Acuerdo 38

Clasificación de puertos de interés general de segunda categoría

Organismo
Ministerio del Transporte
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 12 Extraordinaria de 2006 (2006-06-21)
Páginas
15–17
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Esta norma clasifica los puertos de interés general de segunda categoría en Cuba y es emitida por el Ministerio del Transporte.

Texto íntegro

Decreto-Ley No. 147 “De la Reorganización de los organismos de la Administración Central del Estado” de fecha 21 de abril de 1994, el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros adoptó el Acuerdo número 2832 con fecha 25 de noviembre del mismo año, mediante el cual aprobó con carácter provisional y hasta tanto sea adoptada la nueva legislación, el objetivo y las atribuciones específicas del Ministerio del Transporte; Acuerdo que en su Apartado Segundo expresa que dicho Ministerio es el organismo encargado de dirigir, ejecutar y controlar la política del Estado y del Gobierno en cuanto al transporte terrestre, marítimo y fluvial, sus servicios auxiliares y conexos y la navegación civil marítima.

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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 230 “DE PUERTOS”, de 28 de agosto del 2002, regula la organización portuaria nacional y el desarrollo sostenible de los puertos; asimismo, determina y clasifica los puertos y regula la prestación de los servicios marítimo-portuarios.

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POR CUANTO: El referido Decreto-Ley No. 230, en su

Artículo 9, considera como puertos de interés general de segunda categoría aquellos en que se realicen actividades de tráfico marítimo internacional de forma esporádica o se dediquen a las actividades de comercio de cabotaje de importancia para la economía nacional.

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POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 230 antes mencionado, dispone en su

Artículo 14 que la clasificación de los puertos así como sus modificaciones corresponden al Ministerio del Transporte.

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POR CUANTO: La Disposición Final SEGUNDA del referido Decreto-Ley No. 230, faculta al que RESUELVE para dictar cuantas normas complementarias resulten necesarias para la mejor ejecución de lo establecido en dicho cuerpo legal.

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POR CUANTO: En correspondencia con lo establecido en el antes citado Decreto-Ley No. 230; resulta necesario clasificar, en la forma que se consigna en la parte dispositiva de esta Resolución, a los puertos cubanos que por su importancia se consideran de interés general de segunda categoría.

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POR CUANTO: El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, al amparo de lo dispuesto en la Disposición Final Séptima del Decreto-Ley No. 147/94, adoptó el Acuerdo 2817 de 25 de noviembre de 1994, cuyo Apartado Tercero establece los deberes, las atribuciones y las funciones comunes de los organismos de la Administración Central del Estado y de sus jefes, entre los que se encuentran, conforme al numeral 4), “Dictar, en el límite de sus facultades y competencia, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del organismo y, en su caso, para los demás organismos, los órganos locales del Poder Popular, las entidades estatales, el sector cooperativo, mixto, privado y la población”.

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de la República de Cuba, de fecha 19 de junio del 2003, se designó al que RESUELVE en el cargo de Ministro del Transporte.

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POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Clasificar como puertos de interés general de segunda categoría a los siguientes:

- 1. Puerto de Santa Lucía.

- 2. Puerto de Carúpano.

- 3. Puerto de Vita.

- 4. Puerto de Antilla.

- 5. Puerto de Felton.

- 6. Puerto de Nicaro.

- 7. Puerto de Baracoa.

- 8. Puerto de Guantánamo.

- 9. Puerto de Manzanillo.

- 10. Puerto de Guayabal.

- 11. Puerto de Palo Alto.

- 12. Puerto de Casilda. La clasificación de dichos puertos se hace atendiendo a las características siguientes:

Puerto de Santa Lucía: El más occidental de la costa norte de Cuba. Su actividad principal es el cabotaje de ácido sulfúrico que se realiza desde el muelle “Patricio Lumumba” donde se puede atracar un buque de hasta 91 metros de eslora. Dispone de otro muelle para embarcaciones menores desde el cual se embarcan áridos de forma esporádica, así como de un fondeadero exterior con capacidad para 23 buques de hasta 200 metros de eslora.

Puerto de Carúpano: Situado en la parte oeste de la bahía de Puerto Padre, sus instalaciones ocupan la costa oeste de Cayo Juan Claro y el fondeadero ubicado en el área central de la bahía, que admite hasta cuatro buques de 199 metros de eslora. Su actividad principal es la exportación de azúcar a granel y la importación de productos varios como: chatarra, alimentos y otros. Posee un espigón destinado a las operaciones de carga general y descarga de hormigón, así como radican en el mismo una Base Náutica Deportiva y un Establecimiento Pesquero.

Puerto de Vita: Su actividad principal es la importación de carga general y el servicio de cabotaje. Cuenta con un muelle que admite atracar un buque de hasta 156 metros de eslora, y también con una Marina para el turismo que admite hasta 39 yates menores de 15 metros de eslora.

