El Consejo de Estado de la República de Cuba designa a un Embajador Extraordinario y Plenipotenciario mediante este acuerdo. La designación se realiza en virtud de las atribuciones conferidas en la Constitución de la República.
- Se designa a Pedro Luis Despaigne González como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario.
- Se acredita ante el Gobierno de la República de Ghana.
- El Ministro de Relaciones Exteriores es responsable del cumplimiento del acuerdo.
- La publicación en la Gaceta Oficial de la República es requisito para su efectividad.
Texto íntegro
El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le estánconferidas en el artículo 90, inciso j) de la Constitución de la República, ha adoptado elsiguiente:
ACUERDO
PRIMERO: Designar a PEDRO LUIS DESPAIGNE GONZÁLEZ Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República.
SEGUNDO: Disponer que PEDRO LUIS DESPAIGNE GONZÁLEZ, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba, se acredite ante el Gobiernode la República de Ghana.
TERCERO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado del cumplimientode lo dispuesto en el presente Acuerdo.
CUARTO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 8 días del mes de febrerode 2016.
Raúl Castro Ruz
Presidente del Consejo de Estado
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