Acuerdo X-103

Sobre el Ejercicio de la Abogacía y la Organización Nacional de Bufetes Colectivos

Organismo
Asamblea Nacional del Poder Popular
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 16 Ordinaria de 2025 (2025-02-28)
Páginas
17
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Resumen generado por IA

La Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba emite un acuerdo para aprobar la Ley 176, que regula el ejercicio de la abogacía y la organización nacional de bufetes colectivos.

Texto íntegro

JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Po-der Popular de la República de Cuba.

HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión del día 20 de diciembre de 2024, correspondiente al Cuarto Período Ordinario de Sesiones de la XLegislatura, ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: Según establece la Constitución de la República en su

Artículo 108,inciso c), corresponde a la Asamblea Nacional del Poder Popular aprobar las leyes.

POR TANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en uso de las atribucionesque le están conferidas ha adoptado, en votación ordinaria, por unanimidad, el siguiente:

ACUERDO NÚMERO X-108

PRIMERO: Aprobar la Ley 176 “Sobre el Ejercicio de la Abogacía y la Organización Nacional de Bufetes Colectivos”, con vista a que sea refrendada por el Presidente de la República, antes de su publicación en la Gaceta Oficial de la República.

SEGUNDO: Aprobar el dictamen presentado por la Comisión de Asuntos Constitu-cionales y Jurídicos sobre Ley 176 “Sobre el Ejercicio de la Abogacía y la Organización Nacional de Bufetes Colectivos”.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República, para general conocimiento.

DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, en La Habana, a los 20 días del mes de diciembre del año 2024, “Año 66 de la Revolución”.

Juan Esteban Lazo Hernández