Resolución 410/2018
La Resolución No. 410/2018 del Ministerio de la Construcción autoriza la inscripción de la Empresa Provincial de Construcción, integrada al Grupo Empresarial Artemisa, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba.
- Se autoriza la inscripción de la Empresa Provincial de Construcción para brindar servicios de construcción civil y montaje de nuevas obras.
- La empresa está autorizada para realizar servicios de constructor, incluyendo construcción de viviendas hasta dos niveles y obras de arquitectura hasta dos niveles.
- La licencia otorgada tendrá un término de 18 meses, a partir de la vigencia de su inscripción.
- La empresa no está certificada por las Normas ISO – 9000 vigentes en su sistema de gestión de la calidad.
- Se concede un plazo de 90 días naturales para formalizar su inscripción en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 410/2018
POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptado por el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del Ministerio de la Cons-trucción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjerasque pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administradorde proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participar en cualquierforma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción enla República de Cuba.
POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada porel Ministro de la Construcción y Modificada por esta propia autoridad por la Resolución No. 184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitacio-nes de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al Ministro dela Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.
POR CUANTO: La Empresa Provincial de Construcción, integrada al Grupo Empresarial Artemisa, con domicilio legal en la provincia de Artemisa, ha solicitado autorización para Registrarse y poder ejercer como Constructor.
POR CUANTO: El Reglamento del Registro Nacional de Constructores, Proyectistasy Consultores de la República de Cuba, establece que corresponde al Ministro de la Cons-trucción, resolver sobre las solicitudes de inscripción presentadas ante dicho Registro,adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16,trasladó al Presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus reco-mendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por Empresa Provincial de Construcción, integrada al Grupo Empresarial Artemisa, con domicilio legalen la provincia de Artemisa.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas, en el artículo 100,inciso a) de la Constitución de la República,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Autorizar la Inscripción de la Empresa Provincial de Construcción, integradaal Grupo Empresarial Artemisa, con domicilio legal en la provincia de Artemisa, en el Regis-tro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscriptoa la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Serviciosde la Construcción.
SEGUNDO: Mediante la Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución,se avala que, la Empresa Provincial de Construcción, cuenta con la capacidad técnica nece-saria para la realización de los siguientes servicios:
Alcance de los servicios autorizados:
1. Servicios de Constructor:
a) Brindar servicios de Construcción Civil y Montaje de nuevas Obras en los objetivosautorizados.
1.1. Tipos de Objetivos:
a) Obras de Arquitectura hasta dos niveles.
b) Viviendas hasta dos niveles incluyendo su estructura.
c) Viviendas de más de dos niveles solo en las actividades de albañilería, instalaciones yterminaciones.
2. Servicios de Constructor:
a) Brindar servicios de apuntalamiento, demolición, conservación, reconstrucción, remodela-ción, rehabilitación, reparación y mantenimiento constructivo en los objetivos autorizados.
b) Áreas Verdes vinculadas al proceso constructivo.
c) Recogida de escombros y desechos sólidos vinculados al proceso constructivo y factoresclimáticos.
2.1. Tipos de Objetivos:
a) Obras de Arquitectura.
b) Áreas verdes vinculadas al proceso constructivo.
c) Obras viales.
d) Recogida de escombros vinculada al proceso constructivo.
e) Viviendas en general.
TERCERO: La Licencia que se otorgue, al amparo de la presente Resolución, se expedirápor un término de dieciocho (18) meses, a partir de la vigencia de su inscripción.
CUARTO: Esta Entidad presta sus servicios sin estar certificado su Sistema de Gestiónde la Calidad por las Normas ISO – 9000 vigentes.
QUINTO: El Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consul-tores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto.
SEXTO: Se concede un plazo de noventa (90) días naturales, contados a partir de lafecha de notificación de la presente Resolución para que la entidad cuya inscripción seautoriza en el Apartado Primero, formalice su inscripción en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba.
El incumplimiento del plazo establecido en este Apartado se interpretará como el desis-timiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, consecuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la Repú-blica de Cuba procederá al archivo del expediente incoado.
NOTIFÍQUESE la presente Resolución al Encargado del Registro Nacional de Construc-tores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado denotificar al interesado.
COMUNÍQUESE al Presidente y Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, a losviceministros del Ministerio de la Construcción y al Director de la Unidad de Inspección Estatal de la Construcción.
ARCHÍVESE el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADA en La Habana, a los 10 días del mes de septiembre de 2018.
Ing. René Mesa Villafaña
Ministro de la Construcción
________________