Acuerdo X-138
El Acuerdo No. X-138, emitido por la Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba, regula la ratificación de decretos-leyes y acuerdos adoptados por el Consejo de Estado. Este acuerdo se basa en la Constitución de la República y la Ley 131 de 2019.
- Se ratifican 9 decretos-leyes aprobados por el Consejo de Estado, como el Decreto-Ley 101 sobre el Arancel de Aduanas.
- Se ratifican 127 acuerdos adoptados por el Consejo de Estado entre diciembre 2024 y junio 2025.
- El Decreto-Ley 102 regula el uso de la energía nuclear y las radiaciones ionizantes.
- El Decreto-Ley 104 se refiere a la simplificación e integración de trámites en la gestión administrativa.
- El acuerdo fue aprobado por unanimidad en votación ordinaria.
- Se aprueba el dictamen de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional.
Texto íntegro
JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Po-der Popular de la República de Cuba.
HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión del día 18 dejulio de 2025, correspondiente al Quinto Período Ordinario de Sesiones de la X Legisla-tura, ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: La Constitución de la República, en su
Artículo 108, inciso f), y el
Artículo 178 de la Ley 131 “Ley de la Organización y Funcionamiento de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado de la República de Cuba”, de 20 dediciembre de 2019, disponen que los decretos-leyes y acuerdos que adopte el Consejode Estado se someten a la ratificación de la Asamblea Nacional.
POR TANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en uso de las atribucionesque le están conferidas, ha adoptado, en votación ordinaria, por unanimidad, el siguiente:
ACUERDO X-138
PRIMERO: Ratificar nueve (9) decretos-leyes aprobados por el Consejo de Estado,que son los siguientes:
1. Decreto-Ley 101, de 30 de diciembre de 2024, “Arancel de Aduanas de la Repúbli-ca de Cuba para las importaciones sin carácter comercial”. Publicado en la Gaceta Oficial Ordinaria 28, de 30 de diciembre de 2024. Anotado y Concordado con el Decreto-Ley 22, publicado en la Gaceta Oficial Edición Especial 1, de 23 de enerode 2025.
2. Decreto-Ley 102, de 12 de febrero de 2025, “Del Uso de la Energía Nuclear y las Radiaciones Ionizantes”. Publicado en la Gaceta Oficial Ordinaria 56, de 4 de juniode 2025.
3. Decreto-Ley 104, de 12 de febrero de 2025, “De la simplificación e integración delos trámites en la gestión administrativa”. Publicado en la Gaceta Oficial Ordinaria 35, de 16 de abril de 2025.
4. Decreto-Ley 94, de 16 de septiembre de 2024, “De la Lengua de Señas Cubana”,Publicado en la Gaceta Oficial Ordinaria 6, de 3 de febrero de 2025
5. Decreto-Ley 95, de 16 de septiembre de 2024, “De la Extinción del Instituto Na-cional de Seguridad Social”. Publicado en la Gaceta Oficial Ordinaria 21, de 20 demarzo de 2025.
6. Decreto-Ley 96, de 16 de octubre de 2024, “Modificativo del Decreto-Ley 7 Del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación”. Publicado en la Gaceta Oficial Or-dinaria 13, de 25 de febrero de 2025.
7. Decreto-Ley 97, de 16 de octubre de 2024, “De la Medalla Conmemorativa 70 Ani-versario de las Fuerzas Armadas Revolucionarias”. Publicado en la Gaceta Oficial Ordinaria 1, de 9 de enero de 2025.
8. Decreto-Ley 98, de 20 de noviembre de 2024, “De la Estadística Oficial”. Publica-do en la Gaceta Oficial Ordinaria 51, de 21 de mayo de 2025.
9. Decreto-Ley 70, de 22 de enero de 2023, “De la Seguridad y Protección Física”, queno se había publicado hasta 14 de abril de 2025, en la Gaceta Oficial Ordinaria 32.
SEGUNDO: Ratificar los ciento veintisiete (127) acuerdos adoptados por el Consejode Estado en el período comprendido entre el 1 ro. de diciembre de 2024 y el 30 de juniode 2025.
TERCERO: Aprobar el dictamen emitido al respecto por la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República, para general conocimiento.
DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, en La Habana, a los 18 días del mes de julio del año 2025, “Año 67 de la Revolución”.
Juan Esteban Lazo Hernández