Acuerdo 55
La Asamblea Nacional del Poder Popular regula la elección de jueces legos del Tribunal Supremo Popular. Esta norma se emite en virtud del artículo 75, inciso m) de la Constitución de la República de Cuba y el artículo 49-1 de la Ley No. 82, de los Tribunales Populares.
- La Asamblea Nacional del Poder Popular elige a los jueces legos del Tribunal Supremo Popular.
- La elección se realiza según lo preceptuado en los artículos 5 y 27 del reglamento.
- La Comisión de Selección de Candidatos y Elaboración de Candidaturas propone candidatos.
- La elección corresponde al artículo 49-1 de la Ley No. 82, de los Tribunales Populares.
Texto íntegro
Ley No. 111/10
DEL PODER POPULAR
______
LARCON DE QUESADA, Pres
Poder
de Cuba.
HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder pular, en
rrespondiente al Sexto Período Ordinario de Sesiones de la Séptima Legislatura, ha aprobado lo siguiente:
POR CUANTO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75, inciso m) de la Constitución de la Re
- el artículo 49-1 de la Ley No. 82, de los Tribunales Populares, corresponde a la Asamblea Nacional del Poder Popular elegir a los jueces legos del Tribunal Supremo Popular.
POR CUANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular ha recibido las correspondientes propuestas para la elec
- n de los jueces legos del Tribunal Supremo Popular, de la Comisión de Selección de Candidatos y Elaboración de Candidaturas, según lo preceptuado en los artículos 5 y 27 del