El Consejo de Estado acredita a un embajador ante el Gobierno de Guinea según el artículo 122 de la Constitución de Cuba.
- Se acredita a CARLOS MOYA RAMOS como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Cuba ante Guinea.
- El Ministro de Relaciones Exteriores es responsable del cumplimiento de este acuerdo.
- La acreditación se realiza según el inciso o) del artículo 122 de la Constitución de Cuba.
- El acuerdo fue dado en el Palacio de la Revolución en La Habana el 26 de noviembre de 2019.
Texto íntegro
GOC-2020-126-O12 El Consejo de Estado en uso de las atribuciones que le están conferidas en el inciso o), del artículo 122 de la Constitución de la República de Cuba, ha adoptado el siguiente: ACUERDO
PRIMERO: Disponer que CARLOS MOYA RAMOS, Embajador Extraordinario y Pleni-potenciario de la República de Cuba, se acredite ante el Gobierno de la República de Guinea.
SEGUNDO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.
356 GACETA OFICIAL 13 de febrero de 2020
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República, a los efectos procedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 26 días del mes de noviembre de 2019, “Año 61 de la Revolución”.Esteban Lazo Hernández Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Polpular________________