Resolución 1/2010

Modificación del objeto de la Unidad Presupuestada de Aseguramiento y Logística de Santiago de Cuba

Organismo
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 5 Ordinaria de 2010 (2010-02-09)
Páginas
6–8
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Texto íntegro

RESOLUCION No. 1/2010

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 2 de marzo de 2009, quien resuelve fue designado Ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 4002, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con fecha 25 de abril de 2001, en su Apartado Segundo numeral 9, faculta a este Ministerio como Organismo de la Administración Central del Estado, para “Evaluar sistemáticamente la efectividad y eficiencia del Sistema de Ciencia e Innovación Tecnológica, proponer o pronunciarse sobre las medidas necesarias para el desarrollo y perfeccionamiento de los Centros de Investigación y las Entidades de Servicios Científicos- Tecnológicos, incluyendo lo referente a su creación, modificación, fusión, extinción y subordinación”.

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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 96/90 de fecha 29 de junio de 1990, de la Presidenta de la Academia de Ciencias de Cuba, se cambia la denominación de la Unidad Presupuestada de la Delegación Provincial de la Academia de Ciencias de Santiago de Cuba, por Unidad Presupuestada de Servicios de la Academia de Ciencias de Cuba en Santiago de Cuba.

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POR CUANTO: Mediante el Decreto-Ley No. 147 de fecha 21 de abril de 1994, De la Reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado, establece, en su

Artículo 11 que “La Academia de Ciencias de Cuba se denominara Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente”.

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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 140/08 de fecha 4 de marzo de 2008, del Ministro de Economía y Planificación, se cambia la denominación de Unidad Presupuestada de Servicio del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en Santiago de Cuba a Unidad Presupuestada de Aseguramiento y Logística de Santiago de Cuba.

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POR CUANTO: Mediante la Resolución No. 531/09 de fecha 5 de noviembre de 2009, del Ministro de Economía y Planificación, se aprueba la modificación del objeto de la Unidad Presupuestada de Aseguramiento y Logística de Santiago de Cuba, subordinada al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, por lo que es procedente dictar la disposición pertinente.

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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

UNICO: Modificar el objeto de la Unidad Presupuestada denominada Aseguramiento y Logística de Santiago de Cuba, subordinada al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, siendo en lo sucesivo el siguiente:

- 1. Brindar servicios de mantenimiento constructivo a las instalaciones, así como de ejecución de obras constructivas menores y medianas a las entidades del sistema de la ciencia radicadas en la provincia en pesos cubanos.

- 2. Comercializar de forma mayorista equipos de oficinas, de computación, climatización, refrigeración, audiovisuales y medios técnicos específicos de la actividad científica, muebles, materiales de oficina, artículos de aseo y limpieza, de ferretería, herramientas para la actividad de mantenimiento y transporte, artículos para la seguridad, protección e higiene del trabajo, artículos para la cocina, comedores y casas de visitas y piezas de repuesto e instrumentos para la actividad científica a las entidades del sistema de la ciencia radicadas en la provincia en pesos cubanos, según nomenclatura aprobada por el Ministerio del Comercio Interior.

- 3. Brindar servicios de alojamiento no turístico con alimentación asociada a éste a las entidades del sistema del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y a otras instituciones del sistema de la ciencia en pesos cubanos.

- 4. Ofrecer servicios de organización de eventos con gastronomía asociada, gestión de local, audio, video y equipos de cómputos para la muestra de diapositivas a

- las entidades del sistema de la ciencia radicadas en la provincia en pesos cubanos, según el plan aprobado para tal concepto por el Ministerio de Economía y Planificación.

- 5. Brindar servicios de transportación, distribución y entrega de cargas a las entidades del sistema de la ciencia radicadas en la provincia en pesos cubanos, cumpliendo las regulaciones establecidas por el Ministerio del Transporte.

- 6. Brindar servicios de almacenaje a las entidades del sistema de la ciencia radicadas en la provincia en pesos cubanos.

- 7. Ofrecer servicios de jardinería y de mantenimiento de áreas verdes a las entidades del sistema de la ciencia radicadas en la provincia en pesos cubanos.

- 8. Prestar servicios de reparación, mantenimiento y remotorización de vehículos ligeros y pesados, así como de chapistería, pintura, lavado y engrase a las entidades del sistema de la ciencia radicadas en la provincia en pesos cubanos.

- 9. Ofrecer servicios de mantenimiento técnico y reparación ligera, montaje e instalación de equipos de climatización a las entidades del sistema de la ciencia radicadas en la provincia en pesos cubanos.

