Renovación de Licencia a la Empresa Provincial Constructora de la Administración Local No. 6

Organismo
Ministerio de la Construcción
Fecha emisión
2014-10-07
Publicada en
Gaceta No. 58 Ordinaria de 2014 (2014-12-10)
Páginas
12–13
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Esta resolución regula la renovación de la licencia a la Empresa Provincial Constructora de la Administración Local No. 6, emitida por el Ministerio de la Construcción.

Texto íntegro

Resolución No.184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.

POR CUANTO: La Empresa Provincial Constructora de la Administración Local No. 6, en forma abreviada ECAL No. 6, del Órgano Provincial del Poder Popular en la provincia de La Habana ha solicitado la Renovación de la Licencia No. 782/13, vigente hasta el 21 de noviembre de 2014, la que fue anteriormente renovada mediante la Resolución Ministerial No.137 de 26 de abril de 2013, para continuar ejerciendo como Constructor.

POR CUANTO: Corresponde al Ministro de la Construcción resolver sobre las solicitudes de Renovación de Licencias presentadas ante el Encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa Provincial Constructora de la Administración Local No. 6, en forma abreviada ECAL No. 6, del Órgano Provincial del Poder Popular en la provincia de La Habana.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, en el artículo 100, inciso a) de la Constitución de la República,

R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Renovación de la Licencia solicitada por la Empresa Provincial Constructora de la Administración Local No. 6, en forma abreviada ECAL No. 6, del Órgano Provincial del Poder Popular en la provincia de La Habana, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

SEGUNDO: Mediante la Renovación de la Licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución, la Empresa Provincial Constructora de la Administración Local No. 6, en forma abreviada ECAL No. 6, podrá ejercer como Constructor autorizada para la realización de los siguientes servicios:

GACETA OFICIAL 10 de diciembre de 20141652 Alcance de los servicios autorizados: 1. Servicios de Constructor:a) Brindar servicios de construcción civil y montaje de nuevas obras, edificaciones e instalaciones, de demolición, desmontaje, remodelación, restauración, reconstrucción y rehabilitación de edificaciones en los objetivos autorizados así como de reparación y mantenimiento constructivo. b) Construcción de túneles y obras subterráneas. c) Brindar servicios de montaje y desmontaje de divisiones ligeras, falso techo y similares. d) Brindar servicios de montaje, reparación y mantenimiento de elementos de carpintería de madera y aluminio y accesorios. e) Servicios de tratamientos de superficies y aplicaciones en general de pinturas, barnices y similares. f) Servicios de impermeabilización de cubiertas en general. g) Construcción y montaje de rejas ornamentales y elementos metálicos de cierre. h) Recogida de escombros asociados al proceso constructivo 1.1 Tipos de Objetivos:a) Obras de Arquitectura. b) Viviendas de todo tipo.

TERCERO: La Renovación de la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirá por un término de dieciocho (18) meses, a partir del vencimiento de la vigencia de la Licencia anteriormente otorgada.

CUARTO: Esta Entidad presta sus servicios sin estar certificado su Sistema de Gestión de la Calidad por las Normas ISO-9000 vigentes.

QUINTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto. NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. Comuníquese al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, a los Viceministros a cargo de las Áreas de Producción y Técnica del Ministerio de la Construcción, y al Director de Inspección Estatal del Organismo. Archívese el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio. Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADA en La Habana, a los 7 días del mes de octubre de 2014.René Mesa Villafaña Ministro de la Construcción______________RESOLUCIÓN No. 292/2014

POR CUANTO: El Acuerdo No. 4086 de fecha 2 de julio de 2001, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, establece entre las atribuciones y funciones específicas del Ministerio de la Construcción, las de elaborar, aprobar y controlar las Normas Nacionales correspondientes a los procesos de Licitación de Obras, Proyectos y otros trabajos relacionados con la construcción, así como las de evaluar, inscribir y otorgar Licencias a personas naturales y jurídicas cubanas y extranjeras, que pretendan actuar como Contratistas, Subcontratistas, Constructores, Proyectistas, Consultores, Administradores de Proyectos, realizar Investigaciones Ingenieras, ejecutar o participar en la ejecución de cualquier Proyecto o Servicio relacionado con la Construcción en la República de Cuba.

POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada por el Ministro de la Construcción y Modificada por esta propia autoridad por la