004 Lacón 460 g 18.00 1382020016 Costilla salada 460 g 5.00 1382020001 Cabeza salada 460 g 3.00 1382020002 Hueso salado 460 g 2.00 1382020006 Pata salada 460 g 3.00 1382020009 Tocino 460 g 5.00 1382020014 Rabo salado 460 g 5.00 1382020021 Grasa salada 460 g 3.00 1384040310 Mortadella novel 460 g 15.00 1384046608 Mortadella Tropical (Morcilla) 460 g 5.00 1389990035 Masa de chorizo 460 g 10.00 1389996579 Masa hamburguesa 460 g 10.00 DE RES 1389996583 Masa hamburguesa res 460 g 10.00 1389996540 Picadillo extendido 460 g 6.00 DE POLLO 1799040050 Croqueta U 0.50 1799360037 Masa de croquetas 460 g 5.00 1384036527 Jamonada Mesón 460 g 15.00 1389996542 Picadillo 460 g 10.00 ________________RESOLUCIÓN No. 436/2011
POR CUANTO: El Acuerdo número 3529 de fecha 17 de agosto de 1999, en su Apartado Segundo dispone que el Ministerio del Comercio Interior es el Organismo encargado de dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la Política del Estado y el Gobierno en cuanto al comercio interior mayorista y minorista de alimentos y otros bienes, y de los servicios de consumo personal y comercial, así como la Protección al Consumidor en los sectores estatal, cooperativo, privado y mixto que operan en moneda nacional y en moneda libremente convertible.
POR CUANTO: La Instrucción número 13 del Ministerio de Finanzas y Precios de fecha 29 de abril de 2003, faculta al Ministerio del Comercio Interior a formar, fijar y modificar precios minoristas y tarifas a la población en moneda nacional, de los grupos de productos y servicios cuyo destino sea el mercado normado, regulado o liberado.
POR CUANTO: Resulta necesario modificar las tarifas para los servicios de fotografía, aprobados en el Anexo No. 4 de la Resolución número 397 de fecha 23 de diciembre de 1998, y en las resoluciones números 105 de fecha 10 de abril de 2001; 306 y 308 de fecha 4 de octubre de 2001; 258 de fecha 13 de agosto de 2002 y 269 de fecha 27 de diciembre de 2006, dictadas en este Organismo, para homologar precios en todo el país de los servicios de fotografía a color en moneda nacional; ampliar las ofertas de fotografías de bodas y quince en el formato de 8 x 10 e implantar fotos carnet en todos los formatos.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas en el Apartado Tercero, numeral Cuatro, del