Puerto de Antilla: Situado en la Bahía de Nipe, se dedica principalmente a la importación de alimentos de forma esporádica. Posee un espigón con una longitud de 139 metros, con tomas para mieles.

Puerto de Felton: Situado en la Bahía de Nipe, su actividad principal es la descarga de materia prima y áridos, así como la importación de carbón y combustible. Admite en su muelle buques de hasta 177 metros de eslora, contando además con un campo de boyas donde pueden amarrarse buques con una eslora máxima de 260 metros y mínima de 207 metros.

Puerto de Nicaro: Su actividad principal es la carga y descarga de minerales, entre ellos carbón y petróleo, así como de amoníaco y de carga general, con un espigón de 223 metros de longitud habilitado para dicha actividad que incluye una línea de ferrocarril y una grúa de pórtico.

Puerto de Baracoa: Es el más oriental de los puertos cubanos. Su actividad es el cabotaje de productos alimenticios y materiales de construcción. Sus fondeaderos están situados en la parte central de la bahía y en la bahía de miel, con capacidad para buques de entre 80 y 120 metros de eslora. Posee un pequeño embarcadero que admite embarcaciones con desplazamiento menor de 80 toneladas.

Puerto de Guantánamo: Su actividad principal es la importación de alimentos y el servicio de cabotaje, con atraque para buques de hasta 170 metros de eslora y dos atraques para patanas, uno en Boquerón y el otro en Caimanera. El fondeadero tiene capacidad para tres buques entre 150 y 170 metros de eslora. En este puerto existe una Base Náutica Deportiva.

Puerto de Manzanillo: Su actividad principal es la importación de carga general. Las operaciones portuarias se realizan en los fondeaderos que tienen capacidad para ocho buques de hasta 180 metros de eslora. Está habilitado con remolcadores de hasta 300 HP para las operaciones de remolque de patanas y maniobras. En este puerto radican un Combinado Pesquero que opera alrededor de 200 embarcaciones, principalmente camaroneras; un astillero y un varadero para embarcaciones menores de pesca, un espigón para embarcaciones de pasaje y una Base Náutica Deportiva.

Puerto de Guayabal: Su actividad principal es la exportación de azúcar y mieles. Tiene un espigón protegido de las marejadas del Este por el que corre un trasbordador de azúcar a granel. En él radican un Establecimiento Pesquero para el cultivo de ostiones y almejas, y un pequeño varadero para la reparación de embarcaciones menores.

Puerto de Palo Alto: Situado en la costa norte del Golfo de Ana María, al sur de la provincia de Ciego de Avila, es un puerto abierto y artificial, con entradas a dicho Golfo por los canales de Bretón y de Tunas para buques de eslora máxima de 200 metros. La dársena de maniobras tiene 4

- millas de longitud y su ancho mínimo es de 90 metros. Asimismo hay dos fondeaderos con capacidad cada uno para 25 buques entre 150 y 200 metros de eslora.

Puerto de Casilda: Su actividad principal es la exportación, importación y cabotaje de carga general. Tiene dos fondeaderos exteriores con capacidad para cinco buques de hasta 170 metros de eslora y un muelle con dos atraques que suman una longitud de 247 metros. Existen varaderos para el mantenimiento de embarcaciones menores. En el área portuaria está el Combinado Pesquero de Trinidad y las Marinas “Puerto Sol” y “Trinidad”, en la península de Ancón.

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SEGUNDO: Esta Resolución comienza a regir a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.

- NOTIFIQUESE esta Resolución al Director General de la Administración Portuaria Nacional y a los administradores de los puertos clasificados. COMUNIQUESE a los viceministros del Ministerio del Transporte, al Inspector General del Transporte, a las direcciones de este Ministerio: Transporte Marítimo y Fluvial, Seguridad e Inspección Marítima y cualquier otra que deba conocer de su contenido; al Grupo Empresarial ASPORT, al Presidente de la Administración Portuaria de La Habana a los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, del Interior, del Azúcar, de la Industria Básica, del Comercio Interior, de la Industria Pesquera, del Turismo, de la Agricultura, de la Construcción, de Economía y Planificación, de Finanzas y Precios, de Salud Pública, de la Industria Alimenticia, y de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente; a la Aduana General de la República, al Instituto de Planificación Física, a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, a la Unión de Ferrocarriles “Ferrocarriles de Cuba”, a la Oficina Nacional de Hidrografía y Geodesia, a la Secretaría del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, y a cuantas otras personas naturales o jurídicas proceda.

ARCHIVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio del Transporte.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

DADA en la ciudad de La Habana, en el Ministerio del Transporte, a los 21 días del mes de abril del 2006.

Carlos Manuel Pazo Torrado

Ministro del Transporte