Acuerdo X-125
El Acuerdo X-125 regula el control institucional en Cuba y es emitido por la Asamblea Nacional del Poder Popular.
- Se evaluarán acciones para perfeccionar el control institucional en diciembre de 2025.
- El Consejo de Ministros debe presentar un informe sobre el control institucional.
- El informe abarcará a los organismos de la Administración Central del Estado y las administraciones locales.
- Se relaciona con el Artículo 108, inciso d) de la Constitución de la República.
Texto íntegro
JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Po-der Popular de la República de Cuba.
HAGO SABER: Que la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión del día 17 dejulio de 2025, correspondiente al Quinto Período Ordinario de Sesiones de la X Legisla-tura, ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: La Constitución de la República, en su
Artículo 108, inciso d), dispo-ne que la Asamblea Nacional del Poder Popular puede adoptar acuerdos en corresponden-cia con las leyes vigentes y controlar su cumplimiento.
POR CUANTO: En la presente sesión fueron evaluados los informes sobre las “Ac-ciones para perfeccionar e incrementar el ejercicio del control y la participación popularpor los Órganos Locales y el Control Asambleario” y sobre la “Política para lograr elcumplimiento de las leyes y demás disposiciones y el fortalecimiento del Asesoramiento Jurídico”, quedando pendiente la presentación por el Consejo de Ministros, del informesobre el control institucional por los organismos de la Administración Central del Estadoy las administraciones locales.
POR TANTO: La Asamblea Nacional del Poder Popular, en el uso de las atribucionesque le están conferidas, y a propuesta de su Presidente, acuerda, en votación ordinaria,por unanimidad el siguiente:
ACUERDO X-125
ÚNICO: Conocer y evaluar en el Sexto Período Ordinario de Sesiones de la X Legis-latura a efectuarse en diciembre de 2025, el informe sobre el control institucional por losorganismos de la Administración Central del Estado y las administraciones locales, quedebe presentar el Consejo de Ministros.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República, para general conocimiento.
DADO en la sala de convenciones en sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Palacio de Convenciones, en La Habana, a los 17 días del mes de julio del año 2025, “Año 67 de la Revolución”.
Juan Esteban Lazo Hernández