Sobre la elección de un Diputado para cubrir un cargo vacante

Organismo
Consejo de Estado de la República de Cuba
Fecha emisión
2018-11-05
Publicada en
Gaceta No. 20 Ordinaria de 2019 (2019-03-19)
Páginas
4
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El Consejo de Estado de la República de Cuba regula el procedimiento para cubrir un cargo vacante de diputado en la Asamblea Nacional del Poder Popular. Esta norma se emite en virtud de lo establecido en la Ley Electoral y la Constitución de la República.

Texto íntegro

GOC-2019-277-O20 El Consejo de Estado de la República de Cuba, en correspondencia con lo que establece el artículo 153 de la Ley No. 72 de 29 de octubre de 1992, Ley Electoral, en relación con el modo de cubrir cargos vacantes de diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular, y en uso de las atribuciones que le están conferidas en el artículo 90, inciso q) de la Constitución de la República, ha adoptado el siguiente: ACUERDO

PRIMERO: Disponer que la Asamblea Municipal del Poder Popular de Camagüey, provincia de Camagüey, constituida en colegio electoral, y según el procedimiento establecido en la Ley Electoral, proceda a elegir un Diputado para cubrir un cargo vacante en la Asamblea Nacional del Poder Popular.

SEGUNDO: Comuníquese el presente Acuerdo, a los efectos procedentes, al Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, a los presidentes de las asambleas Provincial de Camagüey y Municipal de Camagüey, respectivamente, a cuantas personas naturales y jurídicas resulte procedente, y publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los cinco días del mes de noviembre de 2018.Miguel Díaz - Canel Bermúdez Presidente del Consejo de Estado________________