Esta resolución regula el proceso de elaboración del Anteproyecto de Presupuesto del Estado en Cuba. La Ministra de Finanzas y Precios, Georgina Barreiro Fajardo, emite esta norma para unificar y establecer el cronograma anual para dicho proceso.
- Se aprueba el Cronograma anual para el proceso de elaboración del Anteproyecto de Presupuesto del Estado, detallado en el Anexo Único.
- Los órganos y organismos de la Administración del Estado deben considerar las Indicaciones Específicas aprobadas por el Ministerio de Finanzas y Precios.
- Las fechas del cronograma deben ser cumplidas por todos los implicados, trasladándose al primer día laborable posterior si coinciden con un día no laborable.
- Se deroga la Resolución No. 206 de 2005, que establecía el procedimiento anterior para la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto del Estado.
- La resolución entra en vigor a partir de tres días de su firma.
Texto íntegro
Ley No. 192, de la Administración Financiera del Estado.
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POR CUANTO: En atención a las circunstancias concurrentes y teniendo en cuenta los lineamientos de la economía nacional, se hace necesario aprobar el Cronograma donde se relaciona la secuencia a seguir para la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto del Estado con el fin de unificar este proceso, y en consecuencia derogar la Resolución No. 206, de fecha 22 de agosto de 2005, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios mediante la cual se estableció el procedimiento a seguir para la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto del Estado.
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado, adoptado el 20 de junio de 2003, quien resuelve fue designada Ministra de Finanzas y Precios.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Poner en vigor el Cronograma que rige para el proceso de Elaboración del Anteproyecto de Presupuesto del Estado de cada año, que se relaciona en el Anexo Unico de esta Resolución como parte integrante de ella y que consta de tres (3) páginas.
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SEGUNDO: Los órganos y organismos de la Administración del Estado para la elaboración de sus respectivos anteproyectos de presupuesto tienen en cuenta las Indicaciones Específicas que aprueba este Ministerio, las que son de estricto cumplimiento, a partir de los escenarios macroeconómicos y presupuestarios globales derivados de la primera etapa.
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TERCERO: Las fechas que se reflejan en el referido cronograma deben ser cumplimentadas por todos los implicados en la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto del Estado. Si la fecha prevista para la conclusión de alguna de las tareas del cronograma, coincide con un día no laborable, esta se traslada para el primer día laborable posterior a dicha fecha.
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CUARTO: Se deroga la Resolución No. 206, de fecha 22 de agosto de 2005.
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QUINTO: La presente Resolución entra en vigor a partir de tres (3) días de la fecha de su firma.
NOTIFIQUESE a los jefes máximos de los órganos y organismos de la Administración del Estado, de las organizaciones y asociaciones, a los directores de Finanzas y Precios de los Consejos de la Administración de las asambleas provinciales y municipales del Poder Popular y a los directores generales de Presupuesto y de Tesorería de este Ministerio.
COMUNIQUESE a la Secretaría del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, a las direcciones de Ingresos, Política Contable, Patrimonio del Estado, Política Financiera y de Organización y Metodología, todas de este Ministerio, a la Empresa Gráfica de Finanzas y Precios y a cuantas más personas proceda. Archívese el original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
Dada en la ciudad de La Habana, a los 28 días del mes de junio de 2007.
Georgina Barreiro Fajardo
Ministra de Finanzas y Precios
ANEXO UNICO
CRONOGRAMA ANUAL PARA EL PROCESO DE ELABORACION DEL ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO DEL ESTADO
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TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL