Acuerdo 32
El Acuerdo No. 32 de la Asamblea Nacional del Poder Popular regula la estrategia para la prevención, detección y enfrentamiento al lavado de activos, financiamiento al terrorismo y proliferación de armas. La norma es emitida por la Asamblea Nacional del Poder Popular.
- Se basa en el Decreto-Ley No. 317 de 2013
- El Presidente del Banco Central de Cuba presenta la estrategia al Consejo de Ministros
- La estrategia se aprueba con periodicidad determinada
- Se relaciona con el artículo 36 del Decreto-Ley
Texto íntegro
Decreto-Ley No. 317 de 7 de diciembrede 2013, ―De la prevención y detecciónde operaciones en el enfrentamiento al lavado de activos, al financiamiento al terrorismo, a la proliferación de armas yal movimiento de capitales ilícitos‖, seestablece que el Presidente del Banco Central de Cuba presentará al Consejo de Ministros para su aprobación, la estrategia para la prevención, detección y enfrentamiento al lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y a la proliferación de armas u otras conductas relacionadas de similar gravedad, con la periodicidad que se determine.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 36 del