Resolución 309
La Resolución No. 309 del Ministerio del Comercio Exterior enmienda la Resolución Nº 286 de 2002. Regula la corrección de la razón social de la entidad francesa SOCIETE D EXPLOITATIÓN AOM AIR LIBERTE. La emite el Ministerio del Comercio Exterior.
- Se enmienda la Resolución Nº 286 de 10 de julio de 2002.
- La razón social correcta es SOCIETE D EXPLOITATIÓN AOM AIR LIBERTE.
- Se sustituye la razón social errónea AOM LIBERTE.
- La Resolución Nº 286 autorizó la inscripción en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras.
- Se comunica la Resolución a varias entidades nacionales, incluyendo el Ministerio de Finanzas y Precios y la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 309 de 2002
-
POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo Nº 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 28 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en la actividad comercial exterior.
-
POR CUANTO: Mediante Resolución Nº 286, de 10 de julio de 2002, le fue autorizada la Inscripción en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba a la firma francesa AOM LIBERTE.
-
POR CUANTO: En la mencionada Resolución, se consignó erróneamente que la razón social de la entidad era AOM LIBERTE, siendo la correcta SOCIETE D EXPLOI- TATIÓN AOM AIR LIBERTE.
-
POR CUANTO: Resulta necesario enmendar, en dicha resolución la razón social de la mencionada entidad.
-
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
-
UNICA: Enmendar la razón social que aparece consignada en la Resolución Nº 286 de 10 de julio de 2002, debiendo quedar SOCIETE D EXPLOITATIÓN AOM AIR LIBERTE.
COMUNIQUESE la presente Resolución a los Viceministros y Directores del Ministerio del Comercio Exterior, al Encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar la presente Resolución al interesado; a los Directores de Empresas, al Ministerio de Finanzas y Precios, al Banco Central de Cuba, al Banco Financiero Internacional, al Banco Internacional de Comercio S.A., al Banco Exterior de Cuba, a la Aduana General de la República, a la Empresa para la Prestación de Servicios a Extranjeros, CUBALSE, a la compañía ACOREC S.A., a la Dirección de Inmigración y Extranjería, a ETECSA, al Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda. Publíquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento y archívese el original de la misma en la Dirección Jurídica.
DADA en la ciudad de La Habana, Ministerio del Comercio Exterior, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil dos.
Raúl de la Nuez Ramírez
Ministro del Comercio Exterior
________________