Acuerdo X-134
La Asamblea Nacional del Poder Popular aprueba la Ley 179 Del Sistema Deportivo Cubano, según sus atribuciones establecidas en la Constitución de la República.
- Se aprueba la Ley 179 Del Sistema Deportivo Cubano.
- La ley debe ser refrendada por el Presidente de la República antes de su publicación.
- Se aprueba el dictamen presentado por comisiones sobre la citada ley.
- Se recomienda presentar normas complementarias en el menor tiempo posible.
- La ley se publica en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento.
Texto íntegro
JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Po-der Popular de la República de Cuba.
HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión del día 18 dejulio de 2025, correspondiente al Quinto Período Ordinario de Sesiones de la X Legisla-tura, ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: Según establece la Constitución de la República en su
Artículo 108,inciso c), corresponde a la Asamblea Nacional del Poder Popular aprobar las leyes.
POR TANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en uso de las atribucionesque le están conferidas, ha adoptado, en votación ordinaria, por unanimidad, el siguiente:
ACUERDO X-134
PRIMERO: Aprobar la Ley 179 “Del Sistema Deportivo Cubano”, con vistas a que searefrendada por el Presidente de la República, antes de su publicación en la Gaceta Oficialde la República.
SEGUNDO: Aprobar el dictamen presentado por las comisiones de Salud y Deporte y Asuntos Constitucionales y Jurídicos sobre la Ley 179 “Del Sistema Deportivo Cubano”,con la recomendación de presentar en el menor tiempo posible las normas complementa-rias de la misma.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República, para general conocimiento.
DADO en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, en La Habana, a los 18 días del mes de julio de 2025, “Año 67 de la Re-volución”.
Juan Esteban Lazo Hernández