Resolución 203/2008
La Resolución No. 203/2008 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente otorga el Reconocimiento Libre de Bromuro de Metilo (BrMe) al Ministerio del Interior. Esta resolución se emite en virtud de las facultades conferidas al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente para elaborar y proponer la política ambiental y controlar su cumplimiento.
- El Ministerio del Interior ha demostrado no utilizar Bromuro de Metilo en sus actividades.
- Se otorga el reconocimiento en la categoría 'Libre de Bromuro de Metilo (BrMe)' al Ministerio del Interior.
- La Oficina Técnica de Ozono verificó y certificó la documentación presentada por el Ministerio del Interior.
- El reconocimiento se enmarca en el cumplimiento de los compromisos asumidos por Cuba en el Protocolo de Montreal.
- El Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de elaborar y proponer la política ambiental.
Texto íntegro
RESOLUCION No. 203/2008
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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado, de fecha 19 de julio de 2004, quien resuelve, fue designado Viceministro Primero de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 67 de fecha 19 de abril de 1983, “De la Organización de la Administración Central del Estado” en su
Artículo 33 establece que los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado serán sustituidos temporalmente, cuando fuere necesario, por los viceministros primeros.
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POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 25 de noviembre de 1994, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con número para control administrativo 2817 establece que los jefes de los organismos, en el marco de sus facultades y competencia, están facultados para dictar resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.
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POR CUANTO: El Acuerdo de fecha 24 de abril de 2001 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros con número para control administrativo 4002 establece, en el Apartado Segundo, número trece, que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es el organismo encargado de “Elaborar y proponer, en coordinación con los organismos que corresponden, la política ambiental y controlar su cumplimiento; así como desarrollar, perfeccionar y controlar las estrategias, planes y programas para la protección del medio ambiente...”.
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POR CUANTO: Corresponde al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en representación del Estado cubano, en virtud de sus responsabilidades en materia de medio ambiente y como parte del Convenio de Viena para la protección de la Capa de Ozono, de fecha 22 de marzo de 1985, y del Protocolo de Montreal, relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono del año 1987, la adopción de mecanismos a escala nacional, a fin de estimular a todas las entidades, a que tomen medidas con vista a eliminar el uso de las diferentes Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.
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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 114/2003, de fecha 29 de septiembre de 2003, de este Ministerio, se estableció en su Apartado Primero inciso a), un sistema de reconocimientos en el ámbito nacional, otorgados por el Ministerio, que incluye la categoría “Libre de Bromuro de Metilo (Br Me)”.
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POR CUANTO: El Ministerio del Interior, ha demostrado que en la actividad que desarrolla, no ha utilizado Bromuro de Metilo, lo que evidencia el progreso en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en el marco del Protocolo de Montreal.
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POR CUANTO: El Ministerio del Interior ha solicitado a la Oficina Técnica de Ozono, por medio de la documentación requerida, se le otorgue el reconocimiento en la categoría de “Libre de Bromuro de Metilo (Br Me)”, documentación que ha sido verificada y certificada por la Oficina Técnica de Ozono, en correspondencia con los procedimientos establecidos en la legislación ambiental.
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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,
R e s u e l v o :
UNICO: Otorgar el Reconocimiento “Libre de Bromuro de Metilo (Br Me)” al Ministerio del Interior.
Dése cuenta al Ministro del Interior.
Comuníquese al Director de la Oficina Técnica de Ozono; al Viceministro que atiende la esfera de medio ambiente
en nuestro Ministerio y a cuanta persona natural corresponda conocer de lo dispuesto.
Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.
Archívese el original en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
DADA en la ciudad de La Habana, en la sede del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los 29 días del mes de octubre de 2008.
Dr. Fernando Mario González Bermúdez
Ministro p.s.r. de Ciencia, Tecnología
y Medio Ambiente
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