- 10. Realizar evaluaciones medio ambientales y otorgar su licencia correspondiente a personas jurídicas cubanas en pesos cubanos y a empresas mixtas, otras asociaciones económicas con capital extranjero, representaciones o entidades extranjeras en pesos convertibles.

- 11. Realizar las actividades correspondiente a los Archivos Provincial y Municipales de Santiago de Cuba que se le subordinan, consistentes en:

- - a) Atesorar, organizar, custodiar, conservar y difundir la documentación de valor histórico o permanente correspondiente a su territorio.

- - b) Coordinar y controlar el funcionamiento del sistema de archivos de su territorio.

- - c) Coordinar la formación y desarrollo de los recursos humanos del sistema de archivos en su territorio.

- - d) Poner la información de sus fondos y colecciones al servicio del público, previa solicitud por escrito del interesado y autorización del director del archivo correspondiente.

- - e) Prestar servicios de referencia especializada y diseminación selectiva de la información a personas naturales y jurídicas cubanas en pesos cubanos y extranjeras en pesos convertibles.

- - f) Ofrecer servicios de asesoría, consultoría y de organización, tanto en materia de archivos como de preservación del patrimonio documental a organismos, instituciones u organizaciones cubanas en pesos cubanos y a personas jurídicas extranjeras en pesos convertibles.

- - g) Ofrecer servicios especializados de acceso a la información disponibles en los fondos documentales y colecciones de archivos y monitoreo de información a personas naturales y jurídicas cubanas en pesos cubanos y extranjeras en pesos convertibles.

- - h) Brindar servicios de restauración documental a personas jurídicas en pesos cubanos y pesos convertibles al costo.

- - i) Ofrecer servicios de reprografía de documentos a personas naturales y jurídicas cubanas en pesos cubanos y extranjeras en pesos convertibles.

- - j) Ofrecer servicios de expedición de copias certificadas de documentos existentes en sus fondos documentales a personas naturales y jurídicas cubanas en pesos cubanos y extranjeras en pesos convertibles.

- - k) Ofrecer servicios de expedición de copias certificadas de Registro Central de Compañías Anónimas y actos notariales con relación a sociedades mercantiles, debidamente canceladas o previa autorización de la Dirección Provincial de Justicia del territorio a personas jurídicas cubanas en pesos cubanos y extranjeras en pesos convertibles.

- - l) Prestar servicios de capacitación técnica, superación profesional sobre archivística y preservación documental a personas naturales y jurídicas cubanas en pesos cubanos y extranjeras en pesos convertibles.

- - m) Realizar talleres y exposiciones con fines científicotécnicos en las temáticas de su competencia a personas naturales y jurídicas cubanas en pesos cubanos y extranjeras en pesos convertibles.

- - n) Producir y comercializar de forma mayorista publicaciones científico técnicas especializadas en temáticas de su actividad en pesos cubanos y a personas jurídicas extranjeras en pesos convertibles, según nomenclatura aprobada por el Ministerio del Comercio Interior.

- - o) Producir y comercializar de forma minorista publicaciones científico técnicas especializadas en temáticas de su actividad, en sus instalaciones, en pesos cubanos y a extranjeros en pesos convertibles, según nomenclatura aprobada por el Ministerio del Comercio Interior.

- - p) Brindar servicios de transcripciones literales de documentos paleográficos a personas naturales y jurídicas cubanas en pesos cubanos y extranjeras en pesos convertibles.

- 12. Brindar servicios de alquiler de locales y áreas eventualmente disponibles en pesos cubanos.

- 13. Ofrecer servicios de comedor y cafetería a sus trabajadores y a los de las entidades del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente radicada en la provincia en pesos cubanos. Dese cuenta a los Ministros de Comercio Interior, de Finanzas y Precios, y de Trabajo y Seguridad Social y al Presidente del Banco Central de Cuba.

Comuníquese, con entrega de copia en todos los casos, al Delegado Territorial en la Provincia de Santiago de Cuba y por su conducto al Director de la Unidad Presupuestada de Aseguramiento y logística de Santiago de Cuba, a los viceministros, directores, jefes de Departamento de la Sede Central, todos pertenecientes a este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, al Director de la Oficina

- Nacional de Estadísticas y a cuantas personas naturales corresponda conocer lo dispuesto.

Archívese, el original en el Protocolo de Resoluciones de la Dirección Jurídica de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

DADA en la sede central del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la ciudad de La Habana, a los 8 días del mes de enero del año 2010.

Dr. José M. Miyar Barrueco

Ministro de Ciencia, Tecnología

y Medio Ambiente

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