Resolución 48/08

Fusión de la Empresa Confecciones PUNTEX

Organismo
Ministerio de la Industria Ligera
Fecha emisión
2008-06-05
Publicada en
Gaceta No. 37 Ordinaria de 2008 (2008-06-16)
Páginas
17
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La Resolución No. 48/08 del Ministerio de la Industria Ligera regula la fusión de la Empresa Confecciones PUNTEX en la Empresa de Confecciones Textiles de Ciudad de La Habana. Esta resolución es emitida por el Ministro de la Industria Ligera, José Silvano Hernández Bernárdez, en uso de sus atribuciones.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 48/08

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POR CUANTO: De conformidad con lo regulado en las Disposiciones Finales Sexta y Séptima del Decreto-Ley No. 147, “De la Reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado”, de 21 de abril de 1994, el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, adoptó en fecha 25 de noviembre del propio año, el Acuerdo No. 2817, por el cual se aprobaron con carácter provisional los deberes, atribuciones y funciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, facultándolos en el Apartado Tercero numeral 4, para dictar en el marco de sus facultades y competencia, resoluciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.

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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 103, de fecha 13 de marzo de 1997 del Ministro de Economía y Planificación, se aprobaron las Normas y el Procedimiento para la presentación de propuestas de creación, fusión, traspaso y extinción de empresas, uniones y cualquier otro tipo de organización económica o unidad presupuestada y a través de la Resolución No. 100, de fecha 25 de abril de 2000 del referido organismo, se adicionó a las Normas y el Procedimiento anexo a la mencionada disposición, la información requerida en las propuestas de creación, fusión y extinción de entidades, para lograr un mejor análisis de los citados movimientos organizativos.

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POR CUANTO: La Resolución No. 58, de fecha 8 de abril de 1998, crea la Empresa Confecciones PUNTEX, modificada por la Resolución No. 71, de fecha 8 de abril de 2002, y la Resolución No. 69, de fecha 6 de septiembre de 2005, la integró a la Unión de Confecciones Textiles. Asimismo la Resolución No. 20, de fecha 28 de febrero de 2006, crea la Empresa de Confecciones Textiles de Ciudad de La Habana; disposiciones que fueron emitidas Por el Ministro de la Industria Ligera.

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POR CUANTO: El que suscribe solicitó autorización al Ministerio de Economía y Planificación para fusionar la Empresa Confecciones PUNTEX en la Empresa de Confecciones Textiles de Ciudad de La Habana, lo que fue aprobado mediante la Resolución No. 199, de fecha 28 de abril de 2008, emitida por el Ministro de Economía y Planificación; habiéndose cumplimentado todos los mandatos que la propia disposición contiene.

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POR CUANTO: El que resuelve fue designado Ministro de la Industria Ligera, por Acuerdo del Consejo de Estado, de fecha 23 de mayo de 2006.

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POR TANTO: En uso de las atribuciones que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Disponer la fusión de la Empresa Confecciones PUNTEX en la Empresa de Confecciones Textiles de Ciudad de La Habana, ambas integradas a la Unión de Confecciones Textiles, en virtud de lo expuesto en el Cuarto Por Cuanto de esta disposición.

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SEGUNDO: Los bienes, recursos, derechos y obligaciones de toda índole adquiridos o contraídos por la Empresa Confecciones PUNTEX se traspasan íntegramente para la Empresa de Confecciones Textiles de Ciudad de La Habana, la que a todos los efectos legales se subroga en su lugar y grado.

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TERCERO: La presente Resolución surte todos sus efectos legales dentro de los 3 días hábiles posteriores a la fecha de su firma.

Notifíquese esta Resolución a los directores generales de las empresas Confecciones PUNTEX y de Confecciones Textiles de Ciudad de La Habana.

Comuníquese la presente Resolución al Ministerio de Justicia, al Ministerio de Economía y Planificación, al Registro Estatal de Empresas y Unidades Presupuestadas (REEUP), a la Unión de Confecciones Textiles y a las direcciones de Economía y Precios, Planificación y Estadísticas y de Organización y Perfeccionamiento Empresarial del Organismo, así como a cuantas personas naturales y jurídicas proceda.

Archívese el original en el Protocolo de disposiciones jurídicas a cargo de la Dirección Jurídica de este Ministerio.

Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

Dada en La Habana, Ministerio de la Industria Ligera, a los 5 días del mes de junio de 2008.

José Silvano Hernández Bernárdez

Ministro de la Industria Ligera