El Consejo de Estado convoca a los delegados a las asambleas provinciales del Poder Popular. Esta convocatoria se realiza en virtud de la Ley No. 110 de 2010, que modifica la División Político Administrativa, y la Ley No. 72 de 1992, Ley Electoral.
- Se convoca a los delegados electos a constituir las asambleas provinciales del Poder Popular en Artemisa y Mayabeque.
- Las asambleas provinciales deben elegir a sus presidentes y vicepresidentes mediante voto secreto.
- El Presidente del Consejo de Estado designa a uno de los vicepresidentes para presidir las sesiones constitutivas.
- Las asambleas municipales de Cárdenas, Manuel Tames y otras deben sesionar el 9 de enero de 2011 para incorporar a los delegados electos de los territorios incorporados.
Texto íntegro
## Contents
Información en este número
CONSEJO DE ESTADO
Acuerdo
______
RO RUZ, Presidente del Consej
a,
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado ha consideralo siguiente:
POR CUANTO: La Ley No. 110 de 1 ro. de agosto de 2010 “Modifica
- 76 De la División Político Administrativa”, encargó al Consejo de Estado disponer lo pertinente para garantizar el reordenamiento y la constitución de los órganos del Poder Popular en las nuevas provincias de Artemisa y Mayabeque, así como en los municipios incluidos en el proceso de reordenamiento territorial aprobado.
POR CUANTO: La Ley No. 72 de 29 de octubre de 1992 “Ley Electoral”, establece
- mbleas provinciales del Poder Popular electos, se reúnen por derecho propio, convocados por el Consejo de Estado, para constituir las asambleas provinciales del Poder Popular, y elegir mediante voto secreto a sus respectivos presidentes y vicepresidentes.
POR TANTO: El Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le est
- ACUERDO
PRIMERO: Convocar a los delegados a las asamblea
Popular elect
- p
asambleas provinciales del Poder Popular y elijan a sus presidentes y vicepresidentes.
SEGUNDO: El Presidente del Consejo de Estado designa de entre los vicepresidentes de ese
- á las sesiones constitutivas de las asambleas provinciales del Poder Popular de Artemisa y Mayabeque.
TERCERO: Disponer que las asambleas municipales del Poder Popular de Cárdenas, Manuel Tames, B
- zas, sesionen el día 9 de enero de 2011, a los efectos de incorporar como integrantes de esos órganos a los delegados electos en las circunscripciones de los territorios que se le incorporan. Comuníquese lo acordado al Presidente de la Asamblea Nacional del
ídicas corresponda, y publíquese en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a l
10.Raúl Castro Ruz
de Estado