Acuerdo 79
La Ley No. 124 "De las Aguas Terrestres" regula el manejo y planificación de las aguas terrestres en Cuba. Fue aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular en sesión del 14 de julio de 2017.
- La ley regula el uso y manejo de las aguas terrestres como recurso natural renovable y finito.
- Se enfoca en la protección y sostenibilidad del medio ambiente y el desarrollo socioeconómico.
- El proyecto de ley fue discutido y perfeccionado con especialistas y la población en general.
- Se modificó aproximadamente el 37,7% del articulado y se adicionó una disposición transitoria y un glosario de términos.
Texto íntegro
JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, presidente de la Asamblea Nacional del Po-der Popular de la República de Cuba,
HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión del día 14 de julio de 2017, correspondiente al Noveno Período Ordinario de Sesiones de la Octava Legislatura, en votación ordinaria, según se dispone en el artículo 75, inciso b), de la Constitución de la República, ha adoptado, por unanimidad, el siguiente
ACUERDO No. VIII-80
Aprobar la Ley No. 124 “De las Aguas Terrestres” y el dictamen de las Comisiones de Industria, Construcciones y Energía y la de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, siguiente:
El Proyecto de Ley de las Aguas Terrestres que se somete a nuestra decisión se inscribeen la estrategia de protección y sostenibilidad del medio ambiente que, decididamente,acomete nuestro gobierno.
El agua, como recurso natural, renovable y finito, patrimonio del Estado, que constitu-ye un derecho de todos los ciudadanos, requiere de especiales normas que regulen su pla-nificación y manejo; porque, además, constituye un elemento esencial para el desarrollosocioeconómico y, en definitiva, de la vida misma.
Atendiendo a la configuración geográfica de nuestro país y la ausencia de grandes ycaudalosos ríos, a lo que se añade los largos periodos de sequía que afectan a varias re-giones, reviste especial significado para nuestro país el adecuado empleo de los recursoshídricos con que contamos.
De ahí la importancia que tiene para los intereses generales de la nación este Proyectode Ley sobre el que debemos decidir, el que se ha visto sustancialmente enriquecido yperfeccionado en el proceso de discusión y análisis a que ha sido sometido.
Las importantes recomendaciones brindadas por el grupo técnico constituido, integra-do por reconocidos especialistas de la Universidad Tecnológica José Antonio Echeverríay del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos, unido a las propuestas de los diputadosen discusiones efectuadas en los territorios y de la población a través del sitio web de la Asamblea Nacional, donde se colocó para conocimiento general, originó la modificaciónde aproximadamente el 37,7 % del articulado de dos de sus Por Cuantos, y la adición deuna disposición transitoria y un glosario de términos.
Asimismo, en reunión sostenida por los diputados con la presidenta del Instituto Na-cional de Recursos Hidráulicos y su equipo de trabajo, se dio respuesta a cada uno de los 132 planteamientos formulados sobre esta norma, lográndose crear el consenso adecuado.
En razón de todo ello, las Comisiones de Asuntos Constitucionales y Jurídicos y de Industria, Construcciones y Energía, estimando la plena integración del proyecto al orde-namiento jurídico y su correspondencia con el orden constitucional, interesan de ustedesla aprobación del Proyecto de Ley de las Aguas Terrestres que se les somete.
DADO en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, en La Habana, a los 14 días del mes de julio de 2017.
Juan Esteban Lazo Hernández
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