Acuerdo 13

Régimen de posesión, propiedad y herencia de la tierra y bienes agropecuarios

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 29 Extraordinaria de 2008 (2008-08-14)
Páginas
6
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El Decreto-Ley No. 125 regula el régimen de posesión, propiedad y herencia de la tierra y bienes agropecuarios. Fue emitido por el Consejo de Estado.

Texto íntegro

Decreto-Ley No. 125 “Régimen de posesión, propiedad y herencia de la tierra y bienes agropecuarios”, de 30 de enero de 1991.

DISPOSICION ESPECIAL

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UNICA: La entrega de nuevos usufructos en las tierras que mantuvieron los agricultores pequeños, arrendadores de tierras al Estado, al fallecimiento de estos, se continuará rigiendo por la legislación vigente para estos casos.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA: Se faculta a los ministros de la Agricultura y del Azúcar, en lo que a cada uno compete, para dictar las regulaciones que resulten necesarias para el mejor cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto.

SEGUNDA: Se faculta al Instituto Nacional de la Vivienda para que, oído el parecer de los ministerios de la Agricultura y del Azúcar, dicte en el término de 60 días, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, las regulaciones relativas a las viviendas existentes o construidas en las tierras otorgadas en usufructo, al amparo del