Ampliación de licencia a la Empresa Eléctrica de Pinar del Río

Organismo
Ministerio de la Construcción
Fecha emisión
2018-03-09
Publicada en
Gaceta No. 47 Ordinaria de 2018 (2018-12-13)
Páginas
36–37
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La Resolución No. 215/2018 del Ministerio de la Construcción amplía la licencia a la Empresa Eléctrica de Pinar del Río para ejercer como Proyectista. La licencia original fue otorgada el 19 de octubre de 2016 y se amplía por el término restante hasta su vencimiento.

Texto íntegro

GOC-2018-949-O47 RESOLUCIÓN No. 215/2018

POR CUANTO: El Acuerdo No. 7641 de fecha 14 de octubre de 2014, adoptado por el Consejo de Ministros, establece entre las funciones específicas del ministerio de la Construcción, las de inscribir y otorgar licencias a personas jurídicas, cubanas y extranjeras que pretendan actuar como contratista, constructor, proyectista, consultor, administrador de proyectos, realizar investigaciones ingenieras, construir o participar en cualquier forma que materialmente signifique prestar servicios relacionados con la construcción en la República de Cuba.

POR CUANTO: La Resolución No. 328 de fecha 28 de octubre de 1996, dictada por el ministro de la Construcción y Modificada por esta propia autoridad por la Resolución No.184 de 29 de mayo de 2014, creó la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, adscripta al ministro de la Construcción, el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba y puso en vigor su Reglamento.

POR CUANTO: La Empresa Eléctrica de Pinar del Río ,en forma abreviada OBE Pinar del Río, ha solicitado la Ampliación de la licencia No.1134/16, vigente hasta el 1 9 d e a b r i l d e 2 0 1 8 , solicitando su inscripción para poder ejercer además como Proyectista.

POR CUANTO: Corresponde al ministro de la Construcción, resolver sobre las solicitudes de Ampliación de licencias presentadas ante el encargado del Registro, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

POR CUANTO: El encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, una vez dictaminada la solicitud, trasladó al presidente de la Comisión Nacional el Expediente incoado, el que con sus recomendaciones, ha elevado al que resuelve, en virtud de la solicitud presentada por la Empresa Eléctrica de Pinar del Río, en forma abreviada OBE Pinar del Río, del ministerio de Energía y Minas en la propia provincia.

POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,en el artículo 100, inciso a) de la Constitución de la República.

R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la Ampliación de la licencia solicitada por la Empresa Eléctrica de Pinar del Río, en forma abreviada OBE Pinar del Río, del ministerio de Energía y Minas en la propia provincia, en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, adscripto a la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción.

SEGUNDO: Mediante la Ampliación de la licencia otorgada, al amparo de la presente Resolución se avala que, la Empresa Eléctrica de Pinar del Río, en forma abreviada OBE Pinar del Río, cuenta con la capacidad técnica necesaria para la realización los siguientesservicios:

1268 gACETA OFICIAL 13 de diciembre de 2018 Alcance de los servicios autorizados:1. Servicios técnicos:a) Servicios técnico-profesionales de proyección y diseño. b) Servicios técnico-profesionales de ingeniería en control, dirección facultativa de obras, supervisión y dictámenes técnicos.1.1. Tipos de Objetivos:a) Instalaciones eléctricas aéreas y soterradas, redes eléctricas y otras inversiones y obras del sistema de la Unión Eléctrica y para otras entidades.

TERCERO: La Ampliación de la licencia, que para ejercer como Proyectista, se otorgue al amparo de la presente Resolución, se expedirá por el término que resta para el vencimiento de la licencia que como constructor, le fuera concedida el 19 de octubre de 2016.

CUARTO: Esta entidad presta sus servicios sin estar certificado su Sistema de Gestión de la Calidad por las Normas ISO – 9000 vigentes.

QUINTO: El encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, queda responsabilizado con el cumplimiento de lo dispuesto. NOTIFÍQUESE la presente Resolución al encargado del Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, quien queda responsabilizado de notificar al interesado. COMUNÍIQUESE al presidente y vicepresidente Ejecutivo de la Comisión Nacional de Contratación y Licitaciones de Obras, Proyectos y Otros Servicios de la Construcción, a los Viceministros del ministerio de la Construcción y al director de la Unidad de Inspección Estatal de la Construcción.

ARCHÍVESE el original en la Dirección de Asesoría Jurídica de este ministerio.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADA en La Habana, a los 9 días del mes de marzo de 2018.Ing. René Mesa Villafaña Ministro de la Construcción________________