El Consejo de Estado regula las elecciones para Asambleas Municipales del Poder Popular. Esta norma establece la fecha para elegir a los delegados a estas asambleas.
- Las elecciones se efectuarán el 22 de octubre de 2017.
- Se realizarán elecciones de segunda vuelta el 29 de octubre de 2017.
- La segunda vuelta es necesaria si ningún candidato obtiene más del 50% de los votos válidos.
- El mandato de los delegados es de dos años y medio.
- La fecha de elecciones para asambleas provinciales y diputados a la Asamblea Nacional será dispuesta posteriormente.
Texto íntegro
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SEGUNDO: Las elecciones para elegir por el término de dos años y medio a los dele-gados a las Asambleas Municipales del Poder Popular se efectuarán el día 22 de octubrede 2017.
TERCERO: Asimismo, el domingo siguiente, 29 de octubre, se realizarán eleccionesde segunda vuelta en aquellas circunscripciones en que ninguno de los candidatos hubiereobtenido más del cincuenta por ciento de los votos válidos emitidos.
CUARTO: La fecha de las elecciones para elegir delegados a las asambleas provincia-les y diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular será dispuesta posteriormente.
QUINTO: Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 13 días del mes de juniode 2017.
Raúl Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado