Resolución 198

Creación de la Empresa Importadora-Exportadora de Equipos y Piezas de Ingeniería

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 49 Ordinaria de 2007 (2007-07-13)
Páginas
9–10
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Resumen generado por IA

La Resolución Nº 198 del Ministerio del Comercio Exterior crea la Empresa Importadora-Exportadora de Equipos y Piezas de Ingeniería, subordinada al Ministerio de la Industria Alimenticia. Esta norma regula la creación y funcionamiento de dicha empresa, otorgándole facultades para realizar actividades de comercio exterior.

Texto íntegro

RESOLUCION Nº 198 de 2007

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POR CUANTO: Corresponde al Ministerio del Comercio Exterior, en virtud de lo dispuesto en el Acuerdo Nº 2821, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con fecha 25 de noviembre de 1994, dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y del Gobierno en la actividad comercial exterior.

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POR CUANTO: Mediante la Resolución Nº 123, dictada por el Ministro de Economía y Planificación, de fecha 19 de marzo de 2007, se autorizó la creación de la Empresa Importadora-Exportadora de Equipos y Piezas de Ingeniería, integrada a la Unión de Ingeniería, subordinada al Ministerio de la Industria Alimenticia.

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POR CUANTO: De conformidad con lo dispuesto en el

Artículo 13 de las Normas sobre la Unión y la Empresa Estatal, de fecha 7 de julio de 1988, corresponde al Ministerio del Comercio Exterior, dictar las Resoluciones que dispongan la creación de empresas de comercio exterior.

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POR CUANTO: Mediante la Resolución Nº 500, dictada por el Ministro del Comercio Exterior, de fecha 24 de junio de 2003, fue establecido el Procedimiento para la concesión, modificación y cancelación de facultades de comercio exterior, así como la de nomenclaturas de productos autorizados, a las empresas estatales y sociedades mercantiles cubanas.

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POR CUANTO: La Resolución Nº 199, dictada por el Ministro del Comercio Exterior, en fecha 10 de mayo de 2002, establece la nomenclatura de mercancías de exportación que requieren de previa autorización, para la realización de actividades de comercio exterior.

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POR CUANTO: Resulta necesario proceder a la creación de la Empresa Importadora-Exportadora de Equipos y Piezas de Ingeniería, así como al otorgamiento de facultades para la realización de actividades de comercio exterior y su correspondiente nomenclatura de productos.

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POR CUANTO: Mediante Acuerdo Nº 2817 de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, se establece entre los deberes, atribuciones y funciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, dictar en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo; y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población.

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado, de fecha 17 de mayo de 2000, fue designado el que Resuelve, Ministro del Comercio Exterior.

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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Crear la Empresa Importadora-Exportadora de Equipos y Piezas de Ingeniería, integrada a la Unión de Ingeniería, subordinada al Ministerio de la Industria Alimenticia.

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SEGUNDO: La Empresa Importadora-Exportadora de Equipos y Piezas de Ingeniería tendrá el objeto empresarial que a continuación se relaciona:

- — Importar y exportar según la nomenclatura aprobada por el Ministerio del Comercio Exterior.

- — Comercializar de forma mayorista productos importados para el sistema del Ministerio de la Industria Alimenticia y a terceros (Consejos de las Administraciones del Poder Popular), de acuerdo a la nomenclatura aprobada por los Ministerios del Comercio Exterior e Interior, según corresponda, en pesos cubanos y pesos cubanos convertibles.

- — Brindar servicios de comedor a sus trabajadores en pesos cubanos.

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TERCERO: La Empresa Importadora-Exportadora de Equipos y Piezas de Ingeniería queda constituida con un capital inicial ascendente a 430 900.00 pesos cubanos.

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CUARTO: La Empresa Importadora-Exportadora de Equipos y Piezas de Ingeniería tendrá como domicilio social el que a continuación se relaciona:

- — Calle Línea, Nº 8, entre las calles N y O, municipio Plaza de la Revolución, Ciudad de La Habana.

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QUINTO: En cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, la Empresa Importadora-Exportadora de Equipos y Piezas de Ingeniería, actuará con independencia financiera del Estado Cubano y de la Unión de Ingeniería. Consiguientemente, el Estado Cubano y la referida Unión, no serán responsables de las obligaciones económicas y financieras que contraiga la Empresa Importadora-Exportadora de Equipos y Piezas de Ingeniería, la que a su vez, no será responsable de las obligaciones de éstos.

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SEXTO: Autorizar a la Empresa Importadora-Exportadora de Equipos y Piezas de Ingeniería, identificada a los efectos estadísticos con el Código Nº 0677, para la realización de actividades de comercio exterior y por consiguiente ejecute directamente la importación de las mercancías que a nivel de subpartidas arancelarias se indican en el Anexo Nº 1 contenido en soporte digital que se acompaña.

- — Nomenclatura permanente de productos de importación (Anexo Nº 1).

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SÉPTIMO: La Empresa Importadora-Exportadora de Equipos y Piezas de Ingeniería, podrá exportar aquellas mercancías que no estén reguladas en el Anexo Nº 1 de la