El Consejo de Estado acredita a un embajador ante el Gobierno de Japón según sus atribuciones constitucionales.
- Se acredita a MIGUEL ÁNGEL RAMÍREZ RAMOS como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Cuba ante Japón.
- El artículo 122, inciso o) de la Constitución de Cuba otorga la atribución al Consejo de Estado.
- El ministro de Relaciones Exteriores es responsable del cumplimiento de este Acuerdo.
- El Acuerdo debe publicarse en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
GOC-2019-896-O80 El Consejo de Estado, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el inciso o) del artículo 122 de la Constitución de la República de Cuba, ha adoptado el siguiente:ACUERDOPRIMERO: Disponer que MIGUEL ÁNGEL RAMÍREZ RAMOS, Embajador Ex-traordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba, se acredite ante el Gobierno de Japón.
SEGUNDO: El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 16 días del mes de septiem-bre de 2019, “Año 61 de la Revolución”. Miguel Díaz - Canel Bermúdez Presidente del Consejode Estado ________________