Acuerdo 52
Esta norma regula el derecho minero para la Empresa de Materiales de Construcción Isla de la Juventud. Fue emitida por el Ministerio de la Industria Básica.
- Otorga derecho minero a la Empresa de Materiales de Construcción Isla de la Juventud.
- Resolución No. 180 de 9 de julio de 1999 es de obligatorio cumplimiento.
- Excepción: disposiciones que se opongan a lo establecido en la presente.
- Notificado al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General de la Empresa.
- Publicado en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
Resolución No. 180, de 9 de julio de 1999, del Ministro de la Industria Básica, mediante la cual se otorgó el referido derecho minero, son de obligatorio cumplimiento para la Empresa de Materiales de Construcción Isla de la Juventud con excepción de los que se opongan a lo establecido en los apartados anteriores de la presente.
NOTIFIQUESE al Director General de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y al Director General de la Empresa de Materiales de Construcción Isla de la Juventud.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHIVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de la Industria Básica.
Dada en Ciudad de La Habana, a los 9 días del mes de agosto de 2010.
Yadira García Vera
Ministra de la Industria Básica
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