Convenio para el Intercambio Comercial Compensado entre Cuba y Belarús

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
2015-06-10
Publicada en
Gaceta No. 31 Ordinaria de 2015 (2015-07-28)
Páginas
3–9
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Resolución No. 643/2015

ISSN 1682-7511 DE LA REPÚBLICA DE CUBAMINISTERIO DE JUSTICIAEDICIÓN ORDINARIA LA HABANA, MARTES 28 DE JULIO DE 2015 AÑO CXIIISitio Web: http://www.gacetaoficial.cu/—Calle Zanja No. 352 esquina a Escobar, Centro Habana Teléfonos: 7878-3849, 7878-4435 y 7873-7962 Número 31 Página 953 CONSEJO DE ESTADO______RAÚL CASTRO RUZ, Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en virtud de lo establecido en el artículo 93 inciso j) de la Constitución de la República, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 26 y 27 del Decreto-Ley Número 191, de fecha 8 demarzo de 1999, ―De los Tratados Internacionales‖.SABED: Que el veinticuatro de junio de 2014, fue firmado en La Habana el Convenio para el Intercambio Comercial Compensado entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la República de Belarús. QUE el Consejo de Ministros de la República de Cuba, haciendo uso de las facultades que le otorga el inciso ch), del artículo 98 de la Constitución de la República, con fecha veinticinco de septiembre de 2014 acordó aprobar y someter a la ratificación del Consejo de Estado el Convenio para el Intercambio Comercial Compensado entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la República de Belarús. QUE el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el inciso m) del artículo 90 de la Constitución de la República, el día diecisiete de octubre de 2014, acordó la ratificación de Cuba al citado Convenio.QUE el día cuatro de noviembre de 2014, la República de Cuba le comunicó a la República de Belarús el cumplimiento de sus requisitos legales internos para la entrada en vigor del referido Convenio y, a su vez, el día trece de mayo de 2015, la República de Belarús le comunicó a la República de Cuba el cumplimiento de sus requisitos legales internos, a los fines de su entrada en vigor el día catorce de mayo de 2015, conforme al artículo 9 del mismo.

POR TANTO: El Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas, dispone que se publique la presente PROCLAMA en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.

DADA en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 10 días del mes de junio de 2015.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado________________RAÚL CASTRO RUZ, Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en virtud de lo establecido en el artículo 93 inciso j) de la Constitución de la República, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 26 y 27 del Decreto-Ley Número 191, de fecha 8 demarzo de 1999, ―De los Tratados Internacionales‖.

GACETA OFICIAL 28 de julio de 2015954 SABED: Que el veinticuatro de junio de 2014, fue firmado en La Habana el Convenio para el Intercambio Comercial Compensado entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la República de Belarús. QUE el Consejo de Ministros de la República de Cuba, haciendo uso de las facultades que le otorga el inciso ch), del artículo 98 de la Constitución de la República, con fecha veinticinco de septiembre de 2014 acordó aprobar y someter a la ratificación del Consejo de Estado el Convenio para el Intercambio Comercial Compensado entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la República de Belarús. QUE el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el inciso m) del artículo 90 de la Constitución de la República, el día diecisiete de octubre de 2014, acordó la ratificación de Cuba al citado Convenio. QUE el día cuatro de noviembre de 2014, la República de Cuba le comunicó a la República de Belarús el cumplimiento de sus requisitos legales internos para la entrada en vigor del referido Convenio y, a su vez, el día trece de mayo de 2015, la República de Belarús le comunicó a la República de Cuba el cumplimiento de sus requisitos legales internos, a los fines de su entrada en vigor el día catorce de mayo de 2015, conforme al artículo 9 del mismo.

POR TANTO: El Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas, dispone que se publique la presente PROCLAMA en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.

DADA en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 10 días del mes de junio de 2015.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de EstadoRAÚL CASTRO RUZ, Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba, en virtud de lo establecido en el artículo 93 inciso j) de la Constitución de la República, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 26 y 27 del Decreto-Ley Número 191, de fecha 8 demarzo de 1999, ―De los Tratados Interna-cionales‖.SABED: Que el primero de noviembre de 2013, fue firmado en la ciudad de México el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos sobre reconocimiento y revalidación mutuos de títulos, diplomas y estudios de educación superior. QUE el Consejo de Ministros de la República de Cuba, haciendo uso de las facultades que le otorga el inciso ch), del artículo 98 de la Constitución de la República, con fecha siete de junio de 2014 acordó aprobar y someter a la ratificación del Consejo de Estado el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos sobre reconocimiento y revalidación mutuos de títulos, diplomas y estudios de educación superior. QUE el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el inciso m) del artículo 90 de la Constitución de la República, el día primero de julio de 2014, acordó la ratificación de Cuba al citado Acuerdo. QUE el día veintiuno de julio de 2014, la República de Cuba le comunicó a los Estados Unidos Mexicanos el cumplimiento de sus requisitos legales internos para la entrada en vigor del referido Acuerdo y, a su vez, el día nueve de junio de 2015, los Estados Unidos Mexicanos le comunicó a la República de Cuba el cumplimiento de sus requisitos legales internos, a los fines de su entrada en vigor el día nueve de julio de 2015, conforme al artículo 15 del mismo.

POR TANTO: El Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba,

28 de julio de 2015 GACETA OFICIAL 955 en uso de las atribuciones que le están conferidas, dispone que se publique la presente PROCLAMA en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.

DADA en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 17 días del mes de junio de 2015.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado________________El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90 inciso q) de la Constitución, y a propuesta del Fiscal General, tal como establece la Ley No. 83 de 1997, ―De la Fiscalía Generalde la República‖, ha adoptado el siguiente: ACUERDO

PRIMERO: Designar a la compañera RAQUEL RODRÍGUEZ FRAGA en el cargo de Fiscal de la Fiscalía General de la República.

SEGUNDO: Comuníquese el presente Acuerdo a la interesada, al Fiscal General, y a cuantas personas naturales y jurídicas corresponda, y publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 3 días del mes de junio de 2015.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado________________El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90, inciso q) de la Constitución, y a propuesta conjunta del Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Presidente del Tribunal Supremo Popular, tal como establece la Ley No. 97 de fecha 21 de diciembrede 2002, ―De los Tribunales Militares‖,ha adoptado el siguiente: ACUERDO

PRIMERO: Elegir en el cargo de Juez Profesional Titular de Tribunal Militar de Región al Teniente DAYRON REVEL DOMÍNGUEZ ROJAS.

SEGUNDO: El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y el Presidente del Tribunal Supremo Popular quedan encargados del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.

TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 10 días del mes de junio de 2015.________________El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90, inciso q) de la Constitución, y a propuesta conjunta del Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Presidente del Tribunal Supremo Popular, tal como establece la Ley No. 97 de fecha 21 de diciembrede 2002, ―De los Tribunales Militares‖,ha adoptado el siguiente: ACUERDO

PRIMERO: Elegir en el cargo de Juez Profesional Titular de Tribunal Militar Territorial al Capitán ERIK VÍCTOR DIÉGUEZ MIGOYA.

SEGUNDO: El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y el Presidente del Tribunal Supremo Popular quedan encargados del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.

TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 10 días del mes de junio de 2015.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado________________El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90, inciso q) de la Constitución, y a propuesta conjunta del Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Presidente del Tribunal Supremo Popular, tal como establece la Ley No. 97 de fecha 21 de diciembre de 2002,

GACETA OFICIAL 28 de julio de 2015956―De los Tribunales Militares‖, ha adoptadoel siguiente: ACUERDO

PRIMERO: Elegir en el cargo de Juez Profesional Titular de Tribunal Militar de Región a la Teniente DAYAMI NÚÑEZ CHAVECO.

SEGUNDO: El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y el Presidente del Tribunal Supremo Popular quedan encargados del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.

TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 10 días del mes de junio de 2015.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado________________El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90, inciso q) de la Constitución, y a propuesta conjunta del Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Presidente del Tribunal Supremo Popular, tal como establece la Ley No. 97 de fecha 21 de diciembrede 2002, ―De los Tribunales Militares‖,ha adoptado el siguiente: ACUERDO

PRIMERO: Elegir en el cargo de Juez Profesional Titular de Tribunal Militar de Región al Teniente RAYNEL ROSALES ESCOBAR.

SEGUNDO: El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y el Presidente del Tribunal Supremo Popular quedan encargados del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.

TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 10 días del mes de junio de 2015.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90 inciso q) de la Constitución, y a propuesta del Fiscal General, tal como establece la Ley No. 83 de 1997, ―De la Fiscalía General de la República‖, ha adoptado el siguiente: ACUERDO

PRIMERO: Designar al compañero RAFAEL ÁNGEL SOLER LÓPEZ en el cargo de Fiscal de la Fiscalía General de la República.

SEGUNDO: Comuníquese el presente Acuerdo al interesado, al Fiscal General, y a cuantas personas naturales y jurídicas corresponda, y publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 10 días del mes de junio de 2015.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado________________El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90 inciso q) de la Constitución, y a propuesta del Fiscal General, tal como establece la Ley No. 83 de 1997, ―De la Fiscalía General de la República‖, ha adoptado el siguiente: ACUERDO

PRIMERO: Designar a la compañera ELAINE ALEIDA SÁNCHEZ FIGUE- REDO en el cargo de Fiscal de la Fiscalía General de la República.

SEGUNDO: Comuníquese el presente Acuerdo a la interesada, al Fiscal General, y a cuantas personas naturales y jurídicas corresponda, y publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 12 días del mes de junio de 2015.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado________________El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le

28 de julio de 2015 GACETA OFICIAL 957 están conferidas en el artículo 90 inciso q) de la Constitución, y a propuesta del Fiscal General, tal como establece la Ley No. 83 de 1997, ―De la Fiscalía General de la Repú-blica‖, ha adoptado el siguiente: ACUERDO

PRIMERO: Designar a la compañera YANICIA GARCÍA SÁNCHEZ en el cargo de Fiscal de la Fiscalía General de la República.

SEGUNDO: Comuníquese el presente Acuerdo a la interesada, al Fiscal General, y a cuantas personas naturales y jurídicas corresponda, y publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 12 días del mes de junio de 2015.Raúl Castro Ruz Presidente del Consejo de Estado________________DIRECCIÓN DE PROTOCOLOA las 09:00 horas del día 22 de mayo de 2015 y de acuerdo con el ceremonial diplomático vigente, fue recibido en audiencia solemne por la compañera Gladys Bejerano Portela, Vicepresidenta del Consejo de Estado de la República de Cuba, el Excmo. Sr. Peter Benjamin, para el acto de presentación de sus cartas credenciales como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Gobierno de Antigua y Barbuda ante el Gobierno de la República de Cuba. Ciudad de La Habana, 22 de mayo de 2015.- Miguel A. Lamazares Puello, Director de Protocolo.________________A las 09:30 horas del día 22 de mayo de 2015 y de acuerdo con el ceremonial diplomático vigente, fue recibido en audiencia solemne por la compañera Gladys Bejerano Portela, Vicepresidenta del Consejo de Estado de la República de Cuba, el Excmo. Sr. Yashar Teymur Oglu Aliyev, para el acto de presentación de sus cartas credenciales como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Gobierno de la República de Azerbaiyán ante el Gobierno de la República de Cuba. Ciudad de La Habana, 22 de mayo de 2015.- Miguel A. Lamazares Puello, Director de Protocolo. ________________ A las 10:00 horas del día 22 de mayo de 2015 y de acuerdo con el ceremonial diplomático vigente, fue recibido en audiencia solemne por la compañera Gladys Bejerano Portela, Vicepresidenta del Consejo de Estado de la República de Cuba, el S. E. R. Monseñor Giorgio Lingua, para el acto de presentación de sus cartas credenciales como Nuncio Apostólico de la Santa Sede ante el Gobierno de la República de Cuba. Ciudad de La Habana, 22 de mayo de 2015.- Miguel A. Lamazares Puello, Director de Protocolo.MINISTERIOS______COMERCIO EXTERIOR Y LA INVERSIÓN EXTRANJERARESOLUCIÓN No. 212 de 2015

POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", establece el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación de licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud de inscripción presentada por la compañía china ZHEJIANG TEAMS INTER- NATIONAL ECONOMIC & TECHNICAL CORPORATION CO., LTD., y del análisis

GACETA OFICIAL 28 de julio de 2015958 efectuado se ha considerado procedente acceder a la solicitud formulada.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el numeral 4 del Apartado Tercero del